El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) son iniciativas del gobierno chileno diseñadas para fomentar la contratación de jóvenes y mujeres, premiando la formalidad laboral y sus cotizaciones permanentes.
La Directora Regional del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), Katherine Kingma, realizó un llamado a informarse y cobrar estos beneficios a quienes hayan postulado al Bono Trabajo Mujer y Subsidio Empleo Joven. En este contexto, destacó que "Las mujeres y los jóvenes Chilenos han sido los más afectados en esta pandemia en términos laborales".
Este año, se está entregando este beneficio a un número importante de personas en el país. La invitación es a visitar la página de Sence para verificar el cumplimiento de los requisitos y postular, ya que este es un trámite sencillo y rápido.
¿Quiénes pueden acceder al Subsidio al Empleo Joven?
Pueden acceder al subsidio:
- Jóvenes trabajadores que cumplan con los requisitos establecidos.
- Empleadores cuyos trabajadores cumplan con los requisitos. Es importante destacar que los empleadores no reciben pago anual; sólo mensual.
Para postular al aporte, se debe acceder a la página web del SENCE y contar con Clave Única.
Pagos del Subsidio
Se puede acceder a adelantos mensuales, equivalentes al 75% del total del beneficio. El restante 25% se paga anual.
Los pagos provisionales mensuales corresponden a anticipos del pago anual.
Respecto al monto del beneficio, este dependerá de la renta de cada trabajador joven. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), se debe acreditar una renta bruta mensual inferior a $635.651.
Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado
Si ya eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ) o del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), puedes postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ/BTM quedará suspendido.
Renuncia al Subsidio
Trabajador/a:
Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven o al Bono al Trabajo de la Mujer, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
Empleador:
Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
¿Cómo solicitar montos de un familiar fallecido beneficiario del SEJ o BTM?
Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ o BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido).
Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
Si ya eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven o Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ/BTM quedará suspendido.
Otros aspectos importantes
- Reliquidación: La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
- Pago caducado: Para solicitar un pago caducado hace 5 años o menos, debes realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
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