El 24 de marzo de 2020, fue promulgado el proyecto de Ley que regula el Trabajo a Distancia, la cual entró en vigencia el 1 de abril. Esta ley establece ciertas obligaciones para empleadores y trabajadores que se acogen a esta modalidad de trabajo.
Definición de Trabajo a Distancia y Teletrabajo
¿Qué es el trabajo a distancia y el teletrabajo según esta ley?
En principio, los trabajadores que prestan servicios a distancia o teletrabajo siguen gozando de todos los derechos individuales o colectivos reconocidos por el Código del Trabajo, en la medida que sus normas les sean aplicables y no resulten incompatibles con aquellas contenidas en la presente ley.
Condiciones del Contrato de Teletrabajo
Las partes deberán determinar el lugar donde el trabajador prestará los servicios, que podrá ser el domicilio del trabajador u otro sitio. Se debe especificar si será de forma total o parcial.
El lugar o los lugares en que se prestarán los servicios, salvo que las partes hayan acordado que el trabajador elija libremente dónde ejercerá sus funciones, lo que deberá expresarse.
Indicación expresa de que las partes han acordado la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.
El período de duración del acuerdo de trabajo a distancia o teletrabajo, el cual podrá ser indefinido o por un tiempo determinado.
Jornada Laboral y Desconexión
El trabajador a distancia o teletrabajador, ¿debe cumplir con una jornada de trabajo?
El empleador deberá respetar su derecho a desconexión, tiempo en el cual el trabajador no estará obligado a responder sus comunicaciones, órdenes u otros requerimientos.
Respetar el derecho a la desconexión de los trabajadores, garantizando el tiempo en el cual no estarán obligados a responder comunicaciones, órdenes u otros requerimientos, tiempo de desconexión que deberá ser de -a lo menos- 12 horas continuas en un período de 24 horas.
El tiempo de desconexión del trabajador a distancia o teletrabajador.
Implementar, a su costo, un mecanismo fidedigno de registro de cumplimiento de la jornada de trabajo a distancia, cuando el trabajador a distancia se encuentre sometido a las reglas generales de jornada de trabajo.
La circunstancia - de haberse acordado - que el trabajador a distancia podrá distribuir su jornada en el horario que mejor se adapte a sus necesidades, o que el teletrabajador se encuentra excluido de la limitación de jornada de trabajo.
Que el trabajador quede excluido de la limitación de jornada de trabajo (en el caso del teletrabajo), de conformidad con lo señalado en el artículo 22 del Código del Trabajo.
Equipamiento y Gastos
Proporcionar los equipos, herramientas y/o materiales necesarios para el trabajo a distancia o teletrabajo - incluidos los EPP. El trabajador no podrá ser obligado a utilizar elementos propios para cumplir sus labores.
El trabajador no podrá ser obligado a utilizar elementos de su propiedad.
De igual manera, los costos de operación, funcionamiento, mantenimiento y reparación de dichos equipos serán siempre de cargo del empleador.
¿Puede el trabajador proveer los equipos para el teletrabajo o trabajo a distancia?
Supervisión y Seguridad
Los mecanismos de supervisión o control que utilizará el empleador respecto de los servicios convenidos con el trabajador.
Solicitar autorización para ingresar a las dependencias donde se realice el trabajo a distancia, ya sea al trabajador o a un tercero, ya sea que el trabajo se realice en su domicilio o en el un tercero.
El deber del empleador de proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores se hace extensivo a los trabajadores en modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia.
¿Cómo se definirán las condiciones de seguridad?
¿Puede el empleador supervisar el domicilio o lugar en que se desempeña el trabajador?
¿Cuáles son las obligaciones del empleador en materia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales?
Derechos Colectivos y Sindicalización
Informar por escrito acerca de la existencia o no de sindicatos constituidos en la empresa en el momento de inicio de sus labores, a los trabajadores con quienes se acuerde esta modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo.
Además, en caso que se constituya un sindicato luego del inicio de dichas labores, también deberá informarles acerca de este hecho, ello dentro del plazo de 10 días tras la recepción de la comunicación de la celebración de la asamblea de constitución de dicho sindicato.
Asegurar siempre el acceso de los trabajadores afectos a esta modalidad de trabajo a las instalaciones de la empresa y, en cualquier caso, asegurar que éstos puedan participar de las actividades colectivas que se realicen, siendo de su cargo los gastos de traslado de dichos trabajadores.
¿Qué pasa con la sindicalización?
Cambio de Modalidad Laboral
Si la relación laboral se inició conforme a las normas de esta ley, será siempre necesario el acuerdo de ambas partes para adoptar la modalidad de trabajo presencial.
¿Si la modalidad de teletrabajo o a distancia se acuerda con posterioridad al inicio de la relación laboral, una de las partes puede volver a las condiciones originales?
¿Y si el contrato original era de teletrabajo o trabajo a distancia, se puede acordar cambiarlo por trabajo presencial?
¿Puede acordarse una jornada mixta, entre presencial y trabajo a distancia o teletrabajo?
Registro y Evaluación
Registrar de manera electrónica el pacto de modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo en la Dirección del Trabajo, dentro de los 15 días siguientes a que las partes lo hubieren acordado.
El Consejo Superior Laboral deberá emitir un informe de evaluación de la implementación y aplicación de la ley a un año de su operación.
¿Cómo será la aplicación de la ley si el trabajador ya cumplía teletrabajo o trabajo a distancia?
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