Para determinar cuál es la opción más adecuada para ti, es fundamental comprender las características distintivas de cada modalidad de pensión.

Si ya has iniciado tu solicitud de jubilación, tu Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) te proporcionará un Certificado de Saldo. Este documento detalla el monto total acumulado en tu cuenta de ahorros para la jubilación y especifica los beneficiarios de tu pensión.

Si tus ahorros son suficientes para financiar una pensión mensual que supere la Pensión Garantizada Universal (PGU) vigente, recibirás ofertas de diferentes modalidades de pensión a través del Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Estas ofertas variarán en función del monto y la entidad responsable del pago: una AFP, una compañía de seguros, o ambas.

Finalmente, deberás indicar tu selección de modalidad de pensión.

Modalidades de Pensión

A continuación, se describen las principales modalidades de pensión disponibles:

Retiro Programado

Es una modalidad de pensión financiada y pagada directamente por tu AFP. El monto de la pensión en esta modalidad es variable, ya que se recalcula anualmente en función del saldo de tu cuenta de ahorros.

Renta Vitalicia Inmediata

Es una modalidad de pensión pagada por una Compañía de Seguros. El monto de la pensión se acuerda al momento de la contratación con la Compañía de Seguros, y es fijo y vitalicio. La pensión se extingue únicamente con el fallecimiento del beneficiario.

Tras el fallecimiento, tus beneficiarios recibirán un beneficio económico en forma de Pensión de Sobrevivencia, pero no como herencia.

Renta Vitalicia Diferida

Esta modalidad combina un Retiro Programado inicial con una Renta Vitalicia posterior. Inicialmente, la AFP paga la pensión durante un período determinado (renta temporal). Una vez finalizado este período, la Compañía de Seguros asume el pago de la Renta Vitalicia de por vida.

Tras el fallecimiento, tus beneficiarios recibirán la Pensión de Sobrevivencia.

Renta Mixta

Es una modalidad de pensión en la cual tanto la AFP como la Compañía de Seguros realizan pagos simultáneamente. La parte de la pensión pagada por la AFP se recalcula anualmente, mientras que la parte pagada por la Compañía de Seguros es fija y vitalicia.

En esta modalidad, el afiliado tiene la opción de solicitar Condiciones Especiales de Cobertura para proteger a sus beneficiarios en caso de fallecimiento. Estas condiciones incluyen:

  • Periodo Garantizado: Asegura el pago de la pensión durante un período mínimo, incluso si el beneficiario fallece.
  • Cláusula de incremento de porcentaje: Permite aumentar el porcentaje de la pensión que recibirán los beneficiarios en caso de fallecimiento del titular.

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