El despido injustificado es una situación que causa un profundo impacto emocional y económico en el trabajador afectado y su entorno. El despido injustificado afecta la estabilidad económica y emocional del trabajador que lo sufre. Por esta razón, es crucial buscar asesoramiento legal desde el momento en que se recibe la carta de despido.

El despido injustificado ocurre cuando un empleador termina la relación laboral aplicando incorrectamente una causal de despido, usando una causal no permitida o sin invocar ninguna causa legal. En términos simples, cuando se aplican mal una o más de las causas de despido o no se le aplica ninguna.

Nuestra ley protege al trabajador injustamente despedido. A la ley no le gusta, lo sanciona, pero como abogados seguimos viéndolo a diario, por eso infórmate.

Obligaciones del Empleador y Carta de Aviso

El empleador tiene una serie de obligaciones legales que cumplir al momento del despido. Para saber si es conveniente o no demandar por despido injustificado, tenemos que ver si el empleador cumplió todas sus obligaciones. El empleador o empleadora debe cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) el término del contrato de trabajo de sus ex trabajadores o trabajadoras, lo que aplica a la totalidad de las causales contempladas en el Código del Trabajo.

La carta de aviso previo es una comunicación obligatoria que el empleador debe entregar al trabajador para informarle sobre la terminación de su contrato laboral. Según la definición dada por la Dirección del Trabajo, la carta de aviso previo es la comunicación que la ley requiere que el empleador haga saber al trabajador del término de la relación laboral.

La Carta de aviso de despido tiene vital importancia. Una carta bien revisada proporciona las bases necesarias para evaluar y posiblemente impugnar el despido ante los tribunales. Es sumamente importante que sea detallada. Qué tanto detalle dependerá de la causal invocada. Esto es importante tanto para empleador (para su eventual defensa) como para el trabajador (para identificar si las circunstancias descritas son para demandar o no).

Esta carta debe incluir la causal legal de despido, los hechos que la fundamentan y el estado de pago de las cotizaciones previsionales. Detalles del despido: Contiene la causal legal invocada por el empleador y los hechos que fundamentan el despido. La carta puede ser entregada personalmente por el empleador, o enviada por correo certificado al domicilio del trabajador indicado en el contrato de trabajo.

Si el trabajador no firma la carta de aviso previo, este hecho no afecta sus derechos. Firmar o no la carta no implica aceptar la causal del despido, solo deja constancia de la recepción del aviso.

Cartas de despido mal hechas, que no contengan un relato circunstanciado y coherente sobre los hechos que fundan el despido, que no contengan la causal, fechas, lugares, etc. Una Carta mal hecha, es un caso ganado. Ej: Si la empresa toma la decisión de desvincular un trabajador por un incumplimiento grave, deberá argumentar porque es «grave» y por qué hace imposible continuar con la relación laboral, pues existe jurisprudencia que declara despido injustificado cuando la misiva es poco clara, escueta o no justifica adecuadamente su decisión.

Indemnizaciones por Despido

Las indemnizaciones por despido incluyen la indemnización por falta de aviso previo y por años de servicio. ¿Qué indemnizaciones pagan por despido? Estas compensaciones están reguladas por el Código del Trabajo y buscan proteger los derechos de los trabajadores al momento de la terminación de sus contratos.

Las indemnizaciones se encuentran reguladas por la ley y son de Orden Público Laboral por cuanto son mínimos inamovibles para las partes.

Indemnización Sustitutiva del Aviso Previo

La Indemnización por falta de aviso previo o Indemnización del preaviso es aquella indemnización por término de contrato que el empleador se encuentra obligado a pagar al trabajador cuando la relación termina por la causal de Necesidades de la Empresa o por Desahucio escrito del empleador, en el caso que el mismo día del despido sea el del término de la relación. Indemnización sustitutiva del aviso previo: equivalente a un mes de remuneración, si no se dio aviso del despido con 30 días de anticipación.

Para el caso de que el empleador avise con 30 días corridos completos de anticipación, no se paga esta indemnización, debiendo cumplirse con el contrato de trabajo hasta el último día, sin cambio alguno en las obligaciones de ambas partes.

Indemnización por Años de Servicio

Indemnización por Año de Servicios, es decir, otro mes de tu remuneración por cada año de antigüedad o fracción superior a 6 meses que hayas trabajado para tu empleador (siempre y cuando haya al menos un año). Suprema, Casación, Rol Nº 3.842-06.-: Noveno: Que la indemnización por años de servicios, también ya dicho por este Tribunal, posee como elementos determinantes el tiempo y el monto de la última remuneración, nace a la época de terminación de la relación laboral y recompensa el lapso durante el cual el dependiente ha invertido su fuerza de trabajo para con su empleador.

  • a) El contrato de trabajo debe haber estado vigente por al menos un año.
  • Los años de servicio se calculan considerando cada período anual completo trabajado para el empleador.
  • El monto se calcula conforme al Artículo 172 del Código del Trabajo.
  • La indemnización corresponde a 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, con un límite máximo de 330 días.

Este aumento tiende a hacer aún más onerosa la separación de un dependiente en condiciones ilegítimas por parte del empleador y es, sin duda, una sanción anexa. Cualquiera de ellas sea la que se adopte, lo cierto es que el legislador laboral ha tasado a priori la recompensa que debe entregarse al trabajador en caso de despido injustificado, indebido, improcedente o sin invocar causal y lo ha hecho sobre la base de la antigüedad en el empleo y el monto de la última remuneración.

Recargo por Despido Injustificado

Dependiendo si el despido es considerado improcedente, indebido, injustificado o incausado se aplicará un recargo de entre 30 y 100% a la Indemnización por Años de Servicio. Recargo (La Sanción): La sanción es un recargo del 30% al 100% de la indemnización por año de servicio.

El recargo en la indemnización por despido injustificado es una sanción adicional que debe pagar el empleador cuando se declara que el despido fue injustificado. Este recargo varía dependiendo de la causal de despido aplicada y su improcedencia. Qué porcentaje depende de la causal que fue declarada injustificada.

Por otra parte, el incremento previsto en el citado artículo 168 del Código del Trabajo, reviste la naturaleza jurídica de sanción, lo que aparece claramente de su finalidad, esto es, hacer aún más onerosa la separación de un dependiente en condiciones ilegítimas por parte del empleador y es, por ello, una punición anexa al resarcimiento por los años servidos, que se encuentra establecida en términos perentorios para el juez de la causa.

Reserva de Derechos al Firmar el Finiquito

Es importante que si crees que te despidieron de forma injustificada, seas sumamente cuidadoso a la hora de firmar el finiquito de trabajo. Reserva de derechos: Si crees que el despido es injustificado, debes firmar con reserva de derechos.

Es una declaración que realiza el trabajador al momento de firmar el finiquito, indicando que no está de acuerdo con ciertos aspectos del mismo, como la causal del despido o los montos de las indemnizaciones. Esto significa que puedes aceptar la indemnización y otros pagos sin renunciar a tu derecho de demandar. Lo importante, es que esta reserva debe ser especifica, no genérica, sino muy especifica, indicando que no estás de acuerdo con la causal invocada y cualquier otro ítem con el que no estés de acuerdo.

Evidencia en juicio: Si el notario o la notaría no te permiten firmar con reserva, no firmes el finiquito y lleva el caso a los tribunales.

  • Especificidad: La reserva de derechos debe ser específica, no genérica.
  • Redacción: Escribe a mano la reserva de derechos en todas las copias del finiquito.
  • Firma: Firma el finiquito solo después de haber escrito la reserva de derechos.

Procedimiento para Demandar por Despido Injustificado

Si te acaban de Despedir y crees que tu separación fue despido injustificado? Los despidos injustificados son pan de cada día. Por eso, deberías conocer si en tu caso se puede demandar por despido injustificado, pues no es justo que recibas un daño patrimonial de esa magnitud.

  1. Tienes que estar despedido. Es el presupuesto básico para demandar Despido Injustificado.
  2. No firmes finiquito.
  3. Obtén tus documentos básicos.
  4. Necesitarás un Abogado Laboral.
  5. Esto te lo dirá tu abogado, pero si el total de tu caso (sin contar los recargos) equivale a menos de 15 IMRM (cerca de $6.000.000), se debe presentar un reclamo en la inspección del trabajo antes de demandar.
  6. Hecho lo anterior, tu Abogado debe redactar Demanda de Despido Injustificado y presentarla dentro de plazo.

Para saber si es conveniente o no demandar por despido injustificado, tenemos que ver si el empleador cumplió todas sus obligaciones. Para saber si es conveniente o no demandar por despido injustificado, tenemos que ver si el empleador cumplió todas sus obligaciones.

Plazos para Demandar

El plazo para demandar un despido injustificado es de 60 días hábiles desde la fecha del último día de trabajo. El plazo para demandar: Presentar la demanda dentro de los 60 días hábiles desde el último día de trabajo.

Adicionalmente, el plazo para presentar una impugnación por despido es de 60 días hábiles desde la separación del trabajador. Este plazo puede extenderse hasta 90 días si se interpone un reclamo ante la Inspección del Trabajo, según lo establecido en el Artículo 168 del Código del Trabajo.

Reclamo en la Inspección del Trabajo

Puedes interponer un reclamo inicial en la Inspección del Trabajo. El reclamo ante la Inspección del Trabajo es un paso obligatorio si el reclamo es inferior a 15 IMM. Su objetivo principal es facilitar un acuerdo entre el trabajador y el empleador sin necesidad de llegar a juicio. Sin embargo, ellos no deciden y solo intentarán ver si pueden mediar un acuerdo entre tu y tu empleador, que en la práctica, casi no ocurre.

La Inspección del Trabajo es un organismo público encargado de fiscalizar el cumplimiento de la normativa laboral y previsional. Este organismo actúa como intermediario entre empleadores y trabajadores para resolver conflictos sin necesidad de ir a juicio. La presentación del reclamo ante la Inspección del Trabajo suspende el plazo de 60 días hábiles para demandar por despido injustificado. Si el reclamo es por menos de 15 IMM, la ley dice que sí, es obligatorio concurrir primero a la inspección de trabajo. Es fundamental acudir a la cita con la inspección del trabajo representado por un abogado.

Audiencia de Conciliación: Una vez presentado el reclamo, la Inspección citará a ambas partes a una audiencia de conciliación.

Proceso Judicial

El juicio por despido injustificado se compone de dos audiencias: preparatoria y de juicio. Proceso judicial: El juicio se compone de dos audiencias: preparatoria y de juicio. La audiencia preparatoria es al mes de presentada la demanda y generalmente termina en acuerdo.

Tipos de Despido

El despido indebido es aquel donde se aplicó mal las causales del art. 160 del Código del Trabajo, mientras que que despido improcedente, es aquel donde se aplicaron mal las causales del 161 del Código del Trabajo (necesidades de la empresa y desahucio). El despido injustificado, es aquel donde se aplicaron mal las causales del art.

Consideraciones Adicionales

Los empleadores cuando te despiden por necesidades de la empresa, tienen un beneficio que dice relación con descontar el aporte que hayan hecho a tu fondo de cesantía. ¿Corresponde el descuento de AFC? Nuestra jurisprudencia a través del recurso de unificación de jurisprudencia ha sido vacilante al respecto. Primero dijo que si, luego que no, luego cerca del año 2018 dijo nuevamente que si se podía descontar. Luego el 2021 volvió a decir que si, por lo tanto y el 2023, volvió a decir que no.

La gran mayoría suelen ser juicios fáciles de ganar debido a defectos en la redacción de la carta, principalmente. Estos juicios suelen ganarse sin muchas dificultades, pues la carga de la prueba de la causal es del empleador, no del trabajador. Estadísticamente, los trabajadores ganan 9 de 10 demandas por Despido Injustificado por Necesidades de la Empresa. Así lo constató un estudio de Observatorio Judicial.

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