La afiliación al Seguro de Cesantía es automática para aquellos que fueron contratados después del 2 de octubre de 2002, son mayores de 18 años y tienen un contrato regido por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o son trabajadores(as) de casa particular. En este caso, usted no debe realizar ningún trámite.
Afiliación Voluntaria a la AFC
Si fuiste contratado bajo el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública, o si iniciaste tus labores como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), utilizando tu ClaveÚnica. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puedes acceder con tu Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.
Obligaciones del Empleador
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com. Su empleador(a) debe pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente al inicio del contrato o el día 13 si el pago es vía electrónica. En caso de no contar con cédula de identidad, el(la) empleador(a) utilizará el NIC (número de identificación para cotizar) del trabajador o trabajadora.
El empleador debe:
- Completar el formulario de “Aviso de Iniciación de Servicios” de manera electrónica en la Sucursal virtual de empleadores.
- También podrá hacerlo a través de PreviRed.com.
Este aviso:
- Indica la fecha de incorporación al sistema.
- Indica las cotizaciones obligatorias a las que se está afecto.
Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. En el caso de tener más de un empleador, puede recibir el pago de cotizaciones de varios empleadores.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía
Para acceder al Seguro de Cesantía, es necesario:
- Estar cesante.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo.
Las causales de término de contrato que permiten acceder al seguro son:
- Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ).
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art.
- Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ).
- Necesidades de la empresa (Art. ).
- Quiebra del empleador (Art. ).
Cobro del Seguro de Cesantía
Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela.
Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.
Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Subsidio de Cesantía
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Compatibilidad con Pensiones
De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.
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