Tras mi mudanza, hasta 2012 seguí imponiéndome en el sistema italiano (INPS), luego de lo cual pasé a ser cotizante de AFP. Ya tenía claro que no existía ningún acuerdo bilateral entre ambos países para este asunto (como sí lo hay con otros países de América, como Argentina), y que entre uno y otro sistema se imponen todas las diferencias que hay entre lo privado y lo público. Aprovechando mi actual estadía en Italia, me he puesto a averiguar qué ha sido de mis (aproximadamente) catorce años de contribuciones al sistema de pensiones (1998-2012).
El Sistema de Pensiones Italiano Tras 1995
Después de varias consultas, me he llevado una gran sorpresa: durante 1995, el sistema italiano tuvo, silenciosamente, un ajuste drástico, y todos quienes comenzaron a cotizar después del último día de ese año pasaron a capitalización individual. Así, el trabajador italiano hoy puede entrar a su cuenta personal de ahorro para jubilación, ver su capital ahorrado y simular su futura pensión. Adivine: la prospectiva será nefasta.
Si con el viejo sistema (previo a 1996), con veinte años de imposiciones mensuales a cualquier trabajador/a se le garantizaban trece pagos anuales de al menos 700 euros líquidos, lo que ahora se entrega es estrictamente el monto ahorrado más intereses, sin añadido estatal ni un mínimo garantizado.
Comparación con Sistemas de Jubilación en Sudamérica
Después de conocerse la propuesta que trabaja el Gobierno de aumentar la edad de la jubilación, te contamos cómo lo hacen los países sudamericanos y a qué edad pueden acceder a su pensión tras dar término a la vida laboral.
Argentina
La suma de dinero que el Estado paga a las personas que han concluido su ciclo laboral deben cumplir con dos requisitos. Para acceder a la jubilación, las mujeres tienen que haber cumplido 60 años y los hombres 65, y además, contar con 30 años de aportes.
Bolivia
De acuerdo a la ley 065 (Ley de Pensiones) de ese país, el asegurado accederá a la prestación de vejez cuando cumpla una de las siguientes condiciones:
- A los cincuenta y cinco años los hombres y cincuenta años las mujeres, siempre y cuando haya realizado aportes al sistema de reparto que le generen el derecho a una compensación de cotizaciones y financie con ésta más el saldo acumulado en su cuenta personal previsional: una pensión igual o superior al 60% de su referente salarial de vejez; el monto necesario para financiar los gastos funerarios; y, la pensión por muerte para sus Derechohabientes.
- También, a partir de los 58 años de edad, independientemente del monto acumulado en su cuenta personal previsional, siempre y cuando cuente con una densidad de aportes de al menos 120 periodos y financie un monto de pensión de vejez, mayor al monto de la pensión solidaria de vejez que le correspondería de acuerdo a su densidad de aportes.
Paraguay
En los artículos 9 y 10 de la ley N° 2.345, señalan que: El aportante que complete sesenta y dos años de edad y que cuente con al menos diez años de servicio, tendrá que acogerse a la jubilación obligatoria. Quedan excluidos de la obligatoriedad de la jubilación ordinaria, los docentes universitarios del sector público, quienes podrán seguir aportando hasta el límite de setenta y cinco años de edad. Además, podrán obtener la jubilación quienes cuenten con, por lo menos, cincuenta años de edad y un mínimo de veinte años de servicio.
Perú
Este país cuenta con dos sistemas de protección social, uno de carácter público: Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el otro privado: Sistema Privado de Pensiones (SPP), otorgando ambos cobertura en materia de pensiones. Los trabajadores dependientes o independientes pueden elegir entre dos sistemas previsionales para percibir a futuro una pensión de jubilación, cuando se produzca el cese de sus actividades laborales.
Sistema Nacional de Pensiones (SNP)
Lo recibe una persona a partir de los 65 años de edad, al concluir su vida laboral, por haber aportado mensualmente un porcentaje de su sueldo o ingreso (13%) al SNP, por un periodo no menor de 20 años. Los asegurados también pueden acceder a una pensión de jubilación adelantada: a partir de los 50 años para las mujeres y de los 55 años para los hombres. Para ello los solicitantes deberán tener un mínimo de 25 y 30 años de aportaciones respectivamente.
Sistema Privado de Pensiones (SPP)
Este es operado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Los trabajadores pueden acceder a una pensión de jubilación a partir de los 65 años de edad, sin la exigencia de periodos mínimos de aportes. Sin embargo, debe considerarse que el monto del beneficio de jubilación a recibirse, será calculado sobre la base de los aportes realizados y la rentabilidad generada en la cuenta individual de capitalización de cada afiliado a este sistema.
Brasil
El gobierno de Michel Temer propuso en diciembre del 2016 fijar la edad mínima de jubilación en 65 años. En la actualidad, los brasileños tienen la opción de jubilarse con base en los años trabajados y muchos lo hacen alrededor de los 55 años de edad. La Propuesta de Enmienda Constitucional (PEC) enviada por el mandatario brasileño al Congreso en diciembre pasado establece, entre otros aspectos, que tanto hombres como mujeres y trabajadores urbanos o rurales podrán retirarse solo después de cumplir 65 años de edad y tener 25 años de contribución.
Colombia
En este país, hay 22 millones de trabajadores, de los cuales 7.7 millones cotizan o ahorran activamente en el Sistema General de Pensiones, que tiene dos regímenes: Régimen de Prima Media (RPM) y Régimen de Ahorro Individual Solidario (RAIS). En el RPM, las mujeres deben tener 57 años de edad y los hombres 62 años de edad y 1.300 semanas de cotización, para jubilarse. En el RAIS, se obtiene la pensión de acuerdo con el monto ahorrado.
Desafíos Comunes en los Sistemas de Pensiones
Lo que demuestra esta comparación es que tampoco por este lado del mundo las cosas son tan maravillosas en materia de pensiones. Por eso mismo, ciertas propuestas que hoy circulan en el debate por parte de los parlamentarios parecen fuera de la realidad.
- Hasta las piedras entenderían que cotizar mensualmente el 10% del sueldo es insuficiente. Basta pensar que el viejo sistema (EMPART) requería del 21,93%; y que en el sistema europeo, el porcentaje sube a 33% (10% a cargo del empleado, y el resto a cargo del empleador).
- Considerando lo anterior, un alza de 6% de cotización, como el que hoy propone el gobierno de Gabriel Boric, también resulta insuficiente. Tampoco se entiende la propuesta de crear una nueva entidad pública para gestionar el 3% que iría a un «fondo común», considerando que ya existe el INP.
- El actual debate está dejando fuera dos elementos centrales, los cuales son clave ahora en Europa. El primero es el hecho de que una gran cantidad de trabajadores no cotiza, o lo hacen por pocos años; sea porque no pueden hacerlo o porque no quieren. Es indicativo al respecto que hoy en Chile más de dos millones de personas reciban la PGU. Si queremos mejores pensiones es urgente que más ciudadano/as tengan un empleo formal; de lo contrario, esa cifra puede aumentar.
El segundo elemento, aún más apremiante, es el embudo demográfico: acá en Italia, desde los años 80 la población no deja de envejecer, y llevamos tres décadas de una tasa de natalidad negativa. Tal como antes sucedió en Europa, hoy en Chile la población también envejece. Para el año 2050, al menos el 30% de la población del país tendrá 65 años o más, con un tercio de ese grupo superando la edad de 80 [OBSERVATORIO DEL ENVEJECIMIENTO UC-CONFUTURO 2023]. Un país viejo, como Italia hoy, no tiene futuro.
Actualmente el trabajo informal es el peor enemigo del sistema, hay que combatirlo e inculcar en la cabeza de los trabajadores que no deben ni tienen que aceptar esta condicion a tiempo indefinido, y a los independientes acordarle que su futuro bienestar en la tercera edad depende de ellos, el estado tiene que hacerce cargo de informar, y paulatinamente empezar a fiscalizar, es cierto, los fiscalizadores cuestan recursos, pero a lo largo pagara, aqui impuesto intierno tiene su propia policia (Guardia di Finanza) con plenas atribuciones, porque obviamente mandar unos fiscalizadores municipales a controlar es bastante arriesgado, porque no destinar una division de Carabineros por estas tareas como: evasion fiscal, regularizacion de trabajadores, permisos municipales para ambulantes, y todos estos tipos de problemas que casi no son enfrentados y que quitan recusos a los servicios publicos.
Por estás razones es que hay tantas personas adultas mayores trabajando cuando no debieran hacerlo, son tan miserables las pensiones que están obligados a trabajar ya que no les alcanza para vivir siquiera pauperrimamente! La experiencia comparativa dice que la unica forma de tener pensiones decentes es con Desarrollo y un sistema Solidario.
El sistema ultracapitalista, es malo en todas partes. Si antes de la dictadura eran los empresarios quienes cotizaban a los trabajadores, pero después crearon ellos la famosa AFP, el famoso empleo mínimo, solo para denigrar al trabajador, de ganar tanta plata antes del golpe, y porque ahora el empresario no aporta a las cotizaciones?.. porque les gustó llenarse los bolsillos, crecieron tanto no tan sólo en Chile crecieron también en el extranjero,, ahorrando en paraísos fiscales, y no en el propio país donde comenzaron, "la vaca se olvidó que fue ternero", para que decir de los escandalos de fraude al físco!!
Consiste en la solicitud de Pensión de Vejez en virtud de las imposiciones efectuadas por un o una connacional y según la normativa correspondiente a la ex - Caja de Previsión a la que se encuentre afiliada. Las ex - Cajas del antiguo Sistema Previsional chileno, actualmente se encuentran fusionadas en el Instituto de Previsión Social (IPS). Ficha para remesa de beneficio. IMPORTANTE: Es preciso destacar que cada una de las ex - Cajas fusionadas en el actual IPS, tienen según su normativa particular, distintas exigencias respecto de los requisitos para obtener el derecho a Jubilación por Vejez. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de vez del IPS. El plazo de respuesta dependerá de cada caso.
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