Este artículo detalla los requisitos de la jornada laboral para las trabajadoras de casa particular que trabajan puertas afuera en Chile, incluyendo las implicaciones de la nueva ley de 40 horas, derechos laborales, remuneración y otras condiciones importantes.

¿Qué se entiende por 'trabajador de casa particular'?

Los trabajadores de casa particular (TCP) son personas naturales que están al servicio de una o más personas naturales o una familia. Son aquellos que desempeñan labores de aseo y asistencia propios e inherentes al hogar, esto puede incluir tareas en instituciones de beneficencia o como choferes de casa particular.

Contrato de Trabajo

Es obligatorio que exista un documento escrito para que las condiciones de trabajo de todo tipo de trabajador (servicios, remuneraciones, horarios, etc.) queden estipuladas. Incluso se exige para quienes trabajen sólo algunas horas a la semana. Las primeras dos semanas del contrato se consideran de prueba. En ese lapso tanto el trabajador como el empleador puede dar término al contrato siempre que se avise con tres días de anticipación y se paguen los días trabajados.

¿Qué debe considerar el contrato?

¿Cómo fiscaliza la Inspección del Trabajo el cumplimiento del contrato?

Remuneración

La remuneración debe acordarse entre las partes y no ser inferior al salario mínimo. El ingreso mínimo de las trabajadoras y trabajadores de casa particular es el mismo de los otros trabajadores, fijado por ley. Es obligatorio entregar recibos o comprobantes de pago. Como en toda actividad laboral regida por un contrato, es responsabilidad del empleador pagar las cotizaciones previsionales y del plan de salud del trabajador.

Ley de 40 Horas y su Impacto

Con fecha 26 de abril de 2024, entró en vigencia la Ley N°21.561, que “reduce gradualmente la jornada laboral a 40 horas semanales”. La reducción de jornada laboral aplica a todos los trabajadores regulados por el Código del Trabajo y no implica una disminución de la remuneración de las y los trabajadores que se beneficien de ella.

La secretaria de Estado explicó que la ley que reduce la jornada laboral contempla una gradualidad en su implementación, comenzando un año después de saber publicada: al primer año, es decir, en abril de 2024, se reducirá una hora; luego, en abril de 2026, dos horas más; y, por último, en igual mes de 2028, otras dos horas, llegando a 40 horas.

Se rebaja la jornada ordinaria de trabajo de 45 a 40 horas semanales con la siguiente gradualidad: de 45 a 44 horas al primer año de publicada de la ley, a 42 horas al tercer año y a 40 al quinto año. Estos son plazos máximos, pues cualquier empleador que quiera anticiparse a la reducción de la jornada a 40 horas puede hacerlo sin esperar la gradualidad.

Trabajadores de Casa Particular Puertas Afuera (Jornada Ordinaria laboral)

Los trabajadores de casa particular puertas afuera (Jornada Ordinaria laboral) tendrán una jornada que se reduce de 45 a 44 horas de forma obligatoria, para el año 2024, al igual que en la jornada ordinaria del resto de los trabajadores sujetos al Código del Trabajo. Esto, sin perjuicio de que los empleadores puedan acordar con sus trabajadores disminuir la jornada a 40 horas desde ya, adelantándose a la gradualidad y de manera voluntaria (podrían también pactar una disminución un poco más que el tiempo obligatorio, por ejemplo, dos horas en vez de una), sin que ello implique una disminución de las remuneraciones.

Trabajadores de Casa Particular Puertas Afuera (Jornada Parcial)

Para las trabajadoras con una jornada parcial de hasta 30 horas semanales y que no vivan en la casa del empleador, se permite el acuerdo de hasta 12 horas adicionales por semana, siempre que exista un pacto expreso y escrito entre el empleador y el trabajador. Si la jornada semanal se extiende hasta por 30 horas, las partes podrán acordar por escrito hasta un máximo de doce horas semanales adicionales de trabajo, no acumulables a otras semanas, las que serán pagadas con un recargo mínimo del 50% sobre el valor hora correspondiente a la jornada ordinaria. Esas horas deben ser pagadas con un recargo no inferior al 50 por ciento sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deberán liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período. En caso de que no exista sueldo convenido, o que el sueldo sea inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, la base de cálculo para el respectivo recargo será el ingreso mínimo mensual establecido por ley.

Trabajadores de Casa Particular Puertas Adentro

La reducción de la jornada se traducirá en dos días adicionales de libre disposición al mes, remunerados, que se pueden acumular, por acuerdo, hasta por tres meses, sin que sea necesario proceder a la adecuación de sus contratos.

Descanso Semanal y Vacaciones

Los TCP puertas afuera tienen derecho a descanso en domingo y festivos. Tienen derecho a vacaciones. El trabajador que tenga derecho a vacaciones legales y deje de prestar servicios al empleador, cualquiera sea el motivo, tiene derecho a que se le compense en dinero, el tiempo que por concepto de vacaciones le habría correspondido. Respecto de aquellos que trabajen en forma parcial o sólo algunos días a la semana, los días de vacaciones serán proporcionales, por lo que el feriado anual incluirá los días en que usualmente trabaje y que quedan comprendidos en el período de 15 días hábiles.

Horas Extraordinarias

Sí, las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado. En caso de que no exista sueldo convenido, o que el sueldo sea inferior al ingreso mínimo mensual que determina la ley, la base de cálculo para el respectivo recargo será el ingreso mínimo mensual establecido por ley.

Otros Derechos y Consideraciones

  • Derechos de maternidad: Las trabajadoras tienen derecho a fuero maternal, subsidios pre y postnatal, y descansos para la alimentación de su hijo/a.
  • Enfermedad: Si el trabajador se enferma, el empleador debe conservarle su puesto sin derecho a remuneración por un plazo que depende del tiempo que lleve trabajando.
  • Término de relación laboral: Existen causales especiales para despido, como enfermedad contagiosa o despido por desahucio.

Ley Karin y Entorno Laboral Seguro

Con fecha 01 de agosto, entró en vigencia la Ley N°21.643, que “busca garantizar espacios laborales seguros y libres de acoso, estableciendo la obligación de prevenir los actos que vayan en contra de este objetivo”. La Ley Karin establece un protocolo para el trabajo a distancia (TCP), donde se reafirma la responsabilidad del empleador(a), de garantizar un entorno laboral seguro y saludable para el trabajador(a). Por otro lado, la Ley Karin implementa un protocolo esencial para los trabajadores y trabajadoras de casa particular, centrado en garantizar un entorno laboral seguro, saludable y libre de violencia.

Los trabajadores(as) pueden enfrentarse a diversos riesgos que afectan tanto su bienestar físico como emocional. Los trabajadores(as) que atienden a niños o adultos mayores dependientes pueden estar expuestos a agresiones físicas, como empujones, golpes, tirones de pelo, bofetadas, mordiscos o lanzamiento de objetos. Las altas exigencias emocionales y físicas propias de algunas labores pueden causar desgaste emocional, afectando la salud mental del trabajador(a) y manifestándose en estrés, ansiedad, fatiga o depresión.

Es fundamental fomentar una comunicación fluida y respetuosa, realizando reuniones periódicas con la persona trabajadora para abordar posibles situaciones de riesgo y acordar las medidas preventivas necesarias.

Término del Contrato

El fin del contrato puede darse por renuncia del trabajador, por mutuo acuerdo o por despido. El finiquito debe ir por escrito y ser ratificado ante la Inspección del trabajo, un notario, un oficial del Registro Civil o secretario municipal.

Los trabajadores de casas particulares no tienen derecho a indemnizaciones por años de servicios, pero el empleador debe pagar mensualmente el 4,11% del sueldo en una AFP en calidad de "indemnización a todo evento", y de ese fondo el trabajador debe retirar dineros que sirven como indemnización.

Tabla Resumen de la Reducción de Jornada Laboral

Fecha Jornada Laboral Semanal
Abril 2024 44 horas
Abril 2026 42 horas
Abril 2028 40 horas

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