En Chile, el término de una relación laboral puede dar lugar a diversas indemnizaciones o prestaciones dependiendo de la causa que lo motive.

Causales de Término de Contrato

En doctrina, las causales se han clasificado en:

  1. Aquellas que tienen lugar por voluntad de las partes, del trabajador o por muerte de éste (art. 159).
  2. Aquellas imputables a la conducta del trabajador o causales de “caducidad” (art. 160).
  3. Aquellas que operan por decisión unilateral del empleador.

Ahora bien, en ocasiones, las partes del contrato de trabajo, acuerdan el pago de indemnizaciones en caso que éste termine por una causal distinta de aquellas previamente enunciadas. Y en estos casos, como en todos los otros, corresponde hacerse las mismas preguntas.

Es importante tener en cuenta que la jubilación no pone término al contrato.

El hecho de que el empleador efectúe un pago por concepto de indemnización no supone que éste, por sí solo, ponga término al contrato de trabajo.

Tipos de Indemnizaciones y Pagos

1. Indemnización por Años de Servicio

El trabajador tiene derecho a un mes de remuneración por cada año de servicio con un tope de 11 años.

2. Indemnización del Feriado Anual y Proporcional o Vacaciones

Si el trabajador no ha utilizado sus vacaciones o feriado anual al momento de la desvinculación, el empleador deberá pagar junto con el finiquito, la remuneración correspondiente a los días de feriado no utilizados.

3. Renuncia Voluntaria (art. )

Pagos e Indemnizaciones: El trabajador no tiene derecho a indemnización por años de servicio ni a la indemnización sustitutiva del aviso previo.

Si corresponde el pago de la Indemnización del feriado anual y proporcional o vacaciones debiendo tener presente que los contratos celebrados después del 31 de diciembre de 2021 contemplan una indemnización de 2.5 días por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días conforme normativa especial que puede revisar en Contrato de trabajo por obra o faena.

4. Conclusión del Trabajo o Servicio que dio Origen al Contrato (art. )

Pagos e Indemnizaciones: El trabajador no tiene derecho a indemnización por años de servicio ni a la indemnización sustitutiva del aviso previo.

Si corresponde el pago de la Indemnización del feriado anual y proporcional o vacaciones debiendo tener presente que los contratos celebrados después del 31 de diciembre de 2021 contemplan una indemnización de 2.5 días por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días conforme normativa especial que puede revisar en Contrato de trabajo por obra o faena.

5. Vencimiento del Plazo Convenido en el Contrato (art. )

Causal: El contrato termina porque se extingue o cumple el plazo convenido en el contrato de trabajo, el cual tiene una duración máxima de un año.

Pagos e Indemnizaciones: El trabajador no tiene derecho a exigir el pago de la indemnización por años de servicio ni indemnización sustitutiva de aviso previo, ya que este tipo de indemnización procede únicamente cuando los trabajadores son despedidos por necesidades de la empresa.

Escenario de reclamación sobre la causa de despido: Si el contrato termina porque se cumple el plazo establecido, el trabajador solo podrá demandar cualquier monto faltante en el finiquito.

El Finiquito

Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.

Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).

El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

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