En Chile, existen leyes que protegen los derechos de las mujeres durante el embarazo, el parto y la lactancia, asegurando acceso a atención médica gratuita, permisos especiales de trabajo y protección contra prácticas injustas. Estos derechos están regulados por la Ley N° 20.120 sobre Protección a la Mujer Embarazada (LPME), aprobada en 2011 y actualizada en 2016.
Los derechos de las mujeres embarazadas surgen desde la misma lógica que el resto de los derechos laborales, que se crearon como un “derecho protector”. En el ámbito laboral, todas las empresas e instituciones, ya sean públicas o privadas, están obligadas a respetar y garantizar la protección de la maternidad, incluyendo centros comerciales y malls.
Fuero Maternal
El fuero maternal es un importante derecho que protege a las mujeres embarazadas y a sus futuros hijos. El abogado Valdivia, explica que “según el espíritu de la ley, el fuero es un derecho de los hijos, no de las madres, es, en el fondo, para que la madre pueda tener los recursos para mantener al hijo”.
Es importante destacar que este derecho se aplica a todos los tipos de contratos laborales. El fuero, además, corre para todo tipo de contratos, por lo que si una empresa quiere terminar el vínculo laboral con una persona que estaba con contrato a plazo fijo, no lo puede hacer sin antes pedir la autorización al tribunal.
Si la colaboradora no es reincorporada después de solicitarlo, tiene la opción de presentar una demanda legal. “Una trabajadora embarazada que es despedida, primero debe pedir su reincorporación, y si es que eso no ocurre, debe demandar. La única alternativa que tiene el empleador para despedir efectivamente a una embaraza -independiente el motivo- es pidiendo su desafuero en los tribunales.
Permiso Postnatal
Se trata del derecho a subsidio y descanso a propósito del embarazo. En cuanto al posnatal, existen dos tipos. El primero cubre un periodo de doce semanas después del parto, garantizando que la madre tenga tiempo suficiente para cuidar de su bebé en sus primeros meses de vida.
Luego viene un segundo período que se llama posnatal parental, que es optativo de la mujer, quien puede tomarlo o no. El abogado de grupodefensa.cl explica que esa decisión, “en general, pasa por un tema económico, aunque la mayoría de las mujeres hacen uso de los dos.
Además, la madre tiene la opción de traspasar parte de su periodo postnatal al padre a partir de la séptima semana. Sobre lo que corresponde a los padres, el periodo de postnatal se puede pasar al hombre a partir de la séptima semana.
Durante estos periodos, la colaboradora sigue recibiendo sus remuneraciones o rentas, y solo se descontarán las imposiciones de previsión y descuentos legales que correspondan.
Derecho a Sala Cuna
El derecho a sala cuna es esencial para las madres trabajadoras en Chile y garantiza que puedan cuidar de sus hijos menores de dos años mientras cumplen con sus responsabilidades laborales. El derecho al pago de la sala cuna existe cuando se trabaja en una empresa que tiene veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil.
O en centros o complejos comerciales e industriales y de servicios, administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, cuyos establecimientos ocupen, entre todos, veinte o más trabajadoras.
Es importante destacar que este derecho no está limitado únicamente a las madres biológicas. Si un padre tiene la custodia de su hijo y demuestra que él tiene el cuidado personal del niño, también tiene derecho a acceder a la sala cuna para garantizar el cuidado de su hijo menor de dos años. En el caso de que un papá tenga la custodia de su hijo, tendrá derecho a la sala cuna acreditando que él tiene el cuidado personal.
Párvulo Pass es un servicio que proporciona a las empresas una solución eficiente para cumplir con la obligación de proveer sala cuna a sus colaboradoras.
Permiso de Amamantamiento
Es el derecho que tienen las madres trabajadoras para alimentar a sus hijos, tengan o no sala cuna en su lugar de trabajo. El abogado explica que es “una hora al día para hijos menores de dos años. Se organiza con el empleador.
Carácter Irrenunciable de los Derechos
Es importante destacar que los derechos relacionados con la maternidad son irrenunciables, lo que significa que no se pueden renunciar a ellos. Los derechos sobre la maternidad son irrenunciables.
El abogado Valdivia indica que “aunque la trabajadora no quisiera tomarse el prenatal, por ejemplo, no podría decidirlo por ella misma, sino que está obligada a ese descanso. Lo mismo pasa con los otros derechos relacionados.
Leyes Transitorias Durante la Pandemia de COVID-19
Durante la pandemia de COVID-19, se promulgaron varias leyes transitorias en Chile para abordar cuestiones relacionadas con el trabajo y la maternidad.
- Ley 21.498 - Ley de teletrabajo para embarazadas: Esta ley establece que los empleadores tienen la obligación de ofrecer a las colaboradoras embarazadas la opción de trabajar de forma remota o en modalidad de teletrabajo, o proporcionar alternativas de trabajo presencial en funciones que no requieran contacto con el público o terceros que no trabajen en el lugar de trabajo.
Beneficios Estatales
Existen diferentes beneficios estatales destinados a las mujeres trabajadoras y también a las dueñas de casa. Dependiendo de tu caso, podrás acceder y solicitar apoyo financiero durante tu embarazo. La Dirección del Trabajo.
Subsidio Familiar Maternal (SUF)
Si estás embarazada y no cotizas en una AFP, y tampoco en una institución de salud (Fonasa o Isapre), puedes acceder al Subsidio Familiar, también conocido como Familiar o SUF. Para recibir el SUF Maternal no puedes contar con otros ingresos o derechos similares (Asignación Familiar, ingreso por concepto de trabajo y/o derecho al prenatal y postnatal, Subsidio Familiar, entre otros).
Una vez que el bebé nazca y en un plazo no superior a tres meses, se realizará la transferencia del beneficio bajo el concepto “recién nacido”, con el propósito que puedas mantener el Subsidio Familiar. Este beneficio dura tres años, contados desde el mes en que comenzó a recibirse.
Subsidio Maternal
- Gestación prematura (antes de iniciada la semana 33) o si el bebé pesa menos de 1.500 gramos. Doce semanas con jornada diaria completa y recibes el 100% de Subsidio Maternal con tope de 66 UF brutas.
- No es necesario realizar ningún trámite, porque el empleador ya sabe que la trabajadora se ausentó producto de su postnatal, y se ausentará 12 semanas más, a tiempo completo, para ejercer su derecho al postnatal parental.
- Dieciocho semanas por la mitad de la jornada diaria y recibes el 50% de Subsidio Maternal.
- Tener tres meses de cotización dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica.
- El pago de sus cotizaciones al día.
Permiso por Enfermedad Grave de Hijo Menor de Un Año
El permiso por enfermedad grave de un niño o una niña menor de un año es un derecho de las mujeres trabajadoras cuando la salud del hijo o de la hija requiera atención en el hogar con motivo de una enfermedad grave, circunstancia que debe ser acreditada mediante certificación médica.
Si ambos padres trabajan, cualquiera de ellos (a elección de la madre) puede gozar del permiso y subsidio que reemplaza su remuneración, con excepción del período de permiso postnatal parental utilizado en jornada parcial.
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