Gestionar personas en una empresa implica conocer el marco legal en torno al v铆nculo entre el empleador y su personal. Por ello, al trabajar en RRHH es fundamental dominar los principales aspectos de la legislaci贸n laboral de tu pa铆s. En principio, este cuerpo legal establece todas las normas que intervienen en las relaciones laborales, tanto individuales como colectivas. Esto ayuda a que la compa帽铆a cumpla con todo lo que dicta la ley.

驴Qui茅n es el Empleador?

Antes de hablar de los derechos y obligaciones, es importante saber con exactitud qu茅 reconocen nuestras leyes como empleador. Seg煤n el art.3 del C贸digo del Trabajo, el empleador es aquella persona, natural o jur铆dica (pudiendo adoptar la forma de una empresa), que se beneficia de los servicios tanto intelectuales como materiales de una o m谩s personas, seg煤n lo indique un contrato de trabajo.

El Contrato de Trabajo

Como lo mencionamos, el contrato individual de trabajo es un acuerdo entre el empleador y el trabajador. El art. 7 del C贸digo del Trabajo lo define como una convenci贸n entre las partes mencionadas, las cuales tienen derechos y obligaciones que act煤an de manera rec铆proca: el trabajador est谩 obligado a prestar servicios bajo la subordinaci贸n del empleador, a cambio de que este pague una remuneraci贸n determinada por los servicios.

Ahora bien, las obligaciones y los derechos que se establezcan en el contrato de trabajo deben ir a la par con los establecidos en el art. 184 y siguientes del C贸digo del Trabajo, donde el empleador se ve obligado a optar las medidas justas para proteger de manera eficaz la vida la salud de los empleados. Asimismo, es necesario que se mantengan las condiciones m谩s 贸ptimas de higiene y seguridad en las ocupaciones.

En cuanto a las caracter铆sticas del contrato laboral en Chile, el C贸digo establece que debe constar por escrito y ambas partes deben firmar dos ejemplares. Adem谩s, los jefes tienen 15 d铆as para hacer constar por escrito el contrato que prueba la contrataci贸n del trabajador. En los contratos por obra, servicio o de una duraci贸n inferior a un mes, hay un plazo de 5 d铆as.

De acuerdo con el art.4 del C贸digo del Trabajo, los cambios (totales o permanentes) que se refieran al dominio o posesi贸n de la empresa no supondr谩n ninguna alteraci贸n de los derechos y obligaciones de los trabajadores, pudiendo ser estos los gen茅ricos o los supuestos en los contratos individuales.

Obligaciones y Derechos Gen茅ricos del Empleador

Si bien la relaci贸n laboral, los derechos y las obligaciones tanto del empleador como del trabajador se van a determinar mediante el contrato de trabajo, existen ciertas obligaciones indiscutibles y gen茅ricas que debe cumplir el empleador, como:

  • Pagar salarios, honorarios o remuneraciones.
  • Pagar por horas extras y de suplencia.
  • Mantener una buena relaci贸n empleado-empleador, sin discriminaci贸n entre trabajadores.
  • Reducir al m谩ximo del riesgo en el trabajo.
  • Dotar de elementos necesarios tanto para la protecci贸n del empleado como para su ocupaci贸n efectiva.

Asimismo, entre los derechos indiscutibles que posee el empleador podr铆amos incluir:

  • Ejercer la potestad y facultad en la organizaci贸n, direcci贸n y control.
  • Poder establecer un orden reglamentario y disciplinario.
  • Obtener prestaciones del trabajo.
  • Sacar beneficio de la productividad del trabajo.

Remuneraciones seg煤n el C贸digo del Trabajo

En el art铆culo 41 del C贸digo de Trabajo se establece la definici贸n de remuneraci贸n. As铆, en los t茅rminos del C贸digo chileno, entre las remuneraciones que debe recibir el talento encontramos el sueldo base. Este es el monto fijo y obligatorio en dinero que recibe el colaborador en una jornada ordinaria de trabajo. El C贸digo establece que el sueldo no puede ser inferior a un ingreso m铆nimo mensual. Actualmente, este se ubica en los $350.000 pesos.

Otra de las remuneraciones a contemplar es el sobresueldo. Se trata del pago de horas extraordinarias. La comisi贸n es otra clase de remuneraci贸n a considerar como forma de pago en las empresas chilenas. Luego tambi茅n podemos encontrar la participaci贸n en las utilidades de la empresa. Y, por 煤ltimo, la gratificaci贸n.

Seguridad y Salud en el Trabajo

As铆, en el art铆culo 184 se establece: 鈥淓l empleador estar谩 obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas". Dentro de este apartado tambi茅n se hace referencia a la protecci贸n a la maternidad, la paternidad y la vida familiar. Aqu铆 se establecen los derechos de las trabajadoras madres y los trabajadores que sean padres. Las primeras tienen derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas despu茅s de este.

Por otro lado, tambi茅n en este apartado del C贸digo se habla de las obligaciones patronales en torno al Seguro Social. En este sentido, dicho seguro se financia, en principio, con una cotizaci贸n b谩sica general. En segundo lugar, con una cotizaci贸n adicional diferenciada en funci贸n de la actividad y riesgo de la empresa.

Ley Karin: Prevenci贸n del Acoso Laboral y Sexual

La ley Karin modifica el art铆culo 2掳 del C贸digo del Trabajo, estableciendo que las relaciones laborales deber谩n siempre fundarse en (i) un trato libre de violencia, incorporando adem谩s la (ii) perspectiva de g茅nero, entendiendo por tal la adopci贸n de medidas destinadas a promover la igualdad y erradicar la discriminaci贸n basada en este motivo. As铆, de acuerdo con la norma, se entiende que para que exista acoso laboral debe existir: (i) una agresi贸n f铆sica o que afecte la moral de la persona trabajadora; (ii) que puede ser realizada por cualquier medio; y que (iii) ocasione menoscabo, maltrato o humillaci贸n.

Para cumplir con el deber de prevenci贸n, el nuevo art铆culo 211-A del C贸digo del Trabajo establece que los empleadores deber谩n elaborar y poner a disposici贸n de los trabajadores un protocolo de prevenci贸n del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo. Adicional a este protocolo, el empleador deber谩 informar semestralmente de los canales internos para la recepci贸n de denuncias sobre incumplimientos relativos a la obligaci贸n de prevenci贸n, investigaci贸n o sanci贸n, as铆 como tambi茅n de todas las instancias estatales para efectuar estas denuncias.

La ley otorga una mayor flexibilidad en su interposici贸n, pues se permite que se haga por escrito o verbalmente. En este 煤ltimo caso, se deber谩 levantar un acta, para dejar registro del antecedente que da inicio al procedimiento. El empleador, recibida una denuncia, estar谩 obligado a adoptar medidas de resguardo, las que deber谩n ser determinadas en atenci贸n a la gravedad de los hechos imputados, la seguridad de la persona denunciante y las posibilidades derivadas de las condiciones de trabajo.

Cuando se constate la existencia de violencia en el trabajo, esto es, violencia ejercida por un tercero, lo que se exige es que se adopten medidas para evitar la reiteraci贸n. Conforme lo dispone el legislador, el empleador deber谩 aplicar las medidas que correspondan, dentro del plazo de 15 d铆as h谩biles contados desde que recibe el informe proveniente de la DT.

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