La pensión por muerte, también conocida como pensión de sobrevivencia, es un derecho que ampara a los familiares de una persona afiliada al sistema de pensiones que ha fallecido. Los requisitos para acceder a este beneficio varían según el parentesco con el afiliado.

Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia

El ex Servicio del Seguro Social (SSS) y cada ex caja del antiguo Sistema de Reparto definen a sus beneficiarios y requisitos. A continuación, se detallan algunos de los beneficiarios comunes y sus requisitos:

Cónyuge

  • Deben haberse casado al menos 6 meses antes de la fecha de muerte.
  • Si el matrimonio se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, éste se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Para que el cónyuge no inválido y padre de hijo no matrimonial sea beneficiario de una Pensión de Sobrevivencia de una afiliada pensionada, la pensión de ella debe haber sido devengada a partir de octubre del 2008 en adelante.

Acuerdo de Unión Civil

  • Debe existir un Acuerdo de Unión Civil vigente de al menos un año previo a la muerte.
  • Si éste se realizó siendo la persona pensionada por Vejez o Invalidez, se debe haber contraído 3 años antes de su muerte.
  • Sólo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento de la afiliada ocurre a contar del 1 de octubre de 2008.

Persona con hijos en común

  • Persona con la que el afiliado tuvo hijos sin haber tenido un vínculo matrimonial o de Acuerdo de Unión Civil.
  • Además, solo si es soltero o viudo y vivía a expensas del afiliado a la fecha de su muerte.

Padres

  • Los padres solo tendrán derecho a Pensión de Sobrevivencia si el fallecimiento ocurre a contar del 1° de octubre de 2008.

Cuota Mortuoria

Por lo general, si una persona trabajadora afiliada a una AFP muere, tendrás derecho a cobrar la cuota mortuoria en la AFP respectiva, siempre y cuando te hagas cargo de los gastos funerarios. En ese caso, el monto es de hasta 15 UF, el cual es financiado con el saldo disponible en la cuenta de ahorro del o la causante.

Asignación por Muerte

Si eres una persona natural, recibe un reembolso por los gastos funerarios que tuviste que pagar por el fallecimiento de una persona beneficiaria activa (trabajadores) o pasiva (pensionados) del antiguo sistema previsional. Solicita la asignación durante todo el año a través del sitio web y las sucursales ChileAtiende. Haber sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales.

¿Cómo Solicitar la Pensión de Sobrevivencia?

Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Autenticar”. Como resultado del trámite, habrá solicitado el beneficio.

Importante: obtenga más información sobre los documentos específicos que deben entregar los beneficiarios en el campo Descripción (haga clic en la respectiva excaja).

Importante: puede consultar el estado de su trámite llamando al 101 en estos horarios.

No esperes que otros te digan cuándo es el mejor día para elegir tu AFP, hoy es el momento para que tú decidas tomar las riendas de tu futuro.

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