El incumplimiento del pago de la pensión alimenticia por parte de un exmarido es una problemática que afecta a muchas familias. Afortunadamente, existen diversas acciones legales y alternativas disponibles para hacer frente a esta situación y asegurar el bienestar económico de los hijos.

Medidas Legales y Alternativas ante el Incumplimiento

Ante el incumplimiento del pago de la pensión alimenticia, es fundamental conocer las opciones legales disponibles:

  1. Demanda de Cumplimiento: Se puede interponer una demanda ante el Tribunal de Familia para exigir el pago de la deuda.
  2. Medidas de Apremio: El juez puede ordenar diversas medidas para forzar el pago, tales como:
    • Ordenar arresto nocturno (22:00 a 6:00 horas) hasta por 15 días.
    • Ordenar arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno.
    • Ordenar su arraigo o prohibición para salir del país hasta que se pague lo adeudado.

La Nueva Ley de Responsabilidad Parental

La nueva Ley de Responsabilidad Parental dispone de variados mecanismos para conseguir el pago efectivo y oportuno de las pensiones alimenticias.

El Rol de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ)

La Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) proporciona apoyo gratuito a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costear la asesoría y tramitación de un juicio de pensión alimenticia.

El trámite está disponible durante todo el año en el sitio web y oficinas de la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ).

Como resultado del trámite, solicitaste orientación o información.CAJ Metropolitana (con competencia sobre las regiones de Metropolitana, O'Higgins, Maule y Magallanes).

Como resultado del trámite, habrás solicitado la asesoría.

Para el patrocinio o firma de un abogado o abogada y la tramitación de un juicio, la CAJ proporciona el apoyo de forma gratuita a personas de escasos recursos que no cuenten con los medios suficientes para costearlos.

Medidas Cautelares en Casos de Violencia Intrafamiliar (VIF)

En casos de violencia intrafamiliar, los artículos 22 y 92 de la ley N° 19.968, y 7 y 9 de la ley N° 20.066, confieren al juez la potestad para decretar todo tipo de medidas, sean estas patrimoniales, personales, típicas o atípicas, conservativas o innovativas. Sin embargo, algunos factores relativos al funcionamiento de la justicia de familia dificultan que los jueces ejerzan con precisión la mencionada facultad.

La idea matriz de este proyecto es incorporar al abanico de medidas cautelares posibles que puede adoptar el juez de familia, el uso de un sistema telemático de monitoreo del presunto agresor, solicitada por la víctima, pero revisable durante la secuela del procedimiento respectivo, para verificar si aún persisten los fundamentos que la hagan procedentes.

Por lo anterior se busca incorporar en la norma referida a la potestad cautelar-artículo 22 de la ley 19.968-, la protección expresa de la víctima de violencia intrafamiliar, asimismo se introduce un artículo 9 bis de la ley 20.066, con la finalidad de permitir al juez que dentro de las medidas adoptables, esté considerado el uso del monitoreo telemático similar al que hace mención el título III artículo 23 bis de la ley 20.603.

Examen de Filiación

En este punto, una de las cuestiones más relevantes jurídicamente de una persona es la filiación. Independientemente de la razón de fondo por la cual se solicita, al menos en materia civil, el examen de filiación se rige por las reglas establecidas por los artículos 195 y siguientes del Código Civil, que fijan las reglas que rigen las acciones de filiación, que posibilitan la investigación de la paternidad o maternidad, en la forma y con los medios allí establecidos.

En el caso de las pruebas periciales de carácter biológico, estas se practicarán por el Servicio Médico Legal o por laboratorios idóneos para ello, designados por el juez.

La negativa injustificada de una de las partes a practicarse el examen hará presumir legalmente la paternidad o la maternidad, o la ausencia de ella, según corresponda.

Requisitos para un Laboratorio Idóneo

Un laboratorio es idóneo cuando concurren una serie de requisitos copulativos. Se ha estimado que son laboratorios idóneos aquellos que han sido autorizados por el Servicio Médico Legal para realizar este examen. Esta autorización se circunscribe solo a que el laboratorio ha cumplido con los requisitos generales exigidos a los laboratorios clínicos por el ministerio de Salud, y cumplir con la normativa técnica que fija el SML en estos casos.

Si bien parecería a primera vista que con el cumplimiento de estos aspectos, el laboratorio en cuestión seria idóneo, aquello no es así. El cumplimiento de los requisitos reglamentarios es un mínimo, valido, pero insuficiente.

Estimamos que todo laboratorio para ser idóneo debe dar cuenta de que son técnicamente competentes y son capaces de generar resultados técnicamente validos. La única forma de lograrlo es que el laboratorio y el proceso específico se encuentre acreditado, como mínimo bajo las normas de la ISO 17025, que fija los requisitos de competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración.

Cabe decir que el examen genético de filiación es un ensayo de laboratorio.

Tipos de Muestras para Exámenes de Filiación

  • Hisopado Bucal: La muestra se tomará mediante una tórula estéril realizando varias frotaciones sobre la cara interna de la mejilla.
  • Manchas de Sangre (en papel filtro)(tarjeta FTA): se puncionará el pulpejo de un dedo o del talón con una lanceta estéril y se recolectarán dos a cuatro gotas de sangre sobre un trozo de papel filtro limpio, permitiendo que la sangre cubra una superficie de al menos 3 cm. de diámetro.
  • Huesos: La muestra de hueso consistirá en un fragmento de 10 cm.

Análisis Mediante PCR

El análisis propiamente tal obedece a las técnicas que utilice el respectivo laboratorio para la determinación de la filiación. El análisis de la muestra normalmente se realiza por la técnica de PCR (Reacción de la cadena de polimerasa).

Es esencial indicar que el laboratorio para poder entregar un resultado correcto, debe referenciar los resultados con base de datos poblacional. Este punto es relevante, a fin de evitar errores como consecuencia del los elementos genéticos comunes de una población. Esta base población debe ser válida, es decir, el resultado de una investigación científica, cuyos resultados son publicados en una revista científica de prestigio.

Consideraciones Estadísticas

El laboratorio que realice análisis de paternidad por medio del estudio del DNA deberá poseer un número de marcadores/loci con un Poder de Exclusión a Priori en su conjunto de al menos 0.999. Si el sistema utilizado no alcanza este valor, deberá considerarse el uso de otros marcadores/loci que aseguren el mínimo indicado.

Derecho a un Nuevo Informe Pericial

Las partes siempre y por una sola vez, tendrán el derecho a solicitar un nuevo informe pericial biológico.

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