El Seguro de Cesantía es un beneficio que protege a todos los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en caso de quedar cesantes, ya sea por causas voluntarias como renuncia, o por causas involuntarias, como despido o fin de contrato.
Todos los empleados y empleadas que se encuentren afiliadas a la AFC poseen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde reúnen todos los meses un monto de dinero. En caso de quedar cesantes, pueden optar por retirar ese dinero y así solventar sus gastos durante el período de búsqueda de un nuevo empleo.
¿Cómo consultar cuánto dinero tengo?
Para conocer el saldo de tu Seguro de Cesantía, debes ingresar a la sucursal virtual de la AFC e iniciar sesión con tu Clave Única o Clave AFC. Una vez dentro del sitio, tendrás la posibilidad de poder revisar la cantidad de dinero acumulado que posea el trabajador o trabajadora cesante.
En esta misma página del sitio web oficial además podrás ver tu última cotización acreditada, las cotizaciones no pagadas y los rezagos por devolver.
¿Cómo retirar el monto del Seguro de Cesantía?
Existen ciertos requisitos para cobrar el dinero, pese a que cubre a los cesantes voluntarios, es decir, que hayan renunciado a su empresa; y también a aquellos que fueron despedidos. Las condiciones son las siguientes:
- Estar cesante y cumplir con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas (al menos 12 mensuales en caso de haber tenido contrato indefinido; o al menos 6 mensuales si tenía contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio).
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto, creado por la Ley No 19.728, financiado con aporte del Estado y del empleador para otorgar prestaciones por cesantía, en caso de que los recursos del trabajador en su cuenta individual sean insuficientes y, las demás que establece la ley.
Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar 5 giros si su contrato es Indefinido y 3 giros si es a Plazo Fijo.
Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubiese tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato.
Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.
Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.
Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”.
Ingresa con tu ClaveÚnica. También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).
Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial.
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