La Pensión de Invalidez es la jubilación que pueden solicitar los afiliados al sistema de pensiones que pierden su capacidad de trabajo, ya sea por enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales.
Requisitos Esenciales para Obtener la Pensión de Invalidez
Para poder acceder a la pensión de invalidez, es fundamental cumplir con una serie de requisitos, siendo uno de los más importantes el tener un grado de invalidez que cause una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor al 50%. A continuación, se detallan los requisitos más relevantes:
- Afiliación: Estar afiliado a una AFP y no encontrarse ya pensionado en este sistema.
- Edad: Tener menos de 65 años de edad, tanto hombres como mujeres (en el caso de las mujeres, deben haber optado por seguir cotizando el seguro de invalidez y sobrevivencia).
- Motivo de la discapacidad: Que la incapacidad no sea resultado de un accidente o enfermedad laboral.
Es importante señalar que no se requiere presentar exámenes médicos al iniciar el trámite de pensión de invalidez. Solo es necesario contar con el carnet de identidad, conforme a lo estipulado por la ley. Si deseas revisar en detalle todos los requisitos, puedes visitar la página de la Superintendencia de Pensiones.
Grados de Invalidez: Total y Parcial
Existen dos grados de invalidez: total y parcial. La determinación de estos grados es responsabilidad de la Comisión Médica, un organismo dependiente de la Superintendencia de Pensiones y totalmente independiente de la AFP.
Invalidez Total
Se determina invalidez total cuando la pérdida de la capacidad de trabajo es igual o superior al 66%. En estos casos, el dictamen es definitivo y no requiere reevaluaciones posteriores.
Invalidez Parcial
Se determina invalidez parcial cuando la pérdida en la capacidad de trabajo es igual o mayor al 50% y menor al 66%. En este caso, el dictamen es transitorio y tiene una duración de 3 años. Transcurrido este período, la Comisión Médica realiza una reevaluación para determinar si la invalidez se considera definitiva y el grado de invalidez correspondiente.
Rechazo de la Solicitud
La solicitud será rechazada si la pérdida de la capacidad para trabajar es inferior al 50%.
El Rol del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) juega un papel crucial en el financiamiento de las pensiones de invalidez. El SIS financia las pensiones transitorias por 3 años para quienes son calificados con "invalidez parcial transitoria". Además, cuando se dictamina la "invalidez definitiva", complementa los ahorros individuales con un aporte a tu cuenta individual, ya sea con una pérdida total o parcial de tu capacidad de trabajo.
¿Cuánto Aporta el SIS?
Cuando la invalidez es definitiva, el SIS realiza un aporte a la cuenta individual del afiliado, equivalente al capital necesario para financiar sus pensiones futuras.
Proceso de Solicitud de la Pensión de Invalidez
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión. Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.
Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez. Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
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