Este artículo aborda una demanda laboral específica en la que se discuten aspectos importantes relacionados con los derechos del trabajador y las obligaciones del empleador. A continuación, se presenta un análisis detallado de la situación.
Contexto de la Demanda
Claudia Belén Cifuentes Neira, empleada, demandó a SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES ALIANZA SUR SPA. y solidariamente a CLARO CHILE SPA. La demanda fue presentada ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, RIT M-508-2024.
Cifuentes ingresó a trabajar el 12 de febrero de 2020 como Back Office y/o centro de comando, con una remuneración de $822.948. Su contrato era indefinido, y fue despedida improcedentemente el 7 de mayo de 2024.
Demandas y Solicitudes
La demandante solicitó lo siguiente:
- Indemnización sustitutiva: $822.948.
- Indemnización por años de servicios: $1.645.896.
- Recargo del 30%: $493.769.
- Remuneración de 7 días de mayo de 2024: $192.021.
- Feriados anuales y proporcionales: $398.855.
- Declaración de régimen de subcontratación, más reajustes, intereses y costas de la causa.
Resolución del Tribunal
El tribunal resolvió acoger la demanda interpuesta por Claudia Belén Cifuentes Neira en contra de SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES ALIANZA SUR SPA y solidariamente en contra de CLARO CHILE S.P.A.
Se declaró injustificado el despido que afectó a la trabajadora el 7 de mayo de 2024 y se ordenó a la demandada el pago de las siguientes prestaciones:
- La suma de $822.948, por concepto de Indemnización sustitutiva de aviso previo.
- La suma de $1.645.896, por concepto de indemnización por años de servicio más el recargo del 30% conforme al artículo 168 inciso 1 letra a), $493.769.
- La suma de $192.021 por concepto de remuneraciones de 7 días trabajados del mes de mayo de 2024.
- La suma de $398.855, por concepto del feriado anual período 12-02-2023 a 12-02-2024, menos abono de 10 días, más feriado proporcional de dos meses y veinticinco días de trabajo (14.54 días).
Las sumas antes señaladas devengarán intereses y reajustes de conformidad lo dispone el artículo 63 y 173, ambos del Código del Trabajo según corresponda.
No se condenó a la demandada al pago de las costas de la causa, atendida la naturaleza de este procedimiento y lo dispuesto en el artículo 445 del Código del ramo.
Detalles Adicionales
El tribunal decretó la medida cautelar de retención de dineros por parte de CLARO CHILE SPA., respecto de aquella cantidad de dinero que adeude a SOCIEDAD COMERCIAL E INVERSIONES ALIANZA SUR SPA. hasta por la suma de $3.500.000.
Análisis de la Decisión
El tribunal basó su decisión en que la trabajadora se desempeñó en régimen de subcontratación para CLARO CHILE SPA., y conforme al artículo 183 B) del Código del Trabajo, esta última fue condenada en forma solidaria al pago de las prestaciones demandadas. La documental acompañada acreditó la existencia de relación laboral y la procedencia de las prestaciones alegadas.
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