Este artículo detalla los requisitos y beneficios asociados a la pensión por estar casado en Chile, incluyendo información sobre el Bono por Nupcialidad y otros apoyos disponibles.

Bono por Nupcialidad

El bono de nupcialidad es un beneficio que se otorga a parejas que cumplen ciertos requisitos. El monto del bono se reajusta en octubre de cada año en el 100% de la variación que experimente el IPC.

¿Cómo Solicitar el Bono?

Puedes solicitar el bono a través de una videoatención en la Sucursal Virtual o en las sucursales ChileAtiende, agendando previamente una hora si quieres planificar tu visita.

Si no es necesaria más información, podrás retirar el monto del bono en un centro de pago o recibir el depósito en la fecha que te indique el ejecutivo o ejecutiva.

¿Qué Sucede si el Cónyuge Fallece?

  • Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, tu cónyuge fallece después de esa fecha.
  • Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, tu cónyuge fallece durante la tramitación del beneficio.

Inscripción del Matrimonio Celebrado en el Extranjero

Importante: tu matrimonio podrá haber sido celebrado en Chile o en otro país (artículo 135 del Código Civil). En este último caso, debe estar inscrito en el Registro de la Primera Sección de la Comuna de Santiago. Para ello, se deben presentar los antecedentes legalizados al Ministerio de Relaciones Exteriores, institución que verificará la autenticidad de los documentos y los enviará al Conservador del Registro Civil.

Informes del Registro Civil

El Registro Civil ofrece diversos informes que pueden ser relevantes para trámites relacionados con el estado civil:

  • Informe de no matrimonio: Permite acreditar tu estado civil si estás soltero o soltera. Puedes solicitarlo en el sitio web del Registro Civil si eres una persona de género femenino (mayor de 14 años nacida después de 1968) o de género masculino (mayor de 16 años y nacido después de 1970).
  • Informe de cese de convivencia: Permite determinar la fecha exacta en que terminaste la convivencia con tu pareja. Puedes pedirlo en el sitio web del Registro Civil. El informe de cese de convivencia es gratuito, en caso de que hayas realizado tu cese de convivencia a partir de marzo del 2013 (unilateral y de mutuo acuerdo).

Para obtener más información, comunícate al teléfono del Registro Civil: 600 370 2000.

Bono de Nupcialidad Parques

Existe un beneficio alternativo en reemplazo del apoyo económico por matrimonio, llamado Bono de Nupcialidad Parques. Consiste en una estadía de tres noches consecutivas en cabañas en Parques Los Héroes.

Para acceder a este bono, se debe presentar la Solicitud de Autorización y Pago de Prestación, firmado por el trabajador(a).

Información Adicional

Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2025 rigen desde el 02 enero a 31 diciembre del presente año. Siempre y cuando esta última fecha sea día hábil, en caso contrario, serán válidos hasta el último día hábil del año.

Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S.

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