La Inspectoría General desempeña un papel crucial en el correcto funcionamiento de las instituciones educativas. La Inspectoría General tiene la responsabilidad de coordinar, y supervisar el trabajo eficiente y armónico de la Comunidad Educativa, velando para que las actividades del colegio se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.

Rol de la Inspectoría General

La Inspectora General, actualmente Elizabeth Valdebenito Pacheco, tiene la responsabilidad de coordinar y supervisar el trabajo eficiente y armónico de la Comunidad Educativa. Su labor principal es velar para que las actividades del colegio se desarrollen en un ambiente de disciplina, bienestar y sana convivencia.

Deberes y Funciones del Inspector General

Corresponde al Inspector General cumplir las siguientes funciones:

  • Hacer respetar por parte de los diversos estamentos el reglamento y disposiciones internas del Colegio.
  • Supervisar el correcto cumplimiento de los horarios de trabajo y funciones de parte del personal.
  • Coordinar las actividades extraprogramáticas que se desarrollen en el establecimiento.
  • Controlar el orden, puntualidad y presentación de los alumnos, permanencia y salida del establecimiento.
  • Atender a los alumnos con problemas conductuales y citar a los padres y apoderados de los mismos.

Responsabilidades Adicionales

El Inspector General, es el directivo superior, que tiene la responsabilidad de organizar, coordinar, y supervisar el trabajo armónico y eficiente del departamento de Inspectoría, velando porque las actividades del colegio se desarrollen en un ambiente seguro, de disciplina, bienestar y sana convivencia. Atender apoderados cuyos pupilos presentan conductas que afectan la sana convivencia y requieran de un seguimiento especial. Controlar y supervisar la disciplina del alumnado, exigiendo puntualidad, respeto y sana convivencia.

Funciones de los Inspectores Educacionales

Un inspector educacional es un asistente de la educación responsable de brindar apoyo en la comunidad educativa en los niveles de supervisión, formación y administración. Las funciones que desempeña un inspector educacional son: Apoyo Administrativo y Apoyo a la Convivencia Escolar.

Apoyo en la Orientación

Apoya la labor de profesores y alumnos en todas aquellas actuaciones encaminadas a asegurar una formación integral del alumno. Acompaña en el proceso de enseñanza con talleres dirigidos a cada nivel, según sus necesidades, así como los alumnos de 4° medio reciben el acompañamiento de PSU.

Requisitos Legales para ser Inspector Educacional en Chile

De acuerdo con la ley 21.109 en Chile, para ser inspector educacional solo se requiere:

  • Haber completado la educación secundaria (cuarto medio).
  • No tener antecedentes delictuales ni de maltrato infantil.
  • Acreditar idoneidad psicológica.

Este curso, está impartido por profesionales de la educación y aborda de manera integral todos los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar el cargo de inspector educacional de manera profesional, incluyendo el marco legal vigente, técnicas de convivencia escolar y prevención de accidentes escolares, habilidades comunicacionales y los procesos administrativos del establecimiento educativo.

Normas Legales Aplicables a Docentes con Funciones de Inspector de Patio

¿Qué normas legales se aplican al contrato de un profesional de la educación que ha sido contratado como docente y también como inspector de patio?

Un docente contratado como inspector de patio está regido por las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y por las de la ley 19.464. Ahora bien, si él conviene con su empleador agregar a su contrato de trabajo labores de docencia, respecto de estas estaría sujeto al Título IV de la ley 19.070, Estatuto Docente.

Finalmente, cabe agregar que las partes deben tener presente que aplicar el Estatuto Docente a las horas destinadas a la docencia generará derechos distintos de los que se derivan del Código del Trabajo, derechos que deben calcularse en proporción a las jornadas de trabajo convenidas (el Estatuto sobre las horas de docencia y el Código sobre las horas de inspectoría de patio).

La Dirección del Trabajo ha manifestado en su doctrina administrativa que de conformidad con lo dispuesto en los artículo 1°, 2°, 5°, 6°, 7° y 8° de la ley 19.070, que aprueba el Estatuto Docente de los profesionales de la educación, las disposiciones contempladas en dicho Estatuto no son aplicables a los profesionales de la educación cuyo trabajo es ajeno a la función docente, la función docente directiva y las funciones técnicos pedagógicas.

De esta manera, si el docente tiene convenido con su empleador labores de inspectoría de patio, que no son parte de las funciones a que se refiere el señalado Estatuto, estará regido por las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y por las de la ley 19.464.

Inspector General en la Organización de los Estados Americanos (OEA)

Deberes y responsabilidades

La Oficina del Inspector General es la dependencia responsable de ejercer las funciones de auditoría financiera, administrativa y operativa, con el objeto de determinar el grado de cumplimiento por parte de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (SG/OEA) de los objetivos de los diversos programas, así como determinar la eficiencia, economía y transparencia con que se utilizan los recursos y formular las recomendaciones para mejorar la gestión de la SG/OEA.

Para cumplir lo anterior, el Inspector General establecerá los procedimientos adecuados de auditoría interna que reflejen las mejores prácticas internacionales, a fin de verificar el cumplimiento de las normas vigentes, mediante el examen crítico, sistemático e imparcial de transacciones oficiales y procedimientos operativos relacionados con los recursos que administra la SG/OEA.

El Inspector General reporta al Consejo Permanente, a la Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios (CAAP), al Comité de Auditoría y al Secretario General, y es responsable de realizar las funciones de auditoría, inspección, investigación y evaluación.

Funciones clave del Inspector General en la OEA

  1. Formular objetivos generales de programas:
    • Establecer directrices de control interno.
    • Elaborar y dirigir una estrategia a largo plazo.
    • Elaborar y evaluar los procesos y procedimientos de gestión de riesgos.
    • Coordinar e integrar el programa de auditoría establecido.
    • Preparar documentos para uso externo e interno.
  2. Supervisar al personal y recursos de la Oficina:
    • Aprobar la selección de personal y consultores.
    • Iniciar y establecer políticas, normas y procedimientos de control interno.
    • Elaborar y ejecutar planes integrales para cumplir las responsabilidades de auditoría.
  3. Actuar como principal portavoz de la Oficina:
    • Participar como orador experto en temas de auditoría interna.
    • Proponer al Secretario General enmiendas al Estatuto de Auditoría Interna.
    • Informar y asesorar al Secretario General sobre las oportunidades de mejora.
    • Informar a las dependencias de la SG/OEA sobre los importes adeudados.
    • Coordinar la labor de auditoría interna y externa.
  4. Iniciar y encabezar auditorías sobre el terreno, incluso investigaciones confidenciales y de gran envergadura.
  5. Realizar otras funciones de supervisión y evaluación conexas, según se le asignen.

Cualificaciones y Experiencia

  • Grado universitario de primer nivel (licenciatura) en contabilidad, auditoría, análisis financiero, derecho, análisis de gestión, administración pública o investigaciones.
  • Certificación profesional otorgada por un órgano de supervisión de reconocimiento internacional.
  • Al menos 15 años de experiencia combinada a nivel ejecutivo, en ámbitos nacionales e internacionales, en dirección general, contabilidad, auditoría, finanzas o administración pública con funciones similares.
  • Experiencia en puestos directivos.

Habilidades lingüísticas

  • Dominio de al menos dos de los siguientes idiomas: español, francés, inglés y portugués (lectura, escritura y comunicación).

Aptitudes

  • Amplios conocimientos de las normas para el ejercicio profesional de la auditoría interna y de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
  • Amplio conocimiento de los principios de la teoría y práctica de la administración pública, supervisión, gestión organizacional y procesos normativos relacionados con la función de auditoría interna de la SG/OEA.
  • Conocimiento de la Organización de los Estados Americanos, sus Estados Miembros y sus necesidades de desarrollo.
  • Capacidad para iniciar, desarrollar y crear nuevas políticas y mecanismos de control interno.
  • Excelentes habilidades de comunicación (tanto oral como escrita).
  • Excelentes habilidades de redacción para preparar documentos e informes técnicos complejos.

Según lo establecido en el inciso c. del artículo 130 de las Normas Generales, el Inspector General será nombrado por un período único de seis años, no renovable.

Asimismo, según se indica en el inciso e. del artículo 130 de las Normas Generales, "[a]quella persona que haya sido nombrada Inspector General no podrá prestar servicios a la Secretaría General ya sea como funcionario o como contratista independiente o como funcionario o consultor de un contratista independiente de la Secretaría General después de haber dejado el cargo”.

La SG/OEA defiende la igualdad, la diversidad y la inclusión.

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