Recibir el sueldo a tiempo no es un favor, es un derecho. Sin embargo, hay empleadores que incumplen con esta obligación, dejando a los trabajadores en una situación de incertidumbre y vulnerabilidad.

¿No me entregan mis liquidaciones de sueldo? Esta es una situación más común de lo que parece, y la ley chilena protege al trabajador frente a este incumplimiento.

Según el artículo 55 del Código del Trabajo, el sueldo debe pagarse en la fecha estipulada en el contrato de trabajo.

El abogado Matías Espinoza, socio del área Laboral de GrupoDefensa.cl, explica que “si bien el contrato de trabajo fija la fecha de pago, es fundamental recordar que la legislación impone un límite máximo de 30 días entre un pago y otro.

Si el empleador no paga el sueldo en la fecha establecida o lo hace de manera parcial, se podría considerar un incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales. Esto permitiría optar por el autodespido.

“Como trabajador tienes derecho a exigir el pago íntegro y oportuno de tu sueldo. Si bien es posible pactar pagos en parcialidades (por ejemplo, pagos quincenales), siempre se debe respetar la norma de que no puede pasar más de un mes entre un pago y otro.

Sin embargo, aunque estuvieras de acuerdo en recibir tu sueldo fuera de plazo, no sería válido, ya que los derechos laborales son irrenunciables.

Los problemas financieros de la empresa no son una justificación válida para retrasar o no pagar el sueldo a los trabajadores. Según Espinoza: “La estabilidad financiera de la empresa es responsabilidad del empleador.

Si tu empleador no cumple con el pago de sueldos o cotizaciones, tienes derecho a presentar un autodespido. Esta “es una herramienta efectiva cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones.

Asimismo, el abogado Rodrigo Valdivia, socio del área Laboral de GrupoDefensa.cl, mencionó en el programa ADN Te Escucha que “el autodespido no es automático.

No importa si el contrato es plazo fijo, indefinido, o por obra o faena, todos los trabajadores tienen derecho a recibir su sueldo en la fecha pactada.

Ante un incumplimiento, la mejor recomendación es no dejar pasar la situación y reclamar sus derechos.

“Es fundamental que los trabajadores conozcan y defiendan sus derechos. Si no te han pagado tu sueldo en la fecha que corresponde, o tu empleador se atrasó en el pago de tus cotizaciones previsionales, en GrupoDefensa.cl podemos ayudarte.

Contáctanos al 600 5719 300, rellena nuestro formulario o visítanos en nuestras sucursales a lo largo de Chile.

Al no recibir su sueldo el colaborador sufre efectos negativos en su calidad de vida, se daña su relación con tu empresa y por ende, se genera un mal ambiente laboral.

La fecha de pago es la presente en el contrato firmado con el trabajador.

Para evitarlo, se recomienda pagar las remuneraciones en los días hábiles previos al vencimiento de la fecha acordada.

El retraso en el pago de remuneraciones puede generar el descontento de tus colaboradores, perjudicando la productividad de tu empresa.

Acorde con el artículo 63, la remuneración deberá reajustarse en el mismo porcentaje de variación IPC con respeto al mes anterior.

En caso de recibir una o dos denuncias por no pago de remuneraciones en un mismo año se realiza una fiscalización, luego de la cual tienes 3 días hábiles para regularizar la situación.

Asegúrate de cumplir con tus obligaciones y fortalece la cultura de tu organización.

En ocasiones, el flujo de caja no es el mejor y hacer el pago de remuneraciones a tiempo comienza a ser una dificultad que pone en aprietos la situación financiera de la compañía, pues -de acuerdo con el Código del Trabajo- las remuneraciones son la principal obligación del empleador para con el trabajador y tienen que pagarse dentro del plazo legal definido por la norma.

Su retraso, o no pago del salario, conlleva peligros para la empresa y su representante legal.

La remuneración es el medio de sustento del trabajador y su familia.

En caso de que el pago de las remuneraciones recaiga en sábado, domingo o festivo, tienes que anticipar la cancelación al viernes inmediatamente anterior.

Para efectos de definir el plazo legal para pagar las remuneraciones, se suele hablar de un pago al mes.

De este modo, las partes pueden convenir un día de pago dentro de esta unidad de tiempo, entendiendo el valor legal de este acuerdo.

Por ejemplo, si en el contrato queda estipulado que el pago de salario será cancelado el día 5 de cada mes y pretendes cancelarlo el 10, estarías metiéndote en problemas.

Más allá de los posibles enfrentamientos personales con el trabajador, el retraso en el pago de las remuneraciones puede afectar seriamente a la empresa, pues los funcionarios tienen varios recursos a los que pueden acogerse para hacer valer sus derechos.

La Corte Suprema ha señalado que el no pago de sueldos en las fechas estipuladas constituye un comportamiento grave por parte del empleador.

Existen importantes consideraciones a tener en cuenta al realizar el pago de sueldos, ya sea desde el punto de vista legal o monetario.

Pese a ser una tarea repetitiva que puede parecer simple, cualquier error puede llegar a significar más que un dolor de cabeza.

Recuerda que tus funcionarios son el motor de tu negocio y merecen que retribuyas su esfuerzo de la manera en que ambas partes acordaron.

¿Qué información debe incluir una liquidación válida?

Para que el documento cumpla con su función legal, debe incluir:

  • Tu nombre y RUT
  • Nombre del empleador
  • Período trabajado
  • Sueldo base
  • Horas extra, bonos, comisiones u otros pagos
  • Deducciones legales y contractuales
  • Monto líquido a pagar

Este desglose es fundamental para que puedas revisar si te están pagando correctamente y si tus cotizaciones están siendo enteradas.

Si parte de tu remuneración es variable -por ejemplo, comisiones o bonos-, el empleador debe incluir un anexo junto a la liquidación. Esto lo regula el artículo 54 bis del Código del Trabajo.

Dicho anexo debe detallar:

  • El monto exacto de cada comisión o incentivo
  • Qué operación le dio origen (ej. venta realizada)
  • La fórmula o porcentaje utilizado para calcularlo

📌 Ejemplo práctico:

Comisión por venta N°145 - Cliente XYZ - Venta $3.000.000 - Comisión 3% → $90.000

¿Qué pasa si no te entregan la liquidación?

No entregar la liquidación de sueldo es una infracción laboral. Así lo señala expresamente la Dirección del Trabajo, y lo ha confirmado en el dictamen 4794/325.

Esta falta puede afectar al trabajador en distintos aspectos:

  • No puede comprobar ingresos ante bancos o instituciones
  • No puede reclamar legalmente errores de cálculo
  • No tiene evidencia de pagos en caso de despido o juicio laboral

¿Puedes presentar una denuncia en la Dirección del Trabajo?

Sí. Cualquier trabajador que no reciba su liquidación de forma regular puede realizar una denuncia formal ante la DT.

La denuncia puede hacerse:

  • Presencialmente en cualquier oficina de la DT
  • Vía online en el sitio oficial: www.dt.gob.cl

El empleador puede ser fiscalizado y sancionado con una multa por infracción al artículo 54, según el artículo 506 del Código del Trabajo.

¿Esto da para autodespido? Depende del contexto

Muchas personas se preguntan si la falta de entrega de liquidaciones puede justificar un autodespido.

Legalmente, el autodespido procede solo ante un incumplimiento grave del contrato por parte del empleador, según el artículo 160 N°7.

En la mayoría de los casos, la no entrega de liquidaciones por sí sola no es suficiente, pero si se suma a otros hechos (por ejemplo: no pago de cotizaciones, no entrega de contrato, pagos incompletos), entonces sí puede configurarse como causal válida.

Guía paso a paso para exigir tus liquidaciones de sueldo

  1. Haz una solicitud formal por escrito (correo o carta)
  2. Guarda todos los comprobantes bancarios y mensajes
  3. Verifica si la empresa ha reportado cotizaciones en Previred
  4. Realiza una denuncia en la Dirección del Trabajo
  5. Consulta con un abogado laboral si hay más incumplimientos

Preguntas frecuentes sobre este tema

¿El empleador está obligado a entregar la liquidación todos los meses?

Sí. No importa si no la pides: debe entregarse activamente cada mes junto con el pago.

¿Puede ser digital?

Sí, pero debe estar disponible y ser accesible. No basta con decir “está en el sistema”.

¿Puedo exigirlas si ya fui despedido?

Sí. El empleador debe conservar registros. Puedes solicitar las liquidaciones de meses anteriores incluso después del término del contrato.

¿Qué pasa si tampoco entregan el anexo de comisiones?

Es otra infracción legal, y puedes incluirla en la misma denuncia o usarla como parte de una acción mayor.

TAG: #Sueldo

Lea también: