La migración es un fenómeno global en constante crecimiento. De acuerdo a estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo, existen cerca de 214 millones de migrantes en el mundo. Esto significa que alrededor del 3 por ciento de la población mundial puede ser clasificada como migrante. Cerca de la mitad de todos los migrantes son mujeres, y un significativo porcentaje de ellos son trabajadores migrantes, aunque existen otras categorías.
Toda persona tiene derecho a las prestaciones de seguridad social, sin importar si es migrante o nacional de un determinado país. Así, un residente o nacional de un país puede ser destinatario de diversas prestaciones para cubrir sus riesgos sociales. Para ello, los Estados establecen diversos mecanismos que permiten a través de sus prestaciones lograr entregar, en lo posible, una cobertura universal de la seguridad social.
Sin embargo, la protección del trabajador migrante mediante la seguridad social no se encuentra exenta de dificultades. Esto debido a que las prestaciones de seguridad social se entregan generalmente en base a requisitos de calificación, que puede ser el cumplimiento de un número de cotizaciones, de un período de servicio o de residencia, entre otros. A esto debemos agregar que la afiliación al sistema nacional de seguridad social puede ser un requisito para la obtención de beneficios, como por ejemplo para la protección en caso de enfermedad o en caso de accidente de trabajo.
Es decir, para obtener prestaciones se debe cumplir con ciertas condiciones, las que, en general, son cumplidas por el trabajador migrante en situación migratoria regular y que pertenece al sector formal, ya que éste, al poseer una situación migratoria regular, se encuentra en principio afiliado al sistema nacional de seguridad social del país anfitrión.
Mecanismos para la Protección de Trabajadores Migrantes
Para poder entregar protección de seguridad social a los trabajadores migrantes se han desarrollado dos técnicas que permiten una cierta uniformización de legislaciones: la coordinación y la armonización. Cuando lo que se intenta es que los países involucrados adopten la misma norma jurídica se habla de armonización. En la coordinación, en cambio, esto no se produce pues cada país conserva su propio modelo social y su propia autonomía de legislación.
Entendido así, resulta difícil que en materia de seguridad social se acuerde una armonización, ya que ello implicaría que los países perderían injerencia en su propia cultura de protección de riesgos sociales. Una misma ley de seguridad social aplicable a dos países es poco realista, pero que dos legislaciones puedan comunicarse y tengan puntos de conexión es mucho más viable. La coordinación entonces es la que permite esta comunicación.
La coordinación significa establecer mecanismos a través de los cuales los sistemas de seguridad social de diferentes países pueden trabajar juntos para lograr un conjunto de objetivos acordados -en particular para asegurar que los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias tengan protección tan completa y continua como sea posible- mientras, al mismo tiempo, mantenga y respete las definiciones y reglas de cada sistema por separado. Coordinación no involucra remplazar las diferentes definiciones y reglas de cada sistema con definiciones y reglas comunes, lo que es usualmente referido como armonización.
Los mecanismos que tiene la seguridad social para entregar continuidad a las prestaciones de seguridad social para las personas trabajadoras migrantes y sus familias, pueden ser unilaterales, bilaterales y multilaterales. De ellas tan solo las bilaterales y multilaterales implican un cierto grado de coordinación, ya que las unilaterales son aquellas que adopta el Estado anfitrión o el Estado enviante de migrantes, con el fin de proteger a los migrantes y a sus familias en su territorio o a sus nacionales en el extranjero.
Sin embargo, la coordinación de sistemas de seguridad social, ya sea a través de medidas bilaterales o multilaterales, está principalmente destinada a los trabajadores migrantes en situación regular, o sea aquellos que pertenecen a la economía formal. Quedan entonces excluidos los trabajadores migrantes informales y todos aquellos que por diversos motivos no pueden participar de algún mecanismo de seguridad social.
El Contexto Latinoamericano
En América Latina la posibilidad de un acuerdo regional que regule esta materia es bastante reciente. Así es como encontramos el acuerdo regional de coordinación, promovido por la Organización Iberoamericana de Seguridad Social, denominado Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, el cual tiene limitado su campo material de aplicación comprendiendo solo prestaciones periódicas de financiamiento contributivo.
De una manera general se puede afirmar que la seguridad social en América Latina se basa en los mecanismos de protección tipo regímenes bismarkianos, es decir, seguros sociales basados en el trabajo dependiente. Sin embargo, un porcentaje importante de la población cubierta realiza un trabajo dependiente a través de su participación en el mercado de trabajo formal y en virtud del cual contribuyen a la seguridad social.
Pero la estructura del mercado de trabajo en la región latinoamericana es diferente a la europea y obliga a reconsiderar las vías de financiamiento tradicional de la seguridad social en esta región a través de cotizaciones, contribuciones o aportaciones, con el objeto de ampliar la cobertura para proteger a los marginados y a su vez lograr que el Estado aumente su participación financiera. Dicho aumento se logra a través de los mecanismos de protección financiados por medio de impuestos, es decir prestaciones no contributivas.
Para poder dimensionar el problema de la migración y la seguridad social en esta región es necesario tener en cuenta ciertos números: América Latina tiene una población total de 575.867.000 personas, de las cuales alrededor de 276.551.000 corresponden a la población activa total. En esta región se produjo una migración interna total de unos 25 millones de personas en el año 2005. Así vistas las cosas, América Latina es considerada la zona con mayor tasa de migración interna en el mundo, según cifras de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), lo que deriva en que la vida laboral de muchos ciudadanos tiene lugar entre varios países de la región.
Además, el 78% de la población migrante en la región Iberoamericana se encuentra en América Latina, un 20% en España y sólo el 2% en Portugal. En términos cuantitativos el fenómeno migratorio interno en América Latina es muy importante y se ha llegado a señalar que muy pronto sobrepasará las cifras de migración interna de la región Europea.
Por otro lado, resulta necesario verificar si la seguridad social tradicional está entregando una completa cobertura en la región y un elemento a considerar es si las cotizaciones son efectuadas. En este sentido, se puede observar que el promedio de las cotizaciones en la región de América Latina para las y los trabajadores migrantes y nativos, es ligeramente superior al 50% de la población en ambos grupos. Sin embargo, la población migrante que trabaja en el sector formal tiene una cobertura inferior a la contribución de los nativos, en alrededor 10 puntos porcentuales.
Esto podría deberse a que fueron en su mayoría empleados en pequeñas empresas, en las que finalmente hay una mayor irregularidad en el pago de las contribuciones. En el sector informal la situación es distinta, ya que quienes tienen una mayor cobertura son nativos, pero las diferencias son mucho más pequeñas, porque en ambos casos cerca de un tercio de los trabajadores cotiza. Otro signo de la vulnerabilidad de las personas migrantes, es la contribución de aquellos que tienen un contrato, la cual, también, es más de 10 puntos porcentuales más baja entre migrantes que entre nativos.
Estas cifras muestran claramente que el mecanismo de cotización tradicional no garantiza la cobertura universal en la región latinoamericana. Las y los trabajadores migrantes formales e informales tienen menor capacidad contributiva, lo que les impide tener acceso a prestaciones de seguridad social.
Tabla N°1: Cobertura de Cotizaciones en América Latina (Trabajadores Migrantes vs. Nativos)
| Grupo | Sector Formal | Sector Informal | Con Contrato |
|---|---|---|---|
| Trabajadores Migrantes | Menor (10 puntos porcentuales) | Cerca de un tercio cotiza | Más baja (10 puntos porcentuales) |
| Trabajadores Nativos | Mayor | Cerca de un tercio cotiza | Más alta |
Teniendo en cuenta las características del fenómeno migratorio en América Latina y la importancia que éste tendrá en un mediano plazo, las características propias de los sistemas nacionales de seguridad social, que demuestran una baja capacidad contributiva de los trabajadores nativos y migrantes de la región, notamos que el trabajador migrante se encuentra en una situación desfavorecida frente a los migrantes en la región europea.
Dicha región ofrece una cobertura de seguridad social basada también en los seguros bismarkianos, pero no posee los índices de informalidad que posee América Latina. De esta manera sostenemos que se hace imprescindible que se considere en los mecanismos a las prestaciones no contributivas dentro de los acuerdos regionales de coordinación de sistemas de seguridad social en la región latinoamericana.
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