La indemnización por años de servicio es una compensación económica que se otorga a un trabajador al finalizar su contrato laboral bajo ciertas condiciones específicas. Es una herramienta que utilizan las empresas cuando, por distintos motivos, es necesaria la separación de un trabajador.
Lamentablemente por falta de información y desconocimiento de sus derechos laborales contemplados en el Código del Trabajo, los trabajadores no conocen cómo se realiza, si aplica, la indemnización por años de servicio. Por ello, acá haremos un resumen de lo más importante sobre el tema. ¡Toma nota!
¿Qué es la Indemnización por Años de Servicio?
Es la compensación en dinero que le corresponde a un trabajador despedido, cuyo monto es proporcional a los años que ha laborado en la empresa.
El cálculo de la indemnización y el pago de la misma, van a depender de distintos factores en el contrato de los trabajadores.
Nuestro portal de remuneraciones, es capaz de calcular finiquitos y entregar con monto exacto la indemnización que corresponde al trabajador.
Condiciones para Recibir la Indemnización
Claro, para que este derecho procesa se deben cumplir algunas condiciones:
- Vigencia por un año o más del contrato laboral.
- Al momento de despedirte, invocación por parte del empleador del artículo 161 del artículo del Código del Trabajo (Necesidades de la empresa o desahucio).
Causal de "Necesidades de la Empresa"
Primeramente, debemos mencionar al Artículo 161 del Código del Trabajo. En él, el empleador puede poner término al contrato de trabajo invocando como causal las “Necesidades de la Empresa”. Necesidades derivadas de la racionalización o modernización, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía.
Al utilizar la causal aludida en el párrafo anterior, el empleador estará obligado a pagar una indemnización. En definitiva, cualquier factor que haga necesaria la separación de uno o más trabajadores.
Cálculo de la Indemnización
La indemnización será equivalente a treinta días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio. Al calcular, también es necesario agregar fracción superior a seis meses prestados continuamente al empleador.
Límite de la Indemnización
La indemnización tendrá un límite de trecientos treinta días de remuneración, según lo indicado en el párrafo segundo del Artículo 163 del Código del Trabajo.
Toma en cuenta que según la ley, el tope para indemnización por años de servicio es de 11 años.
La indemnización tendrá un tope de 90 unidades de fomento.
¿Cómo se Calcula por Días los Contratos por Obra o Faena?
La indemnización por años de servicio se calcula por días de acuerdo a la fecha en que se celebren los contratos.
A continuación te lo explicamos:
- Si el contrato por faena u obra se firmó entre el 01 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2020, te toca cobrar un día de remuneración por mes laborado, además de la fracción superior a 15 días.
- Cuando el contrato por obra o faena se pactó desde el 01 de julio de 2020 hasta el 30 de junio de 2021, entonces la indemnización es de un día y medio por mes trabajado.
- El cambio, si el pacto contractual fue entre 01 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, son dos días de remuneración por mes trabajado. Habría que agregar la fracción superior a los 15 días.
- Por último, los contratos fechados a partir del 31 de diciembre de 2021 se indemnizan con dos días y medio por mes trabajado.
¿Qué Incluye la Remuneración Mensual?
Toda cantidad que estuviera percibiendo el trabajador por la prestación de sus servicios al momento de la terminación del contrato de trabajo.
Se debe tener presente que la jurisprudencia administrativa de la Dirección del Trabajo ha señalado reiteradamente que en el caso que la gratificación legal o convencional es pagada mensualmente.
Por tanto, debe incluirse en el cálculo de la indemnización por años de servicios. El mismo criterio mencionado en el párrafo anterior se aplica respecto de las asignaciones de colación, movilización, de desgaste de herramientas e incluso los viáticos.
Exclusiones de la Base de Cálculo
Se excluyen de la base de cálculo los siguientes ítems: la asignación familiar legal, pagos por sobretiempo.
Reajuste de la Indemnización
La indemnización aludida se reajustará conforme a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor. Esta variación será entre el mes anterior a aquel en que se puso término al contrato y el que antecede al mes en que se realice efectivamente el pago de la misma.
Pago de la Indemnización
Por último, el pago de las indemnizaciones por años de servicio, en conjunto con otras que fueran aplicables (como la Indemnización Sustitutiva de Aviso Previo), se deberán pagar en el respectivo finiquito.
Este pago será en un plazo no superior a diez días hábiles contados desde el término de la relación laboral. Además podrá pagarse en cuotas solo si las partes así lo acordaren.
¿Habrá Nueva Ley de Indemnización por Años de Servicio?
Por ahora, no. En enero de 2019 el Gobierno recibió 50 propuestas para modificar la indemnización por año de servicio. La idea que flotaba en el debate era una indemnización a todo evento, sin que esté condicionada a un despido. Sin embargo, la idea solo se quedó como una propuesta archivada en el Palacio de La Moneda.
Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo
La Indemnización por falta de aviso previo o Indemnización del preaviso o desahucio, es una compensación económica que el empleador debe pagar al trabajador cuando pone término a la relación laboral bajo ciertas causales sin cumplir con el preaviso legalmente exigido. Es aquella indemnización por término de contrato que el empleador se encuentra obligado a pagar al trabajador cuando la relación termina por la causal de despido por necesidades de la empresa, en el caso que el mismo día del despido sea el del término de la relación.
Para el caso de que el empleador avise con 30 días corridos completos de anticipación, no se paga esta indemnización.
¿Cuándo Procede?
Procede cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de necesidades de la empresa, establecimiento o servicio (Art. 161 del Código del Trabajo) o desahucio escrito del empleador (Art.
El empleador está obligado a dar aviso al trabajador con, a lo menos, treinta días de anticipación a la fecha de término del contrato. Si no se cumple con esta anticipación, el empleador deberá pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo.
Si el empleador pone término de manera anticipada a un contrato a plazo fijo o por obra o faena determinada sin causa justificada, el trabajador tiene derecho a una indemnización compensatoria por los daños y perjuicios sufridos, que suele equivaler a las remuneraciones que habría percibido hasta el término del plazo o la conclusión de la obra (lucro cesante).
¿Qué Incluye la "Última Remuneración Mensual Devengada"?
Para efectos del pago de esta indemnización, la "última remuneración mensual devengada" incluye toda cantidad que el trabajador estuviese percibiendo por la prestación de sus servicios al momento del término del contrato. En general, todas las remuneraciones que se pagan mes a mes, como bonificaciones de producción o vacaciones si se pagan mensualmente. También se incluye la gratificación si se paga mes a mes con carácter fijo, y no anualmente.
Formalidades y Plazos
La comunicación de término de contrato (carta de despido) es una formalidad esencial. Cuando el despido es por necesidades de la empresa, el aviso que el empleador dirija al trabajador constituye una oferta irrevocable de pago de la indemnización por años de servicios y de la sustitutiva del aviso previo.
Si el empleador no ha efectuado el pago íntegro de dichas cotizaciones al momento del despido, este no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo (conocido como "nulidad del despido"). En tal caso, el empleador deberá pagar al trabajador las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha en que se acredite el pago de las imposiciones morosas.
Las indemnizaciones se reajustarán conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre el mes anterior al término del contrato y el mes anterior al pago.
Las acciones para reclamar el pago de indemnizaciones prescriben en seis meses contados desde la terminación de los servicios. Este plazo se suspende con la interposición de un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo.
No es jurídicamente procedente convenir descuentos de futuros valores del finiquito con cargo a la indemnización por años de servicio (o, por analogía, a la sustitutiva del aviso previo) mientras el contrato está vigente, ya que esto implicaría una renuncia anticipada de derechos laborales.
TAG: #Despido #Indemnizacion

