Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) son instituciones que administran las cotizaciones peri贸dicas de sus afiliados, invirti茅ndolas para obtener rentabilidad.
驴Qu茅 son las cotizaciones impagas?
Son cotizaciones declaradas y no pagadas por tu empresa en las entidades recaudadoras.
Mora Presunta
Cuando la AFP detecta la interrupci贸n del pago de cotizaciones del trabajador no existiendo una declaraci贸n y no pago (DNP) o movimiento de personal que justifique el no pago de la cotizaci贸n, se genera un registro de mora presunta.
Sistema de Pensiones y Ahorro Previsional
El APV o Ahorro Previsional Voluntario es un complemento al Ahorro Obligatorio, su principal objetivo es mejorar o anticipar tu pensi贸n.
El APVC es un contrato entre el empleador, quien representa a sus trabajadores, y la Administradora o Instituci贸n autorizada, tiene como principal objetivo mejorar tu pensi贸n, al incrementar el Ahorro Voluntario con tus aportes y los de tu empleador.
La Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2, es una cuenta de libre disposici贸n, independiente a la Cuenta Obligatoria. Puedes tener m谩s de una, en la AFP que desees, s贸lo debes estar afiliado al Sistema Previsional.
Conceptos Clave en el Sistema Previsional
- Edad Legal para Pensionarse: Corresponde a la edad m铆nima que establece la Ley, diferenciada por g茅nero, para poder pensionarse por vejez, 60 a帽os las mujeres, 65 a帽os los hombres.
- Saldo Remanente: Corresponde al saldo que queda en la Cuenta obligatoria de un afiliado, despu茅s de pensionarse.
- Tipo de Fondo: Corresponde al fondo elegido donde se invertir谩n tus ahorros. Son cinco alternativas de inversi贸n, creadas para incrementar el valor esperado de las pensiones.
Beneficios Tributarios del Ahorro Previsional Voluntario (APV)
Existen alternativas para acoger tus aportes en la Cuenta 2, donde puedes obtener un cr茅dito de 15% sobre el ahorro neto positivo del a帽o descontable del Impuesto Global Complementario.
Si eres trabajador dependiente y te acoges al R茅gimen B (letra b) art铆culo 20 L D.L. 3.500, los aportes realizados como cotizaciones voluntarias mediante descuento por parte de tu empleador te benefician inmediatamente con una rebaja de tu base imponible seg煤n tu tramo de Impuesto a la Renta, hasta por un monto m谩ximo mensual de 50 UF. Si haces directamente estos dep贸sitos, podr谩s reliquidar tu impuesto de segunda categor铆a, hasta por un m谩ximo anual de 600 UF.
Si eres trabajador independiente, y te acoges al R茅gimen B, por cada UF que aportes a tu cuenta obligatoria de tu AFP, tienes derecho a depositar en tu cuenta de cotizaciones voluntarias un m谩ximo de 8,33 UF, con un tope anual de 600 UF que ser谩n rebajados de tus impuestos el a帽o entrante, en el proceso de pago anual de impuestos.
Para cualquiera de los casos indicados anteriormente, los aportes que excedan los topes referidos - y que por lo tanto no hayan gozado del beneficio tributario mencionado - se rebajar谩n de la base tributable cuando sean destinados a mejorar o anticipar la pensi贸n, con lo que se elimina la doble tributaci贸n. Igualmente, los excesos sobre 900 UF anuales por Dep贸sitos Convenidos, que se destinen a pensi贸n y que, por lo tanto, no hayan tenido beneficio tributario, se rebajar谩n en la determinaci贸n del impuesto de la pensi贸n respectiva.
Modalidades de Pensi贸n
Sin importar el tipo de pensi贸n que recibas, de vejez, vejez anticipada, invalidez o sobrevivencia, tu pensi贸n se pagar谩 seg煤n una modalidad de pago, la que determinar谩 la forma de administrar tus fondos y c贸mo se generan tus pagos.
Cuando tu pensi贸n es pagada por una AFP, como es del caso el Retiro Programado, el c谩lculo del monto a recibir mes a mes depender谩 de tu saldo, grupo familiar (ya que si existen beneficiarios de sobrevivencia parte de los fondos se reservan para ellos) y de las expectativas de vida.
El Retiro Programado es aquella modalidad de pensi贸n que obtiene el afiliado con cargo al saldo que mantiene en su cuenta de capitalizaci贸n individual, como resultado de retirar anualmente la cantidad expresada en U.F.
Dependiendo de lo que elijas, tendr谩s la posibilidad de revocar tu selecci贸n y elegir una nueva modalidad.
Consideraciones Adicionales
- Seguro de Cesant铆a: 0,6 % Seguro de Cesant铆a: El trabajador/a con contrato indefinido tiene este cargo. 2,4 o 3,0 % Seguro de Cesant铆a: para protecci贸n durante el desempleo.
- Remuneraci贸n Imponible: La remuneraci贸n imponible tiene un tope que es informado cada a帽o por la Superintendencia de Pensiones, 111,4 UF para el 2015.Por Ley, el per铆odo m谩ximo de cotizaci贸n tiene un tope de 11 a帽os por cada relaci贸n laboral.
- Sistema de Salud: En Chile las personas cuentan con un sistema mixto de Salud, es decir, un sistema que combina un componente estatal con otro privado. El Sistema de Salud P煤blico, es administrado por el Fondo Nacional de Salud (FONASA).
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