El Bono Mujer Trabajadora es un beneficio económico que el Estado chileno entrega a las empleadoras que contratan mujeres, buscando promover la contratación femenina en los grupos más vulnerables.
¿Quiénes pueden acceder al Bono Mujer Trabajadora?
Existen dos tipos de beneficiarias para este bono:
- Trabajadoras: Mujeres que cumplen con los siguientes requisitos:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según el Registro Social de Hogares).
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- Empleadoras: Aquellas que contratan trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
¿Cómo funciona el pago?
El pago del Bono Mujer Trabajadora varía de acuerdo con la renta que recibe la beneficiaria y se paga si mantiene al día sus cotizaciones previsionales y de salud. Existen dos modalidades de pago:
- Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior. Para ser beneficiaria del pago anual, se debe percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
- Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Para acceder a esta modalidad, se debe acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
Es importante destacar que:
- En la modalidad de pago mensual, si se ha optado por pagos provisionales mensuales, se debe acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
- Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.
- Se puede postular los 365 días del año.
¿Cómo postular?
- Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
¿Qué hacer si tienes un pago suspendido?
En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
- Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
- Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
- En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
- Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
- Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.
Si ya tienes los documentos, ingresa al buzón ciudadano para hacer la solicitud.
Devolución de montos percibidos en exceso
Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual.
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Renuncia al Bono por parte de los empleadores
Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
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