Recibir el sueldo a tiempo no es un favor, es un derecho. Sin embargo, hay empleadores que incumplen con esta obligación, dejando a los trabajadores en una situación de incertidumbre y vulnerabilidad. Como trabajador tienes derecho a exigir el pago íntegro y oportuno de tu sueldo. No importa si el contrato es a plazo fijo, indefinido, o por obra o faena, todos los trabajadores tienen derecho a recibir su sueldo en la fecha pactada. Ante un incumplimiento, la mejor recomendación es no dejar pasar la situación y reclamar sus derechos.

Es fundamental que los trabajadores conozcan y defiendan sus derechos. Si no te han pagado tu sueldo en la fecha que corresponde, o tu empleador se atrasó en el pago de tus cotizaciones previsionales, puedes buscar ayuda legal para defender tus derechos.

El Pago del Sueldo: Un Derecho Irrenunciable

Según el artículo 55 del Código del Trabajo, el sueldo debe pagarse en la fecha estipulada en el contrato de trabajo. Si bien el contrato de trabajo fija la fecha de pago, es fundamental recordar que la legislación impone un límite máximo de 30 días entre un pago y otro. Si bien es posible pactar pagos en parcialidades (por ejemplo, pagos quincenales), siempre se debe respetar la norma de que no puede pasar más de un mes entre un pago y otro.

Es importante tener en cuenta que, aunque estuvieras de acuerdo en recibir tu sueldo fuera de plazo, no sería válido, ya que los derechos laborales son irrenunciables.

¿Qué hacer ante el incumplimiento?

Si el empleador no paga el sueldo en la fecha establecida o lo hace de manera parcial, se podría considerar un incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales. Esto permitiría optar por el autodespido. La estabilidad financiera de la empresa es responsabilidad del empleador. Los problemas financieros de la empresa no son una justificación válida para retrasar o no pagar el sueldo a los trabajadores.

Si tu empleador no cumple con el pago de sueldos o cotizaciones, tienes derecho a presentar un autodespido. Esta es una herramienta efectiva cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones.

El Autodespido: Una opción ante el incumplimiento grave

El autodespido es una situación en la que el trabajador, de forma unilateral, puede poner término al contrato de trabajo, debido a incumplimientos graves por parte del empleador. Esta acción es reconocida como un autodespido o despido indirecto, donde el trabajador es quien da término al vínculo laboral, pero con derecho a las mismas indemnizaciones que si hubiera sido despedido de manera injustificada. Esta figura se encuentra contemplada en el artículo 171 del Código del Trabajo de Chile.

Las causas más comunes para que un trabajador ejerza su derecho al autodespido incluyen:

  • Artículo 160: la comisión de los apartes 1, 5 y 7 del artículo 160 del Código del Trabajo chileno, por parte del empleador.
  • Falta de pago de bonos o comisiones: si el empleador no cumple con el pago de las comisiones o bonos que fueron pactados en el contrato o establecidos por políticas de la empresa.
  • Incumplimiento de pagos de cotizaciones previsionales: falta de pago de cotizaciones también es un motivo válido para ejercer el autodespido.
  • Incumplimiento de otras obligaciones del contrato: cualquier incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del empleador puede ser causa de autodespido.

Pasos para realizar el autodespido

Si decides proceder con el autodespido, estos son los pasos que debes seguir:

  1. Recopilación de pruebas: Debes reunir pruebas que demuestren la falta o el incumplimiento por parte del empleador. Esto puede incluir documentos que respalden el pago de bonos y comisiones acordados, correos electrónicos, o cualquier otro tipo de comunicación que pruebe el incumplimiento.
  2. Notificación al empleador: Se debe notificar formalmente al empleador sobre la decisión de poner fin a la relación laboral, indicando los motivos del autodespido. Lo recomendable es hacerlo a través de una carta formal enviada por correo certificado, para tener constancia de su recepción.
  3. Presentación de la demanda: Para que se reconozca la validez del autodespido y se otorguen las indemnizaciones correspondientes, el trabajador deberá presentar una demanda ante los tribunales laborales, en un lapso de 60 días hábiles, contados desde la fecha de terminación del contrato.
  4. Acción legal y representación: Antes de iniciar el proceso, es recomendable buscar la asesoría de un abogado especializado en derecho laboral que pueda representarte durante el proceso judicial.

¿Qué indemnizaciones puedes reclamar?

Al ejercer el autodespido de manera justificada, tienes derecho a las mismas indemnizaciones que te corresponderían, en caso de un despido injustificado.

  • Indemnización por años de servicio: equivalente a un mes de sueldo por cada año trabajado, hasta un máximo de 11 años.
  • Indemnización sustitutiva del aviso previo: si el autodespido se produce de manera inmediata, puedes solicitar el pago de una indemnización equivalente a un mes de sueldo en lugar del aviso previo.
  • Bonificaciones no pagadas: también puedes reclamar los bonos y comisiones que no te hayan sido pagados hasta la fecha del autodespido.

Otros Derechos Laborales Importantes

Además del derecho al pago oportuno del sueldo, existen otros derechos laborales que es importante conocer:

  • Trabajadores de Casa Particular: Es obligatorio que exista un documento escrito, para que las condiciones de trabajo de todo tipo de trabajador (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) queden estipuladas. Incluso se exige para quienes trabajen sólo algunas horas a la semana.
  • Período de Prueba: Sí, las primeras dos semanas del contrato se consideran de prueba. En ese lapso tanto el trabajador como el empleador puede dar término al contrato siempre que se avise con tres días de anticipación y se paguen los días trabajados.
  • Remuneración Mínima: El ingreso mínimo de las trabajadoras y trabajadores de casa particular es el mismo de los otros trabajadores, fijado por ley.
  • Recibos o Comprobantes: Sí, es obligatorio entregar recibos o comprobantes de pago.
  • Previsión y Salud: Como en toda actividad laboral regida por un contrato, es responsabilidad del empleador pagar las cotizaciones previsionales y del plan de salud del trabajador.
  • Vacaciones: El trabajador que tenga derecho a vacaciones legales y deje de prestar servicios al empleador, cualquiera sea el motivo, tiene derecho a que se le compense en dinero, el tiempo que por concepto de vacaciones le habría correspondido.
  • Fuero Maternal: Sí, existe el derecho a fuero maternal.

Preguntas Frecuentes

Cuando una persona es despedida, surgen muchas dudas: ¿Qué derechos tengo? ¿Debo firmar el finiquito? ¿Puedo acceder al seguro de cesantía?

  • ¿Debo firmar el finiquito inmediatamente? No.
  • ¿Puedo cobrar el seguro de cesantía si renuncié?
  • ¿Puedo acudir a la Dirección del Trabajo?
  • ¿Qué plazo tengo para demandar?
  • ¿Qué pasa si firmé el finiquito pero no sabía lo que firmaba?
  • ¿Qué es el aviso previo? Es el aviso de 30 días que debe darte el empleador.
  • ¿Puedo pedir copia de toda la documentación laboral? Sí.
  • ¿Qué pasa si me deben gratificaciones o bonos?
  • ¿El empleador puede poner término al contrato sin causal? No.
  • ¿Puedo pedir ayuda a través del sitio web de AFC? Sí.
  • ¿Me pueden despedir por estar afiliado a un sindicato? No.
  • ¿Cómo se calcula la indemnización?
  • ¿Cómo se acredita la relación laboral sin contrato?
  • ¿Qué plazo tiene el empleador para pagar el finiquito?
  • ¿Me deben pagar las horas extras en el finiquito?
  • ¿Se puede negociar un acuerdo antes de demandar?

TAG: #Empleado #Empleador

Lea también: