El proceso de liquidación de fondos de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) como AFP Capital en Chile involucra varios requisitos y trámites. A continuación, se detallan los aspectos más importantes a considerar.
¿Quiénes pueden acceder a la liquidación de fondos?
- Personas con discapacidad de cualquier edad, siempre que la invalidez haya sido declarada por la Comisión Médica Regional (COMERE) antes de que el hijo cumpla 18 o 24 años (según corresponda) y el cónyuge debe estar en situación de discapacidad.
- Afiliados al Seguro de Cesantía que también son pensionados, quienes pueden solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
- Afiliados pensionados que deseen transferir sus fondos, parcial o totalmente, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Trámites y Documentación
El trámite para la liquidación de fondos se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la AFP y en las oficinas ChileAtiende.
Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite, ya que el trámite es el mismo que cualquier pensión por AFP.
Documentación específica según la situación:
- Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
- Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.
Profesionales o Técnicos
Para profesionales o técnicos, se debe llenar en la AFP el formulario Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley Nº 18.156, acreditando:
- Su calidad de profesional o técnico con documentos de estudios especializados o profesionales, legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- Un certificado emitido por la institución de seguridad social de su país a la que se encuentra afiliado, donde conste su obligación de otorgar prestaciones en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
- Si está pensionado en algún régimen previsional extranjero, debe presentar un certificado emitido por dicha entidad en que se acredite su calidad de pensionado.
- Una copia de su contrato de trabajo en el que se exprese su voluntad de mantener la afiliación al régimen previsional extranjero.
Consideraciones Adicionales
La única manera de poder acceder a los fondos es al cumplir los requisitos legales para obtener una pensión de vejez, vejez anticipada, sobrevivencia o invalidez, optando por la modalidad de pensión que elijas. Esto porque el sistema fue creado para pagar futuras pensiones a nuestros afiliados.
Cotizaciones Voluntarias: Las cotizaciones voluntarias se podrán retirar como trabajador activo y como pensionado.
Proceso Posterior a la Solicitud
Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al pensionado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
Las personas afiliadas que tenían cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la AFP enterará el aporte adicional que corresponda, con cargo a la compañía de seguros.
Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Preguntas Frecuentes
- ¿Quién efectúa las cobranzas de las cotizaciones que no son canceladas por el empleador? (Esta información no se detalla en el texto proporcionado)
- ¿Qué son las Lagunas Previsionales? Son los períodos en los que no realizas tus cotizaciones obligatorias. Los aportes no realizados oportunamente no pueden ser cubiertos en forma posterior.
- ¿Por qué ahorrar? (Esta información no se detalla en el texto proporcionado)
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