Esta guía proporciona información esencial sobre cómo contactar a AFC, los horarios de atención y detalles importantes sobre la afiliación al Seguro de Cesantía.

Horarios de Atención de AFC

El horario de atención al público es de lunes a jueves de 09:00 a 14:00 horas.

  • Lunes a jueves: 09:00 a 14:00 horas
  • Miércoles: Todos los miércoles del mes, de 09:00 a 14:00 horas.

Afiliación al Seguro de Cesantía

¿Quiénes se afilian automáticamente?

La afiliación al Seguro de Cesantía es automática si usted:

  • Fue contratado con posterioridad al 2 de octubre de 2002.
  • Es mayor de 18 años.
  • Tiene un contrato regido por el Código del Trabajo, por el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o es trabajador(a) de casa particular.

En estos casos, usted no debe hacer ningún trámite.

Trámite para el empleador

El empleador debe:

  • Completar el formulario de “Aviso de Iniciación de Servicios” de manera electrónica en la Sucursal virtual de empleadores.
  • También podrá hacerlo a través de PreviRed.com.

Afiliación mediante Clave Única

El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.

Pago de Cotizaciones

Su empleador(a) debe pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente al inicio del contrato o el día 13 si el pago es vía electrónica.

En el caso de tener más de un empleador, puede recibir el pago de cotizaciones de varios empleadores. Indica la fecha de incorporación al sistema y las cotizaciones obligatorias a las que se está afecto.

En caso de no contar con cédula de identidad, el(la) empleador(a) utilizará el NIC (número de identificación para cotizar) del trabajador o trabajadora.

¿Cuánto dinero tengo ahorrado en mi Seguro de Cesantía?

Una de las preguntas más frecuentes de nuestros afiliados es cuánto dinero tienen ahorrado en su Seguro de Cesantía. La cotización que el empleador paga mes a mes, corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador.

Si usted tiene contrato indefinido o de trabajador/a de casa particular, en su Cuenta Individual de Cesantía se acumularán los recursos correspondientes al 2,2% de su renta imponible. De esto, 0,6% se descuenta mensualmente de su sueldo y el 1,6% lo paga su empleador.

Infórmese de cómo es la incorporación al Seguro de Cesantía, qué trámite debe hacer su empleador y cómo AFC crea su Cuenta Individual, entre otra información.

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