La nueva ley del sistema de pensiones introduce cambios significativos en la forma en que se gestionan y distribuyen las pensiones. A continuación, se presenta un resumen detallado de los aspectos más relevantes:

Aumento en la Cotización

Se contempla un aumento de un 7% en la cotización con cargo al empleador, lo que se suma al 10% de cotización individual actual y al cerca de 1,5% que va al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Distribución del Aumento

Este aumento del 7% se distribuirá de la siguiente manera:

  • Un 1,5% se destinará al Aporte con Rentabilidad Protegida para subir las pensiones de los actuales pensionados (as).
  • Un 2,5% se contemplará para el Seguro Social Permanente, que permitirá financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia; y el diferencial de expectativas de vida entre hombres y mujeres.

Compensación por Expectativa de Vida

A contar de enero de 2026, las mujeres que cumplan con los requisitos recibirán de forma automática una compensación mensual en su pensión con el objeto de cubrir la diferencia que exista por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. La mínima compensación será de 0,25 UF mensual (equivalentes a $9.596 al 31 de enero de 2025).

Implementación y Regulación

Luego de 90 días de publicada la norma, se ingresará un proyecto de ley para regular los aspectos operativos. Se entregará a partir de enero de 2026, de forma automática, a quienes cumplan los requisitos.

Entrada de Nuevos Actores y Licitación del Stock

Se licitará cada dos años, de manera aleatoria, el 10% de los afiliados (as) no pensionados (as) del sistema. Ganará la subasta la administradora que oferte la menor comisión, y no podrá incrementar la comisión ofertada durante 5 años. Eso sí, sólo podrán participar las AFP que tengan menos del 25% de los afiliados (as) del sistema. Los afiliados (as) podrán desistir o cambiarse de AFP en cualquier momento.

Fondos Generacionales

Se establece el fin de los 5 multifondos que operan desde 2002, los que serán reemplazados por la creación de fondos generacionales, los que entrarán en vigencia a partir de abril de 2027. Estos fondos están pensados para que las personas estén en el fondo acorde a su edad, ya que se adaptan en el tiempo disminuyendo el riesgo a medida que se acerca la fecha de pensión. Los afiliados (as) no podrán cambiarse de fondo con su ahorro obligatorio.

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