La Pensión de Invalidez es la jubilación que pueden solicitar afiliados que pierden su capacidad de trabajo, debido a una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales.

Requisitos para Obtener la Pensión de Invalidez

Para poder obtener la pensión de invalidez se deben cumplir algunos requisitos, donde uno de los más importantes es tener un grado de invalidez que cause una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor a 50%. Acá te contamos los más importantes y si quieres revisar en más detalle puedes visitar la página de la Superintendencia de Pensiones.

Requisitos Clave:

  • Afiliación: Estar afiliado a una AFP y no encontrarse pensionado en este sistema.
  • Edad: Tener menos de 65 años de edad, para hombres o mujeres (en el caso de mujeres deben haber optado por seguir cotizando el seguro de invalidez y sobrevivencia).
  • Motivo de la discapacidad: Que la incapacidad no sea a causa de un accidente o enfermedad laboral.

No es requisito disponer de exámenes médicos para iniciar el trámite de pensión de invalidez. Sólo debes disponer del carnet de identidad como indica la ley.

Grados de Invalidez

Existen 2 grados de invalidez, puede ser total o parcial y esto lo otorga la Comisión Médica, que depende de la Superintendencia de Pensiones. Es importante señalar que este organismo es totalmente independiente de la AFP.

Tipos de Invalidez:

  • Invalidez Total: Sucede cuando se determina una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a 66%. En este caso, el dictamen tendrá el carácter de definitivo, por lo que no se requiere una reevaluación posterior.
  • Invalidez Parcial: Sucede cuando se determina una pérdida en la capacidad de trabajo igual o mayor a 50% y menor a 66%. En este caso, el dictamen de invalidez tendrá el carácter de transitorio por 3 años. Posterior a esto, la Comisión Médica hará una reevaluación y decidirá si la invalidez es de carácter definitiva y el grado de invalidez correspondiente.
  • Rechazo de la solicitud: Sucede cuando la pérdida de la capacidad para trabajar es inferior al 50%.

La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años.

El Rol del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)

El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) financia las pensiones transitorias por 3 años para quienes son calificados con "invalidez parcial transitoria" y cuando se dictamina la "invalidez definitiva", complementa los ahorros individuales con un aporte a tu cuenta individual, ya sea con una pérdida total o parcial de tu capacidad de trabajo.

Aporte del SIS:

Cuando la invalidez es definitiva, el SIS realiza un aporte en tu cuenta individual, que es equivalente al capital necesario para financiar tus pensiones futuras.

Proceso de Solicitud

El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende. Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez.

Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).

La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años.

Información Adicional

Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.

Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.

Los y las titulares de PBSI, pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.

Actualmente, el monto mensual de la PBSI es de $224.004. A partir de septiembre de 2025 aumentará a $250.000 mensuales, ajustándose al nuevo valor máximo de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

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