Es fundamental que tanto el afiliado como el empleador tramiten las licencias médicas físicas de manera digital e individual.
Plazos y Responsabilidades del Empleador
Es responsabilidad del empleador presentar la licencia médica a la Isapre en un plazo máximo de 3 días hábiles posteriores a la recepción del documento.
Documentación Adicional Requerida
Además de la licencia médica, en ciertos casos se debe presentar documentación adicional:
- Certificado de Pago de Cotizaciones Previsionales Operación Renta, emitido por el SII.
- Documentación que acredite la calidad de independiente y la generación de ingresos, tales como: iniciación de actividades, copias de boletas o facturas, copias del Formulario 29 del SII, extracto constitución de sociedad, etc. (Según Circular N° 3.425 de la SUSESO).
- 6 planillas de cotizaciones de AFP anteriores al inicio de la licencia médica y/o liquidaciones de subsidios pagados por otra entidad.
- Informes de subsidios pagados por otras Isapres o Mutuales durante el año calendario anterior, según fecha de presentación de la Declaración de Impuesto a la Renta, cuando corresponda.
- 3 planillas de cotizaciones de AFP pagados por otra entidad, inmediatamente anteriores al octavo mes precedente al inicio de la licencia médica y como máximo dentro de los 6 meses anteriores.
Consideraciones Importantes
Los beneficiarios extranjeros que aún no posean su RUT definitivo deben tramitar sus licencias médicas de manera presencial en la sucursal más cercana, con todos los datos de la zona C completados por el empleador.
Finalmente, procede a firmar digitalmente el formulario.
La Isapre debe pagar el subsidio por una Licencia Médica con la misma periodicidad que la remuneración, sin que pueda ser superior a un mes.
¿Qué hacer en caso de rechazo o modificación de la licencia?
En caso de rechazo o modificaciones de la Licencia, o pago considerado insuficiente, puedes presentar un reclamo ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio fijado en el contrato de salud complementario, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre.
A través de una Autorización de Depósito, la que se encuentra en la sucursal virtual Mi CruzBlanca, sección Reembolsos.
Si la licencia es de 10 días o menos, se descuentan del subsidio los 3 primeros días, no así de las cotizaciones, que se pagan completas.

