La contratación de menores de edad es una práctica que se realiza habitualmente, especialmente en período de vacaciones, cuando los jóvenes buscan generar ingresos y adquirir experiencia laboral. Para ello, en Chile existen normas establecidas que deben ser cumplidas por parte del empleador.

Requisitos y Restricciones para el Trabajo de Menores en Chile

En Chile, los adolescentes entre 15 y 17 años pueden trabajar siguiendo una serie de condiciones diseñadas para proteger su salud y desarrollo. Para los menores de edad, la ley establece restricciones adicionales.

Autorización y Tipo de Trabajo

Los jóvenes entre 15 y 17 años solo pueden trabajar con la autorización de sus padres o tutores y en actividades que no comprometan su salud o desarrollo. La autorización trabajo menores de edad permite que las personas que ejercen la patria potestad sobre un menor (madres y padres) o sus tutores legales redacten una autorización para que el menor (menor de 18 años) trabaje, lo cual es necesario para que el menor firme válidamente un contrato de trabajo.

Es aquel trabajo que no perjudique el desarrollo, la asistencia regular a clases y que sea seguro.

Para que un menor pueda trabajar debe:

  1. Desarrollar trabajos calificados como trabajo adolescente protegido.
  2. Contar con la autorización por escrito de del padre, madre o de ambos; o de quien tenga el cuidado personal o representación legal; o a falta de ellos, del Inspector del Trabajo respectivo.
  3. Acreditar haber culminado enseñanza media o estar cursando esta o la enseñanza básica. En el caso de estudiantes, deben presentar junto al contrato de trabajo el certificado de alumno regular, el cual deberá actualizarse cada 6 meses.

Jornada Laboral

En cuanto a la jornada laboral, la ley establece ciertas restricciones para proteger a los trabajadores. La jornada laboral no puede exceder las 8 horas diarias ni las 30 horas semanales. En cuanto a la jornada laboral, se señala que no podrá superar las 8 horas diarias ni las 30 horas semanales. Además, en ningún caso podrá efectuarse de noche.

La jornada laboral no será superior a 30 horas semanales, con un máximo de 6 horas diarias en periodo escolar y 8 horas diarias en periodo de vacaciones. Sin posibilidad de realizar horas extraordinarias.

Contrato de Trabajo

Un trabajador menor de edad debe trabajar con un contrato de trabajo, sin excepción. Sí, los menores de 18 años pueden convenir contratos de trabajo de pazlo fijo o indeterminado (indefinidos). Al tomar en cuenta que su período de trabajo no siempre será mayor a 30 días, se recomienda formalizar un contrato de trabajo a plazo fijo.

Recomendamos firmemente exigir siempre un contrato laboral por escrito. Este documento debe detallar el período de trabajo, el horario, el sueldo y las condiciones de pago. Además, asegura que el trabajador esté cubierto por las cotizaciones de salud y AFP, y protegido en caso de accidentes laborales.

En materia de acuerdo laboral, la existencia de un contrato es obligatoria, el que deberá registrarse en la Inspección Comunal del Trabajo respectiva.

Además, si el trabajo incluye comisiones por ventas, estas deben estar claramente especificadas en el contrato de trabajo.

Excepciones en Feriados

La legislación chilena permite que los empleadores amplíen la jornada laboral hasta dos horas adicionales por día durante nueve días, distribuidos dentro de los últimos 15 días previos a la Navidad. Sin embargo, existen excepciones. Los trabajadores de ciertos establecimientos, como clubes, restaurantes, cines, discotecas, aeropuertos, farmacias de urgencia y tiendas de conveniencia en servicentros, están exentos de este feriado.

Estadísticas Relevantes

Las cifras nos señalan que 135.485 adolescentes entre 15 y 17 años trabajan, el 67% de los adolescentes trabajadores son hombre y el 33% son mujeres.

Grupo de Edad Número de Adolescentes Trabajando Porcentaje Hombres Porcentaje Mujeres
15-17 años 135.485 67% 33%

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