La legislación migratoria vigente en Chile regula estrictamente la contratación de trabajadores extranjeros, otorgando facultades al Departamento de Extranjería y Migración (DEM) para autorizar, denegar y sancionar a empleadores que contraten a extranjeros sin los permisos pertinentes.

Para que un extranjero pueda ser contratado legalmente por una empresa en Chile, es crucial cumplir con tres requisitos fundamentales:

  1. Obtener alguna calidad de permanencia legal en el país (visación).
  2. Que el tipo de autorización le permita trabajar (ser titular de la visa).
  3. Que la visa otorgada se encuentre vigente.

Calidades de Permanencia Legal

La ley chilena distingue entre diferentes categorías de extranjeros:

  • Turistas
  • Residentes con visa temporaria
  • Personas con visa sujeta a contrato
  • Estudiantes
  • Diplomáticos
  • Residentes con permanencia definitiva

En general, solo aquellos con permanencia definitiva o una visa en calidad de titular están autorizados para trabajar en el país.

Extranjeros que Pueden Ser Contratados

Los siguientes extranjeros pueden ser sujetos de un contrato de trabajo en Chile:

  1. Extranjeros con Permanencia Definitiva: Esta calidad permite residir indefinidamente en Chile y realizar cualquier actividad lícita. Se acredita con el certificado emitido por el DEM y la cédula de identidad vigente.
  2. Titulares de Visa de Residencia Temporaria: Pueden realizar cualquier actividad lícita, incluyendo labores remuneradas. El empleador debe verificar que la visa esté vigente al momento de la contratación, mediante la exhibición del estampado de la visa en el pasaporte.
  3. Titulares de Visa Sujeta a Contrato: Habilita al titular a trabajar exclusivamente con el empleador que suscribe el contrato que originó la visación. El término de la relación laboral provoca la caducidad inmediata de la visa, impidiendo al extranjero suscribir un nuevo contrato sin regularizar su situación.
  4. Excepcionalmente: Con autorización previa del DEM, turistas, diplomáticos y residentes estudiantes pueden ser autorizados para trabajar en Chile en casos calificados. La autorización a turistas se otorga solo en casos calificados y por un plazo máximo de 30 días, prorrogables. A estudiantes extranjeros se les otorga un permiso especial para realizar su práctica profesional remunerada o para obtener ingresos para pagar sus estudios. Los agentes diplomáticos pueden realizar actividades remuneradas solo si existe un acuerdo bilateral entre Chile y su país de origen que lo autorice expresamente.

Documentación Necesaria para la Visa de Trabajo

Para postular a una visa de trabajo en Chile, generalmente se requiere la siguiente documentación:

  1. Carta del empleador en Chile detallando la empresa, datos de contacto y las razones para la contratación.
  2. Contrato de trabajo en español legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y firmado por el empleado y el empleador, cumpliendo con las disposiciones laborales y previsionales.
  3. Copia de los títulos académicos (si aplican al puesto).
  4. Formulario de postulación completado en el computador.
  5. Certificado de antecedentes emitido por el Ministerio de Justicia del país de origen.
  6. Certificado médico que descarte enfermedades infectocontagiosas, emitido por un médico/centro médico registrado, con no más de 30 días de vigencia.
  7. Itinerario de viaje.

La falta de cualquier documento puede retrasar el proceso de la visa.

¿Cómo Certificar que un Extranjero Puede Trabajar en Chile?

El único documento que acredita esta situación es la página del pasaporte con la visa estampada por el DEM, donde consta la calidad de la autorización (titular o dependiente), su tipo (temporaria, sujeta a contrato u otra), el período de vigencia y, en caso de ser sujeta a contrato, el nombre del empleador autorizado.

Además, el extranjero debe registrar su permiso de residencia en la PDI y solicitar una cédula de identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Extranjeros que No Pueden Ser Contratados

Generalmente, no pueden ser contratados:

  1. Quienes hayan obtenido una visa como dependiente.
  2. Quienes ingresen con permiso de turista, como residente estudiante o como residente diplomático, salvo autorización especial.

Sanciones por Incumplimiento

El empleador que no cumpla con estos requisitos será sancionado con una multa a beneficio fiscal que, actualmente, oscila entre $783.363.- y $1.983.332.-, dependiendo de la cantidad de días que perdure la situación y la reincidencia del sancionado.

Antes de contratar a un trabajador extranjero, es vital verificar que su situación migratoria le permita trabajar en Chile, lo cual se confirma con el estampado de la visa en el pasaporte o con el certificado de permanencia definitiva.

Consideraciones Adicionales

  • Residente Sujeto a Contrato: Extranjero que viene a Chile a desarrollar actividades laborales, siempre que estas no sean consideradas peligrosas o atentatorias para la seguridad nacional.
  • Cláusula de Viaje: El contrato debe incluir una cláusula donde el empleador se compromete a pagar al trabajador y su familia el pasaje de regreso al país de origen al término del contrato.
  • Término de la Relación Laboral: Si la relación laboral termina, la visa sujeta a contrato caduca.
  • Documentación Adicional: El trabajador extranjero debe contar con el finiquito del contrato anterior, acta de comparecencia o constancia de la Inspección del Trabajo.
  • Situación Previsional: La situación previsional del extranjero que trabaja en Chile se rige por el Decreto Ley N° 3.500.

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