Este viernes 26 de abril entra en vigor la Ley 40 horas, reduciendo la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales. A partir de este viernes se implementará la primera etapa de reducción horaria que establece la Ley 40 horas. Como será de forma gradual, en primera instancia se pasará de 45 a 44 horas semanales.

La Colación y el Código del Trabajo

Pero, ¿Qué sucede con la hora de colación? El Código del Trabajo en su artículo 34 establece que el horario de colación o almuerzo no es parte de la jornada laboral. Con el cambio de la normativa a la Ley 40 horas su situación no se altera.

La norma legal, que está antes de la Ley de 40 horas, establece que el tiempo de colación -salvo que se disponga otra cosa en el reglamento interno o en el contrato individual-, es tiempo no trabajado.

Las autoridades de Gobierno, la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, y el Director Nacional del Trabajo, Pablo Zenteno, aclararon que la ley estipula la reducción de una hora. Jara destacó que la ley habla de "una hora al día menos de jornada laboral.

El especialista indicó que "el horario de colación no está considerado dentro de la jornada laboral.

Fortune profundizó sobre este tema y señaló que "para ponerlo en un ejemplo más claro, un trabajador cumple una jornada de 8.30 de la mañana a 18.00 horas, tiene 30 minutos de colación. En definitiva serán contadas nueve horas de trabajo.

Agregó que "el horario de colación establecido en la ley en definitiva es un horario obligatorio que no es parte del cómputo de la duración de la jornada diaria.

El acádemico Usach planteó que "si vuelvo al mismo ejemplo, si tenemos un turno de 8.30 a 18.00 horas, con 30 minutos de colación, ese turno va a pasar de 8.30 a 17 horas y va a seguir manteniendo sus 30 minutos de colación. En ese sentido la ley sí considera a lo menos un mínimo para este tiempo de colación, para este descanso, con esta finalidad de retomar las fuerzas y comer.

Discusiones y Controversias

El socio de Prieto Abogados, Cristóbal Raby, opina que la discusión se plantea en relación con la imputabilidad del tiempo de descanso a la jornada de trabajo.

Para la socia de Asesoriaslaborales.cl y exjefa del departamento de relaciones laborales de la DT, Wendoling Silva, distinto hubiera sido el caso si la empresa consignaba en los contratos que la jornada de trabajo era de 42,5 horas y que el horario de colación era de cargo al trabajador y que no se imputaba a la jornada.

Silva considera necesario que la DT emita un pronunciamiento. “Este es un caso claro en el cual hay incumplimiento, pero puede haber casos que requieran mayor especificación por parte de la DT.

“La reforma nunca distinguió ni incorporó el concepto de jornada real o efectiva de trabajo para diferenciar los efectos de la rebaja.

“Me parece incorrecto el criterio de la inspección de entender que a falta de acuerdo la jornada tiene que incluso reducirse por debajo de las 40 horas, eso no está en el espíritu de la Ley y existe una norma expresa al respecto.

“No hay regla, ni en la Ley ni en las normas transitorias, de que cuando el tiempo de colación está imputado a la jornada no procede la reducción”, dice.

Ejemplo Práctico y Fiscalización

Para varios abogados el servicio actuó correctamente al sancionar a la planta de CMPC. En cambio, la inspección constató en terreno que efectivamente el esquema se distribuye en cinco días de lunes a jueves de 08.00 a 17.30 hrs y el día viernes de 08:00 a 15:00, incluida media hora de colación, pero que esta última es imputable a la jornada según contrato de trabajo y reglamento interno de orden higiene y seguridad. En cambio, la inspección constató en terreno que efectivamente el esquema se distribuye en cinco días de lunes a jueves de 08.00 a 17.30 hrs y el día viernes de 08:00 a 15:00, incluida media hora de colación, pero que esta última es imputable a la jornada según contrato de trabajo y reglamento interno de orden higiene y seguridad.

“Me parece incorrecto el criterio de la inspección de entender que a falta de acuerdo la jornada tiene que incluso reducirse por debajo de las 40 horas, eso no está en el espíritu de la Ley y existe una norma expresa al respecto.

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