La rebaja de pensi贸n de alimentos se entiende como la acci贸n que permite reducir el monto que se paga mensualmente por concepto de manutenci贸n de los hijos. De todas formas, es importante entender que se trata de una medida excepcional y que no ocurre por arte de magia. Frente a la cantidad de dudas diarias que recibimos de padres y madres que pagan alimentos, queremos dedicar este espacio a responder las interrogantes m谩s frecuentes sobre la rebaja de la pensi贸n alimenticia.

Tal como se帽ala el art铆culo 332 del C贸digo Civil, la pensi贸n de alimentos se debe otorgar en la medida que contin煤en las condiciones que dieron origen a su fijaci贸n. Para que la rebaja de pensi贸n alimenticia proceda, debes acreditar c贸mo han cambiado en el tiempo aquellas condiciones que sirvieron de base para que se fijaran alimentos.

Circunstancias que Justifican la Rebaja de Pensi贸n Alimenticia

Las circunstancias siempre cambian y por eso podemos demandar la rebaja de la pensi贸n alimenticia, fundado en ciertas modificaciones, qu茅 se tuvieron a la vista al momento de decretar la pensi贸n actualmente vigente, esto quiere decir que las circunstancias deben variar y por tanto deben ser circunstancias calificadas.

  • Cambio en la situaci贸n econ贸mica del hijo o hija: este cambio de las circunstancias toma en cuenta a ambas partes y las distintas variaciones en las necesidades del ni帽o con el paso del tiempo.
  • Estar desempleado.
  • Tener un nuevo trabajo, pero con un salario menor en comparaci贸n con el salario que ten铆a cuando se fij贸 la pensi贸n alimentaria.
  • Formar otra familia y tener nuevos hijos. Es muy com煤n que, con el nacimiento de otro hijo o hija, se genera una carga financiera mayor. En este caso es fundamental acreditar la necesidad y urgencia de realizar estos gastos e inversiones.
  • Una discapacidad puede ser una causa para solicitar una rebaja en la pensi贸n alimenticia.
  • El alimentario tiene m谩s de 21 a帽os y no est谩 trabajando.
  • Recibe una herencia.
  • Recibe alg煤n tipo de renta.

Proceso para Solicitar la Rebaja de Pensi贸n Alimenticia

Para rebajar la pensi贸n de alimentos se debe seguir el mismo camino que tom贸 la otra parte para regularizar un monto de pensi贸n.

  1. Mediaci贸n Familiar: La Mediaci贸n Familiar es una instancia prejudicial donde ambas partes realizan una negociaci贸n guiada con un mediador o mediadora. El primer paso que exige la ley es que ambos padres se sometan a una mediaci贸n. En efecto, la mediaci贸n es un tr谩mite obligatorio en este procedimiento. Solamente en la etapa de la mediaci贸n puedes prescindir de un abogado. Para solicitar una mediaci贸n, debes agendar una hora en un Centro de Mediaci贸n.
  2. Acuerdo en Mediaci贸n: Las partes llegan a un acuerdo: Si ambas partes llegan a un acuerdo, el mediador o mediadora remitir谩 las bases del acuerdo al tribunal de familia. Con esos antecedentes, el tribunal dictar谩 una nueva resoluci贸n ordenando la modificaci贸n del monto de la pensi贸n. En caso de llegar a un acuerdo, pone t茅rmino a este problema.
  3. V铆a Judicial: Si la mediaci贸n se frustra, puedes iniciar la v铆a judicial para rebajar los alimentos. Esto significa que cualquier cambio de circunstancias que requiera una rebaja de la pensi贸n alimenticia debe presentarse ante el tribunal como demanda con una mediaci贸n frustrada, ya que es requisito formal para su interposici贸n. Esto permitir谩 a un juez evaluar la nueva informaci贸n y decidir si se justifica una rebaja. No debemos olvidar que las pensiones alimenticias siempre podr谩n ser analizadas por el juez de familia competente al domicilio donde vive el alimentario o en el tribunal donde se decretaron esos alimentos.

Documentaci贸n Necesaria

Para solicitar una rebaja de la pensi贸n alimenticia en Chile, seg煤n el C贸digo Civil Chileno, Ley N掳 14.908, debe presentarse una solicitud en un tribunal de familia, junto con los siguientes documentos:

  • Certificado de Mediaci贸n Frustrada.
  • Certificado de nacimiento de el o los alimentarios, esto es las cargas, para acreditar que son sus hijos y que por eso se ha fijado una pensi贸n de alimentos a su favor.
  • Se debe, adem谩s, acompa帽ar la resoluci贸n que fijo la pensi贸n de alimentos cuya disminuci贸n se solicita.
  • En el cuerpo de la demanda, se debe explicar como han variado las circunstancias desde que se fijo la pensi贸n de alimentos, y el porque se esta solicitando la rebaja de los mismos.
  • Declaraci贸n jurada de ingresos y gastos del deudor de alimentos.
  • Estado patrimonial del deudor de alimentos.
  • Declaraci贸n de circunstancias familiares del deudor de alimentos.
  • Recibos de pago de alimentos anteriores.
  • Declaraci贸n del alimentado con respecto a sus necesidades.

El tribunal de familia evaluar谩 la demanda y decidir谩 si se concede la rebaja solicitada. El tribunal de familia examinar谩 los documentos presentados para determinar si se concede la rebaja.

Rebaja Provisoria de Pensi贸n de Alimentos

Adem谩s, el abogado puede solicitar una rebaja provisoria de los alimentos, mientras no se logre una sentencia definitiva. La rebaja provisoria de pensi贸n de alimentos es una solicitud que permite rebajar el monto de la pensi贸n mientras dure el juicio. Quien ha sido demandado siempre podr谩 oponerse a la rebaja provisoria.

Opciones del Demandado ante la Rebaja Provisoria

La parte demandada por rebaja, tiene dos opciones, oponerse o no hacer nada respecto a la eventual rebaja provisoria. En caso de oponerse, debe justificar su oposici贸n, y en caso de no hacer nada. El demandante, debe pedir al Tribunal que s tenga presente la situaci贸n de no haberse opuesto excepciones u oposiciones a la rebaja provisoria de la pensi贸n de alimentos.

Resoluci贸n del Juez

En caso de oponerse a la rebaja provisoria de pensi贸n de alimentos, el Juez resolver谩 de plano, salvo que del m茅rito de los antecedentes, estime necesario citar a una audiencia, la que deber谩 realizarse dentro de los 10 d铆as siguientes. La resoluci贸n que accede a la rebaja provisoria de la pensi贸n de alimentos es susceptible de recurso de reposici贸n con apelaci贸n en subsidio si la parte demandada se siente perjudicada en sus derechos.

Acuerdos Extrajudiciales

Si las dos partes est谩n de acuerdo en la rebaja de pensi贸n de alimentos, es posible suscribir un acuerdo extrajudicial. Este debe ser escriturado y firmado por ambos, autorizado ante Notario o el Jefe de la Corporaci贸n de Asistencia Judicial. Este acuerdo se denomina transacci贸n. En todas estas situaciones, el documento suscrito deber谩 presentarse ante el Juzgado de Familia.

Apelaci贸n

La apelaci贸n debe contener el agravio que le produce a la parte, el rechazo y los fundamentos de derechos en que se apoya la apelaci贸n.

Asesor铆a Legal

Por eso es fundamental que si est谩s atravesando por un proceso en el cual sientes que el monto que pagas mes a mes, no es posible de cubrir, busques asesor铆a con abogados expertos. En Total Abogados recomendamos evaluar esta opci贸n si puede ayudar a evitar el incumplimiento de la obligaci贸n.

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Recuerda que no podr谩s rebajar la pension alimenticia si debes alimentos en una causa Z. ya que la ley 21.484 establece en su art铆culo 1掳 que el tribunal deber谩 declarar inadmisible la demanda de rebaja o cese de pensi贸n en el caso que la persona se encuentre con inscripci贸n vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos salvo que se presentaron antecedentes calificados para ello en concordancia con lo dispuesto en el inciso cuarto del art铆culo tercero.

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