El Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de España facilita que personas que han trabajado y cotizado en ambos países puedan acceder a pensiones de vejez o invalidez. En caso de fallecimiento, sus familiares pueden solicitar pensiones de sobrevivencia.
¿Quiénes pueden beneficiarse?
Los ciudadanos españoles en Chile y los chilenos en España, ya sea temporal o permanentemente, pueden acceder a los beneficios del sistema público de salud en ambos países. Además, las personas que residan en Chile y deseen solicitar una pensión en España deben presentar el formulario respectivo en la AFP o el IPS.
Continuidad Previsional para Trabajadores Desplazados
Por regla general, el asegurado solo cotiza para la Seguridad Social en el país donde trabaja. Sin embargo, los Convenios establecen disposiciones para los "trabajadores desplazados", aquellos que el empleador envía a trabajar temporalmente al territorio del otro Estado. Las personas que vayan a España a laborar temporalmente pueden seguir cotizando en Chile en lugar de integrarse al sistema previsional español. El convenio permite acogerse a este beneficio a trabajadores tanto dependientes como independientes, por un periodo de 3 años, con la posibilidad de 2 años de prórroga.
Pensión de Vejez Anticipada en Chile
Pese a que la edad de jubilación en Chile se mantiene desde 60 años en mujeres y 65 en hombres, existe una forma de solicitar la pensión de vejez anticipada. Eso sí, el usuario debe cumplir con ciertas exigencias. Según explica la Superintendencia de Pensiones, quienes quieran optar a la pensión de forma anticipada, deben cumplir con dos requisitos claves y obligatorios:
- El usuario debe obtener una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y rentas declaradas, según lo calculado y dispuesto en el artículo 63 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980.
- Obtener una pensión igual o superior a 12 UF.
Sumado a este formato, otro grupo de usuarios también pueden optar a la Pensión de Invalidez, que va orientada a una ‘pensión de vejez anticipada por realizar trabajos pesados’. Cada uno de los casos debe ser revisado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o la Comisión Ergonómica Nacional, quienes son los encargados de aprobar o denegar el beneficio. De acuerdo a la ley vigente, la medida asociada a la Pensión de Invalidez permitiría rebajar de forma excepcional entre 1 y 10 años, la edad para jubilarse.
Pensión Garantizada Universal (PGU) en Chile
La PGU es un beneficio financiado totalmente por el Estado de Chile que complementa las pensiones de las personas de 65 años y más que se encuentren trabajando y/o que ya estén pensionadas en cualquier régimen previsional, es decir, reciben una pensión de retiro programado en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o una renta vitalicia de una compañía de seguros de vida (CSV). El apoyo se solicita a través de ChileAtiende, la plataforma de trámites del sector público.
El Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP. Este organismo entrega pensiones de vejez, que se rigen bajo los convenios internacionales, a cerca de 28.856 chilenos.
Ante cualquier duda o sugerencia respecto al proceso, el usuario puede consultar en su respectiva AFP. Hay personas que consultan por el trámite un poco antes, para ver en qué situación están.
TAG: #Jubilacion

