La jornada ordinaria es un concepto fundamental en el ámbito laboral. Pero, ¿qué significa exactamente? Este artículo explorará la definición de jornada ordinaria, los diferentes tipos de jornadas laborales y cómo se están transformando en Latinoamérica, especialmente en Chile.

Definición de Jornada Ordinaria

La jornada ordinaria hace referencia a la jornada acordada entre el empleador y el trabajador, según el contrato. En caso de que no exista un acuerdo contractual, se respeta la jornada laboral máxima legal.

El Código del Trabajo la define como el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considera también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no sean de su responsabilidad.

Tipos de Jornadas Laborales

Para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer en detalle los distintos tipos de jornadas laborales. Entre los tipos de jornadas laborales más comunes se encuentran:

  • Jornada full-time: Se trata de la jornada máxima de horas semanales de trabajo que establece la legislación laboral de cada país, distribuidas en 5 o 6 días en la semana.
  • Jornada part-time: También conocido como trabajo de "medio tiempo". Los horarios part time no deben superar las 30 horas semanales y 10 diarias, y debe considerar un descanso mínimo de media hora y máximo una hora. La jornada parcial es aquella que no es superior a dos tercios de la jornada ordinaria de trabajo. Vale decir, 30 horas semanales o menos.
  • Jornada extraordinaria (horas extras): Cada hora de trabajo que se realiza fuera de la duración máxima de la jornada ordinaria es considerada como trabajo en sobretiempo y significa un sobrecargo adicional. Por ejemplo, en Perú, el pago de la hora extra se calcula en base a la remuneración ordinaria. Por las primeras dos horas de trabajo adicional, el pago no podrá ser menor al 25% del valor de la hora regular.

Distribución de las Jornadas Laborales

Las jornadas laborales también se pueden clasificar según su distribución:

  • Jornada continua vs. Diurna vs. nocturna: Existe un límite horario que diferencia la jornada diurna de la nocturna. Regularmente en Latam, la jornada diurna ocurre entre las 06:00 horas a 18:00 horas. Por su lado, la jornada nocturna transcurre entre las 18:00 horas hasta las 06:00 horas del día posterior. Sin embargo, hay excepciones: en Colombia, la jornada diurna inicia a las 06:00 horas.
  • Jornada de trabajo por turnos rotativos: La principal característica es que los trabajadores sujetos a este esquema presentan una distribución irregular de los días de la semana en los que laboran o del horario de trabajo, los cuales varían por periodos de tiempo, siempre previo acuerdo con el trabajador.
  • Bisemanal: Corresponde a faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas. Entre los tipos de jornada laboral también se encuentra el bi-semanal, tratándose de trabajos que se realizan en “apartados de centros urbanos” y su distribución ordinaria es de 90 horas que pueden ser repartidas en 10, 11 o 12 días con derecho a descanso de cuatro, tres o dos días íntegros que también podrán ser compensatorios en domingos y festivos trabajados. También conocido como “jornada ordinaria larga” por su extensión de 12 horas.

Situación en Chile

En Chile, el Código del Trabajo establece distintos tipos de jornadas laborales según el tipo de empresa. La jornada ordinaria de trabajo estaba fijada en 45 horas semanales. Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7. Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal. En Chile existen las jornadas activas y pasivas. En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.

Además, existen jornadas especiales para ciertos sectores:

  • 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
  • 60 horas semanales: Personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
  • 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas.

Ley de 40 Horas en Chile

El proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales ya ha sido aprobado. Con la reforma aprobada en 2023, la duración de la jornada ordinaria de trabajo no deberá exceder de 40 horas semanales. Este artículo en el Código del Trabajo ha sido modificado, otorgando el derecho a una jornada laboral a todas y todos los trabajadores. (Ley N°21.561, art. 4.)

La reducción de la jornada se implementará de forma gradual en un periodo de 5 años, hasta llegar a las 40 horas. En una jornada de 5 días semanales, el empleador deberá reducir la jornada en al menos una hora en un día.

Flexibilidad y Excepciones

La ley da la opción de que empleador y trabajador acuerden que la jornada ordinaria de 40 horas se cumpla en un promedio de cuatro semanas con un tope de 45 horas semanales. Si el trabajador está sindicalizado, se requerirá acuerdo previo con el sindicato para implementar esta modalidad. Existe la posibilidad de que en la negociación colectiva o pactos directos con sindicatos, y solo respecto de sus afiliados, se pueda acordar que el tope semanal se amplíe a 52 horas en cada semana. Este límite de 52 horas no se puede desarrollar en más de dos semanas seguidas dentro del ciclo.

La ley de 40 horas abre la posibilidad de acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. Las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En tal caso, podrán pactarse hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año. Si no los solicita en la oportunidad indicada corresponderá su pago dentro de la remuneración del respectivo periodo.

En ningún caso la jornada ordinaria podrá superar las diez horas por día, sin perjuicio de las facultades del Director del Trabajo para autorizar una extensión distinta con acuerdo de los trabajadores en situaciones especiales.

Protección a los Trabajadores

La aplicación de la ley en ninguna circunstancia podrá representar una disminución de las remuneraciones de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.

El trabajador deberá entregar al empleador el respectivo certificado de nacimiento o la sentencia que le otorgue el cuidado personal de un niño o niña para ejercer este derecho. El empleador no podrá negarse, salvo que la empresa funcione en un horario que no permita anticipar o postergar la jornada de trabajo o si la naturaleza de los servicios prestados por el trabajador exige su presencia en un horario determinado. Si ambos padres son trabajadores, cualquiera de ellos, a elección de la madre, podrá hacer uso de este derecho.

Trabajadoras y Trabajadores de Casa Particular

También establece cambios en la jornada de las trabajadoras y trabajadores de casa particular. En el caso de quienes trabajan puertas afuera se aplicará la reducción a 40 horas. En el caso de las Trabajadoras Puertas Adentro la reducción de la jornada se va a traducir en dos días libres al mes, remunerador y de libre disposición. Quienes laboren puertas adentro continuarán con el descanso mínimo de 12 horas diarias. Se aplicará una compensación de dos días de descanso mensual adicional.

Control de Asistencia

El empleador tiene el deber de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias. El empleador tiene la obligación de tener un mecanismo capaz de controlar y especificar las horas de trabajo en el cual se han desarrollado las prestaciones de servicios por cada uno de los trabajadores, sea a través de un libro de asistencia el cual contemple a cada uno de los trabajadores de la empresa o a través de tarjetas individuales para cada trabajador. Una resolución del Director del Trabajo establecerá y regulará las condiciones y requisitos de los sistemas de registro y control de asistencia.

Apoyo a Empresas de Menor Tamaño

Las empresas calificadas de menor tamaño que implementen la reducción de jornada de forma anticipada gozarán de puntaje adicional en la evaluación de postulaciones a instrumentos y programas ofrecidos por la Corporación de Fomento de la Producción, el Servicio de Cooperación Técnica y el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

Empresas con Sello 40 Horas

A modo de reconocimiento e incentivo, el Ministerio de Trabajo ya ha entregado el “Sello 40 horas” a 290 compañías que ya han implementado esta reducción. La cadena de tiendas H&M es la primera gran empresa retail en obtener esta certificación.

Implicaciones y Desafíos

La implementación de la jornada laboral con menos horas semanales de trabajo está en la toma de decisiones correctas en la administración del staff desde ahora.

Un punto bisagra en este análisis es que la reducción de la jornada laboral debe ser proporcional a la mejora de nuestro sistema productivo. Dado que la implementación de esta reducción obligatoria será gradual, ¿cómo hacer para que en unos años se pueda realizar el mismo trabajo en menos tiempo? Esta será una tarea pendiente del Gobierno, las empresas y de los mismos trabajadores.

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