De acuerdo con la Ley Nº19.992, publicada en diciembre de 2004, las personas reconocidas como víctimas por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (Valech) podían acceder a una pensión de reparación y otros beneficios. Esta norma, denominada Ley de Prisión Política y Tortura, fue modificada en 2009 por la Ley Nº 20.405, a través de la cual se incorporó como beneficiarias a las cónyuges sobrevivientes.

¿Quiénes son beneficiarios?

Es importante tener en cuenta que esta pensión es incompatible con las pensiones por exoneración política, otorgadas por las leyes 19.234, 19.582 y 19.881.

Proceso de Pago y Trámites

Una vez que el documento llega a Chile, se despacha al Instituto de Previsión Social (IPS), entidad que se contacta con el beneficiado para acordar la modalidad de pago. El IPS puede depositar en cualquier banco del mundo, en la cuenta del titular del beneficio. Es importante que en el caso de personas que opten por el depósito en una cuenta en el exterior, se envíe copia digital del documento bancario o certificado del Banco donde es titular de la cuenta.

Allí encontrará las nóminas de las personas calificadas en los distintos informes emitidos por la Comisión Valech.

Otros Beneficios Adicionales

Además de la pensión, existen otros beneficios importantes para los exonerados políticos:

  • Bono a menores de edad: Bono de $4 millones y fue otorgado a los menores de edad nacidos en prisión o detenidos con sus padres, incluidos en la nómina de personas reconocidas como víctimas y torturados del informe de la Comisión Valech.
  • Derecho a gratuidad en las prestaciones médicas: Otorgadas por el Programa de Reparación y Atención Integral de Salud (PRAIS) en servicios de salud del país.
  • Continuidad de estudios: Este beneficio consiste en la continuidad gratuita de estudios básicos, medios o superiores. El organismo encargado de orientar a las personas para el ejercicio de este derecho es la División de Educación Superior de dicho ministerio.
  • Acceso a subsidios de vivienda: El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dispuso medidas de reparación a través de subsidios de vivienda. Para obtener más información se puede consultar en la página web la sección vivienda y subsidios.
  • Exención del Servicio Militar: Para los hijos, nietos, hermanos y primos (parientes hasta cuarto grado en línea colateral) de las personas reconocidas como víctimas.
  • Eliminación de anotaciones prontuariales: En casos de condenas dictadas por tribunales militares por delitos establecidos en ciertas leyes.

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