Sabemos que el momento de un despido puede sentirse como un golpe fuerte. Incertidumbre, angustia, preguntas sin respuesta... y de pronto, un documento: el finiquito. Le dirán que debe firmarlo, quizás en una notaría o incluso en línea con su Clave Única. Pero, ¡alto!

¿Qué es el Finiquito Laboral?

El finiquito es "el instrumento emanado y suscrito por las partes del contrato de trabajo, empleador y trabajador, con motivo de la terminación de la relación de trabajo, en el que dejan constancia del cabal cumplimiento que cada una de ellas ha dado a las obligaciones emanadas del contrato, sin perjuicio de las acciones o reservas con que alguna de las partes lo hubiere suscrito, con conocimiento de la otra. El finiquito en cuanto acto jurídico representa una convención y, frecuentemente, es de carácter transaccional". (Manual de Derecho del Trabajo, William Thayer Arteaga y Patricio Novoa Fuenzalida, Tomo IV, quinta edición actualizada, pág.

La naturaleza jurídica del finiquito, es la de una convención, es decir, un acto jurídico que genera o extingue derechos y obligaciones, que nace de la voluntad de las partes que lo suscriben, y es por lo tanto es vinculante para quienes concurrieron a otorgarlo para dar por terminada una relación laboral y consintieron en finalizarla en determinadas condiciones.

Asimismo, ha señalado que el finiquito legalmente celebrado constituye un equivalente jurisdiccional que tiene la misma fuerza que una sentencia firme o ejecutoriada y da cuenta del término de la relación en las condiciones que consigna.

Se sostiene que el finiquito laboral constituye una institución propia del Derecho del Trabajo que puede conceptualizarse como una convención entre las partes del contrato de trabajo por medio de la cual llegan a un acuerdo relativo al cumplimiento de las obligaciones recíprocas con el objeto principal de impedir que la controversia deba plantearse necesariamente ante los Tribunales de Justicia. En ese sentido, el finiquito es una transacción -en la especie, contrato por el que las partes precaven un eventual litigio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2446 del Código Civil- en la que se ajustan cuentas pendientes, por lo que es dable exigirle la especificidad necesaria, en atención no sólo a los bienes jurídicos en juego, esto es, derechos laborales de orden público, sino también porque se trata de evitar o eludir un pleito, una controversia, entre quienes comparecen a dicho ajuste de cuentas, de ahí que es necesario requerir la máxima nitidez en cuanto a las materias, derechos, obligaciones, prestaciones e indemnizaciones sobre los cuales se ha formado el consentimiento, con el objeto precisamente de impedir discusiones como la presente en que una parte entiende que no ha transado y la otra, supone el acuerdo.

El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.

El pago del finiquito debe ser otorgado por el empleador y puesto a disposición del trabajador en un periodo de diez días hábiles a contar de la separación del trabajador.

Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Requisitos Esenciales del Finiquito

Tal instrumento, de acuerdo a la norma transcrita precedentemente, debe reunir ciertos requisitos, a saber, debe constar por escrito y, para ser invocado por el empleador, debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe que indica.

En efecto, la validez del finiquito exige la concurrencia copulativa de las siguientes condiciones:

  1. Requisitos objetivos de validez o formalidades:
    • Debe constar por escrito.
    • Debe haber sido firmado por el interesado y alguno de los ministros de fe que indica el artículo 177 del Código del Trabajo.
    • El ministro de fe actuante debe dejar constancia de alguna manera, de la aprobación que el trabajador presta al acuerdo de voluntades que se contiene en el respectivo instrumento.
  2. Requisitos subjetivos.

Teniendo la naturaleza de contrato debe cumplir con los elementos de todo contrato y algunos que son específicos para la transacción que son: a) Que exista un derecho dudoso o incierto y b) Que las partes hagan mutuas concesiones.

Debe dar aviso al empleador con 30 días de anticipación. Este contrato no debe exceder el año, pero en casos de gerencias y personas con títulos profesionales, el plazo podría extenderse en un año más.

Ministros de Fe Válidos

Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Los ministros de fe válidos son:

  1. Un Inspector del Trabajo.
  2. Un Notario Público de la localidad.
  3. El Oficial del Registro Civil de la respectiva comuna o sección de comuna.
  4. El Secretario Municipal correspondiente.
  5. Ser firmado por el trabajador ante el presidente del sindicato o el delegado del personal o sindical.

Registro del Término del Contrato en la Dirección del Trabajo (DT)

El empleador o empleadora debe cumplir con la obligación de registrar en el sitio web de la Dirección del Trabajo (DT) el término del contrato de trabajo de sus ex trabajadores o trabajadoras, lo que aplica a la totalidad de las causales contempladas en el Código del Trabajo.

Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.

Firma del Finiquito

Si estás de acuerdo con la información de tu finiquito y tu empleador ha cumplido con lo mencionado, el documento deberá ser firmado por el trabajador, y el empleador o sus representantes.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

También puede ser firmado por un representante que delegue el empleador.

Obligaciones del Empleador

El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

En el despido de un trabajador por alguna de las causales a que se refiere el inciso quinto del artículo 162, los ministros de fe, previo a la ratificación del finiquito por parte del trabajador, deberán requerir al empleador que les acredite, mediante certificados de los organismos competentes o con las copias de las respectivas planillas de pago, que se ha dado cumplimiento íntegro al pago de todas las cotizaciones para fondos de pensiones, de salud y de seguro de desempleo si correspondiera, hasta el último día del mes anterior al del despido.

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

¿Dónde Obtener una Copia del Finiquito?

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Si el trámite lo realizaste en una oficina de la Inspección del Trabajo debes solicitar presencialmente la copia del finiquito. En el caso de las notarías debes consultar directamente si guardan una copia del finiquito de trabajo.

Finiquito Electrónico: Una Alternativa Digital

La Dirección del Trabajo ofrece la opción de firmar el finiquito de manera electrónica, con la misma validez que el documento físico. Este proceso agiliza los trámites y permite verificar los pagos en línea.

Para utilizar el finiquito electrónico, se requiere que el trabajador haya sido contratado a partir del 1 de enero de 2011 y esté afiliado a PREVIRED. Es importante destacar que el trabajador tiene el derecho de rechazar esta modalidad, en cuyo caso el empleador deberá proporcionar el finiquito de forma presencial dentro de los 10 días hábiles establecidos.

Importancia de la Reserva de Derechos

Firmar el finiquito sin la asesoría adecuada puede significar renunciar a defenderse. ¿Sospecha que la razón del despido no es real? 🤔 ¿Cree que le deben dineros o prestaciones?

Existe una herramienta fundamental para protegerse en este preciso instante: la Reserva de Derechos 🛡️. Es una anotación simple, pero poderosa, que se incluye en el finiquito y que deja abierta la puerta para que usted pueda demandar posteriormente por aquello con lo que no está de acuerdo.

Al firmar el finiquito, el trabajador puede incluir una reserva de derechos, lo que significa que, aunque firme el documento, se reserva el derecho de emprender acciones legales si considera que sus derechos han sido vulnerados.

Que, así, el finiquito corresponde a una convención, en cuanto acto jurídico voluntario que genera o extingue derechos y obligaciones, y que da cuenta del término del vínculo laboral de la manera que señala, y como tal, es posible que una de ellas manifieste discordancia en algún rubro, en cuyo extremo el finiquito no tiene poder liberatorio, situación que puede consignarse mediante la formulación de la reserva correspondiente.

Causales de Despido

La DT establece dos causales de despido: por necesidades de la empresa o por desahucio.

Las causales legales se encuentran en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo.

Asesoría Legal

Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.

No deje sus derechos al azar. El tiempo ⏳ y la asesoría adecuada en el momento del despido son cruciales. Si aún no ha firmado su finiquito, o si ya lo hizo sin la reserva y tiene dudas, contáctenos inmediatamente فوری. Su verdad y sus derechos importan.

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