El Seguro de Cesantía en Chile es un beneficio crucial para los trabajadores que quedan sin empleo. Para acceder a este seguro y retirar los fondos acumulados, es necesario cumplir con ciertos requisitos. A continuación, se detallan los requisitos generales y específicos para diferentes situaciones.

Requisitos Generales para el Retiro de Cesantías

Para poder retirar los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), es fundamental cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante: Es el requisito principal para acceder al Seguro de Cesantía.
  • Cotizaciones pagadas: Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Estas cotizaciones deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
  • Causales de despido: El término del contrato debe estar justificado por alguna de las siguientes causales:
    1. Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.).
    2. Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.).
    3. Ajustes por necesidades de la empresa (Art.).
    4. Caso fortuito o fuerza mayor (Art.).
    5. Necesidades de la empresa (Art.).
    6. Quiebra del empleador (Art.).
  • Perfil en BNE: Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.

Retiro de Cesantías para Pensionados

Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.

Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que en cualquier pensión por AFP. Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.

Puede presentar su solicitud en la Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de sus sucursales a lo largo del país. Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Si no reúne los requisitos para acceder al seguro regular de cesantía, puede solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía. Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido.
  • Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía.

Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años. Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Afiliación al Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es obligatorio para todo trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).

Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía

Para solicitar el Seguro de Cesantía, sigue estos pasos:

  1. Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
  2. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
  3. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.

Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.

Mandato Notarial

Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.

Financiamiento de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

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