El Seguro de Cesantía es un derecho importante para los trabajadores en Chile. A continuación, te presentamos información clave sobre cómo funciona y cómo puedes acceder a este beneficio en caso de quedar sin empleo.
¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?
La Cuenta Individual de Cesantía (CIC) es la cuenta que la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) le entrega a cada trabajador afiliado. En esta cuenta se registran los fondos provenientes de las cotizaciones obligatorias mensuales, las cuales son aportadas por el trabajador y el empleador, cuando se trata de un contrato indefinido, o solo por el empleador(es) en caso de contrato a plazo fijo por obra o servicio.
Es importante destacar que, si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia. A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.
Afiliación al Seguro de Cesantía
Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Cotizaciones y Financiamiento de la CIC
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Importante: las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es su primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
Retiro de Fondos por Cesantía
Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, puedes solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.
Solicitud de Beneficios y Plazos de Pago
Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual. La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.
Cartola del Seguro de Cesantía
La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año. La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período). Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.
Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.
Traspaso de Fondos
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Cobertura de Salud en Caso de Cesantía
Una de las preocupaciones de quienes lamentablemente quedan sin trabajo, es el tema de cobertura de salud tanto para los beneficiarios de Fonasa o Isapres, todas las dudas pueden ser resueltas mediante la información establecida en el marco de la política de difusión y educación de este Organismo de Control. En primer lugar, deberá revisar su plan de salud y decidir si está en condiciones de seguir pagando directamente el precio del plan para poder mantenerlo.
En caso de no contar con la copia del plan de salud, deberá dirigirse a cualquier oficina de la Isapre para obtenerlo. Si queda cesante y no puede seguir pagando la Isapre, debe hacer lo siguiente: Debe dirigirse a una Oficina de la Isapre y firmar una carta de desafiliación por cesantía. Teniendo presente que si en el grupo familiar alguien esta enfermo o ha tendido alguna enfermedad en el pasado.
Declaración de Siniestro por Desempleo Involuntario
Si estás cubierto por la Ley de Protección al Empleo y cuentas con tu Seguro de Cesantía Ripley, te ayudamos a declararlo en forma remota.
Documentos Necesarios:
- Foto del Carnet de Identidad por ambos lados
- Formulario de Declaración de Siniestro (completa online)
- Finiquito de contrato de trabajo.
- Certificado de Cotizaciones de la AFP o INP de los últimos seis meses o un comprobante de pago del Subsidio de Cesantía.
¿Cómo Declarar un Siniestro de Cesantía?
- Completa online el formulario de declaración de siniestro con tus datos. No olvides adjuntar toda la documentación necesaria.
- Descarga el formulario de declaración de siniestro, complétalo y súbelo junto al resto de documentación a nuestra plataforma de contacto:
Plazos de Liquidación de Siniestros
El plazo de liquidación de siniestros será de un máximo de 45 días, una vez se presenta toda la documentación necesaria.
Desgravamen: El período de liquidación y pago de un siniestro no podrá exceder de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción en el Departamento de Siniestros de la Compañía de todos los antecedentes requeridos.
Desempleo: El periodo de liquidación de un siniestro, a contar de la fecha de recepción conforme de los antecedentes señalados en las condiciones particulares de cada póliza, no podrá exceder de 11 días corridos. En caso que algún siniestro denunciado no venga acompañado de toda la documentación pertinente o requiera de un mayor análisis, el plazo mencionado se computará desde la fecha en que la compañía reciba los antecedentes faltantes o los exigidos en forma excepcional, sin que, en total, pueda exceder de 45 días corridos desde la fecha de denuncio del siniestro.
¿Qué Hacer en Caso de Siniestro Rechazado?
En caso de siniestro rechazado, se debe indicar al asegurado que existe una instancia de apelación ante el liquidador de seguro o compañía aseguradora, en caso esta última de liquidación directa.
Información Adicional
El seguro es intermediado por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. Las Compañías que asumen los riesgos son HDI Seguros S.A y MetLife Chile Seguros de Vida S.A.
Si quieres saber más, haz click AQUÍ.
Teléfono de Contacto
Para Mayor información y denunciar tu siniestro por suspensión laboral o reducción de jornada, llámanos al: (+56 22) 768 9160 opción 3*.
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