La Seguridad Social es un derecho fundamental. Por eso, el Estado chileno procura garantizar el acceso a asistencia médica y proteger a las personas en casos de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, maternidad, accidentes del trabajo o pérdida del jefe de hogar, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por ley.
El Sistema de Pensiones en Chile está integrado por 3 pilares, que funcionan en forma coordinada e interrelacionada: el Contributivo u Obligatorio, el Voluntario y el Solidario. A través del Pilar Solidario, introducido con la Reforma del año 2008, el Estado entrega una serie de beneficios dirigidos, actualmente, al 90% más vulnerable de la población con el fin de brindar protección y evitar la pobreza en la vejez.
¿Qué debes saber al empezar tu vida laboral?
Si recién te empleaste y estás contratado, eres un trabajador dependiente. Busca fomentar la contratación de trabajadores jóvenes y también incentivar la cotización desde temprana edad.
¿Cómo afiliarse a una AFP?
Si recién comenzaste a cotizar o si estas pensionado y quieres seguir cotizando, acá te contamos cómo debes hacerlo.
Si es la primera vez que cotizas, lo puedes hacer online, completando el formulario de solicitud de incorporación en la AFP que se adjudicó la licitación o en la más barata del momento si nadie se adjudicó la licitación. También está la opción de que lo hagas en la sucursal correspondiente a dicha AFP.
Las personas que se afilien por primera vez al sistema deben incorporarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema. Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.
Afiliación si cotizaste en el sistema antiguo (dependientes antiguos):
Si cotizaste en el sistema antiguo y deseas cotizar en el sistema AFP deberás suscribir ante el representante de la AFP licitada (la que tenga menor comisión en ese momento) el formulario "Solicitud de Incorporación", junto con la solicitud de Bono de Reconocimiento.
Los trabajadores pueden cambiarse del sistema administrado por el IPS al de AFP cuando quieran, ya que no existe plazo máximo. Quedarás afiliado al sistema e incorporado a la AFP licitada a contar del primer día del mes siguiente a la fecha en que se suscribe la Solicitud de Incorporación. La primera cotización debe ser pagada dentro de los primeros 10 días (o hábil siguiente) del mes subsiguiente a la solicitud de incorporación.
Afiliación si estás jubilado y quieres seguir cotizando:
Si estás jubilado en el IPS (Instituto de Previsión Social) y continúas trabajando como trabajador dependiente, también puedes optar por el sistema de AFP suscribiendo una solicitud de incorporación en la AFP licitada. La primera cotización debe ser pagada dentro de los primeros 10 días (o hábil siguiente), del mes siguiente a la fecha en que suscribió la solicitud de incorporación.
Afiliación si eres trabajador independiente:
Todos los trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios con ingresos brutos anuales de 5 ingresos mínimos mensuales o más, equivalentes hoy a una renta anual de $1.505.000 aproximadamente deben cotizar según la nueva ley de cotizaciones para independientes. Quedan excluidos a cotizar los hombres de 55 años o más y mujeres de 50 años o más al 1 de enero de 2018.
¿Qué pasa si no estoy afiliado a una AFP?
Los trabajadores a honorarios que no estén afiliados a una AFP, y que coticen por primera vez en el sistema, pasarán en forma automática a la cartera de afiliados de la AFP de menor costo. Quienes ya estén afiliados a una AFP, verán reflejados sus aportes en su cuenta individual en la AFP a la que pertenecen.
Afiliados Voluntarios:
La Reforma Previsional del 2008 introdujo la figura del afiliado voluntario, dando la posibilidad a toda persona natural que no ejerza una actividad remunerada de enterar cotizaciones previsionales en una Cuenta de Capitalización Individual Voluntaria.
Los recursos que se mantengan en dicha cuenta serán inembargables y los derechos y obligaciones respecto a ella serán los mismos que se apliquen para la Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria. Para quedar incorporados por primera vez al sistema de AFP, deben suscribir la Solicitud de Incorporación en la AFP licitada.
¿Existe algún tipo especial de afiliación a una AFP?
Sí. La afiliación es la relación entre un trabajador y el Sistema de Pensiones. De acuerdo con la ley, la afiliación se define como la relación jurídica que se produce entre un trabajador y el Sistema de Pensiones.
Los dependientes que inician labores por primera vez deberán realizar esta incorporación dentro de los 30 días siguientes al inicio de labores. Por su parte. Deben suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP licitada. Tienen plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización. Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP que se haya adjudicado la licitación, en el momento que desee, con anterioridad o simultáneamente al primer pago de cotizaciones.
Si eres trabajador o trabajadora independiente, o prestas servicios a honorarios sin retención en la operación de impuesto a la renta, incorporarte voluntariamente al Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web del ISL.
Importante: tu registro estará vigente hasta que presentes un documento que acredite tu afiliación a alguna de las mutualidades privadas.
Haber pagado, a lo menos, seis cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 12 meses anteriores al accidente o al diagnóstico de la enfermedad profesional.
Multifondos
Los Multifondos son las cinco alternativas que ofrece el Sistema de Pensiones a sus afiliados, para que decidan cómo es invertido su ahorro previsional, tanto de su cuenta obligatoria como voluntaria.
Lo primero que tienes que saber es que el aporte que realizas mensualmente al Fondo de Pensiones es invertido por las AFP en distintos tipos de instrumentos financieros, tanto en Chile como en el extranjero, con el fin de incrementar tu ahorro para la vejez. Como es tu plata, el Sistema de Pensiones te da la posibilidad de decidir de qué forma la AFP invierte tu ahorro. Para ello existen cinco tipos de Multifondos: A, B, C, D y E, cuya diferencia radica en el mayor o menor riesgo que implican sus inversiones, siendo el A el más riesgoso, pero que podría ser más rentable en el tiempo y el E el más conservador, pero con una rentabilidad más acotada.
Una persona joven, que tiene por delante un largo período de ahorro antes de jubilarse, puede invertir su ahorro previsional en un fondo con una mayor proporción en renta variable (A o B), ya que en el largo plazo es muy probable que se recuperen pérdidas puntuales, obteniendo al final una rentabilidad y pensión mayores. En cambio, si está próximo a pensionarse, es importante que el ahorro no experimente marcadas variaciones y lo más razonable es que elija un Fondo de Pensiones con más proporción de renta fija (D o E).
Sí, puedes elegir hasta dos fondos distintos para cada una de tus cuentas. Por ejemplo, cotizaciones obligatorias, Cuenta de Ahorro de Indemnización, Depósitos Convenidos y Ahorro Voluntario. Puedes cambiarte de fondo a través de la página web de tu AFP. Es un trámite sencillo, sólo necesitas tener las claves de acceso y seguridad, que puedes solicitar en el mismo sitio.
Beneficios del Pilar Solidario
A través del Pilar Solidario, introducido con la Reforma del año 2008, el Estado entrega una serie de beneficios dirigidos, actualmente, al 90% más vulnerable de la población con el fin de brindar protección y evitar la pobreza en la vejez.
- Pensión Garantizada Universal (PGU): Es un beneficio estatal que beneficia a todas las personas a partir de los 65 años que no se encuentren en el 10% más rico de la población y que acrediten residencia en Chile por al menos veinte años, contando desde los 20 años de edad. Considera el pago mensual de $206.173 a los pensionados que reciben actualmente una pensión base menor o igual a $702.101.
- Bono por Hijo: A las madres de niños nacidos vivos o adoptados, con el fin de mejorar las pensiones de las mujeres.
Asesoría Previsional
La asesoría previsional consiste en informar y orientar a un afiliado o a sus beneficiarios para que tomen decisiones informadas durante el período de acumulación de sus fondos de pensiones y en el momento de pensionarse. Esta asesoría la puede hacer la propia AFP gratuitamente o puede contratar los servicios de un asesor previsional que debe estar en el Registro de Asesores Previsionales.
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