En Chile, todas las empresas, especialmente las Pymes, deben conocer los impuestos que benefician directamente a sus trabajadores. Uno de los más importantes es el Impuesto Único de Segunda Categoría a los Sueldos, Salarios y Pensiones, que afecta las remuneraciones de los colaboradores que trabajan bajo contrato.
¿Qué es el Impuesto Único?
Es un tributo progresivo que se paga mensualmente y se aplica a las remuneraciones obtenidas por servicios prestados bajo un contrato de trabajo. Este impuesto es proporcional a las retribuciones que perciben los trabajadores cada mes, cuanto mayor sea el salario, mayor será el monto del impuesto.
¿Quién paga este impuesto?
Todos los trabajadores dependientes (con contrato) pagan este impuesto. Sin embargo, el trámite ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) lo realiza el empleador. La razón por la que el Fisco pide que sean los empleadores quienes tramiten este impuesto, es que necesita asegurar que le paguen de alguna manera. El rol de la empresa es ser garante de que este dinero será declarado.
Es importante destacar que el empleador solo se preocupa de hacer este trámite para sus trabajadores contratados.
¿Qué tipo de renta laboral paga este tributo?
Según el artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), el impuesto aplica a:
- Sueldos
- Salarios
- Pensiones
- Dietas
- Gratificaciones
- Participaciones
- Otras asimilaciones y asignaciones que aumenten la remuneración pagada por servicios personales, montepíos y pensiones.
Los trabajadores independientes no pagan el impuesto único, pero sí tributan el porcentaje de retención que deben descontar cuando emiten sus boletas de honorarios y el Impuesto Global Complementario.
¿De cuánto es el impuesto?
El monto es variable y depende de cuatro factores:
- Lo que indique la tabla tributaria del SII que hay que descontar cada mes.
- La base tributable del trabajador que se calcula en su liquidación de sueldo.
- Si su renta es diaria, semanal, quincenal, o mensual, según el contrato acordado con tus colaboradores.
- Si la renta supera una cantidad de unidades tributarias mensuales (UTM) definida por la ley, indicada en la tabla.
¿Cómo calcular el impuesto único?
Para calcularlo, se aplica una fórmula que tiene tres variables:
- Base tributable
- Factor de la tabla del SII
- Cantidad a rebajar indicada por la tabla del SII
La fórmula es: (Base Tributable x Factor Tabla) - Monto a Rebajar Tabla = Total Impuesto a pagar
Ejemplo: Se paga a una trabajadora un salario líquido de $800.000.
Según la tabla del SII, este monto cae dentro del rango de renta líquida imponible de $786.348,01 y $1.747.440,00. Por ende, a este rango se le aplica un factor de 0,04.
Según la tabla, la cantidad de dinero a restar a la base imponible es de $31.453,92. Entonces se aplica la fórmula:
(800.000x0,04) - 31.453,92 = 32.000 - 31.453,92 = 546,08
El impuesto único es de $546,0
¿Qué remuneración no paga este impuesto único?
Las imposiciones obligatorias que se destinen a la formación de fondos de previsión y retiro, y las cantidades percibidas por concepto de gastos de representación.
¿Y si se paga este impuesto fuera de plazo legal?
Se perjudica al trabajador y a la empresa porque hay que pagar una multa:
- Según el artículo 53 del Decreto Ley N.º 830 sobre Código Tributario, el impuesto hay que pagarlo igual, pero reajustado según inflación (usando el índice de precios al consumidor) en el período comprendido entre el último día del segundo mes que precede al del vencimiento y el último día del segundo mes que precede al de su pago.
- Aplica un interés penal del 1,5% por ciento mensual por cada mes o fracción de mes de mora.
- Según el artículo 97 del mismo Código, este retraso conlleva una multa de un 10% del impuesto adeudado. Esta pena subirá en un 2% por cada mes o fracción de mes de retraso, pero tiene un tope: no podrá exceder el 30% de la deuda.
- Pero si el SII detectó que se omitió todo o parte de este impuesto en la declaración a propósito, la multa y su límite máximo serán de 30% y 60%, respectivamente.
¿Es posible recuperar este impuesto?
El SII explica que todo depende según lo que declare en la Operación Renta en abril todos los años y si alguna de estas rentas cabe dentro de las rebajas de rentas y créditos definidos en el Formulario 22:
- Línea 19, Código 750 (intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria del artículo 55 bis) o Código 740 (dividendos hipotecarios viviendas DFL 2); y/o
- Línea 20, Código 822 (20% Cuotas Fondos Inversión) y/o Código 765 (Ahorro Previsional Voluntario).
- Línea 38. Crédito por Gasto de Educación, artículo 55 ter de la Ley de la Renta.
¿Se puede pagar una mayor cantidad de impuesto único?
Sí, siempre y cuando el trabajador así lo apruebe, explica el SII. Normalmente, quienes hacen esto perciben remuneraciones por trabajar para más de dos empleadores.
Este dinero extra puede ser rendido de dos maneras:
- Como empleador, se declara a través del Formulario 29 y queda registrado como un Pago Provisional voluntario (PPM) del trabajador.
- El trabajador lo hace por su cuenta, a través del Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo.
¿Qué pasa si el trabajador tiene más de una relación laboral?
En este caso, al trabajador le conviene hacer una reliquidación anual de este impuesto durante la Operación Renta.
¿Se tiene que pagar este impuesto si se es socio de la empresa y además un trabajador dependiente de esta?
Así es.
Diferencia entre Renta Bruta y Renta Líquida
Es fundamental comprender la diferencia entre renta líquida y renta bruta, especialmente al negociar la contratación de un nuevo empleado para evitar confusiones sobre los montos del contrato.
¿Qué es la renta bruta?
La renta bruta incluye:
- Sueldo base: Monto pactado en el contrato laboral.
- Ingresos que no constituyen remuneración: Gastos en los que incurre el trabajador por ejecutar su trabajo (movilización, colación, entre otros). Estos ingresos no están afectos a cotizaciones previsionales.
¿En qué consiste la renta líquida y qué descuentos se aplican?
La renta líquida es el monto de dinero que recibe un trabajador cada mes, después de aplicar todos los descuentos establecidos por el Código del Trabajo:
- Cotización Previsional equivalente al 10% del salario imponible más la comisión que cobre la AFP correspondiente.
- Cotización de salud equivalente a un 7% del sueldo imponible. El trabajador puede decidir contratar prestaciones adicionales que impliquen un mayor porcentaje de descuento.
- Seguro de Cesantía equivalente al 0,6% si el trabajador tiene contrato indefinido.
- Impuesto Único de Segunda Categoría (en caso de que el salario imponible supere las 13,5 UTM).
También se pueden considerar deducciones por concepto de cuotas sindicales, descuentos por planilla, APV, ahorro para viviendas, entre otros.
Ejemplo práctico
Supongamos que Sofía trabaja de manera indefinida como vendedora en una reconocida empresa de retail a cambio de un sueldo bruto equivalente a $600.000, compuesto por $500.000 en haberes imponibles (sueldo base + pagos que constituyen remuneración) y $100.000 de haberes no imponibles (pagos que no constituyen remuneración).
Los descuentos serían:
- Ahorro jubilación (10%): $50.000
- Comisión AFP: $7.500 (suponiendo una comisión de un 1,5%)
- Salud (7%): $35.000
- Seguro de cesantía (0,6% contrato indefinido): $3.000
La suma de estas deducciones representa un total de $95.500, obteniendo un resultado de sueldo imponible equivalente a $404.500, que implica que Sofía no deberá pagar tributos por concepto del Impuesto Único de Segunda Categoría, ya que este valor no supera las 13,5 UTM.
Tipos de Sueldos en Chile
Es importante conocer los diferentes tipos de sueldos que existen en Chile:
- Sueldo base
- Sueldo bruto
- Sueldo líquido
- Sueldo fijo
- Sueldo variable
- Sueldo mínimo
¿Qué es el sueldo bruto?
Es la suma total del sueldo base más el total de haberes y asignaciones. En otras palabras, es el sueldo del trabajador antes de los descuentos legales.
¿Qué es el sueldo base?
Es la remuneración mensual fija que se acuerda con el trabajador en el contrato.
¿Qué es el sueldo líquido?
También se le conoce como sueldo neto y es un subproducto del sueldo bruto y del sueldo base. Se calcula descontando las cotizaciones previsionales (plan de salud en la Isapre o Fonasa, AFP y Seguro de cesantía), y a ese monto se le restan el Impuesto Único de Segunda Categoría, días ausentes, multas, descuentos legales y voluntarios y cualquier otro monto que se haya acordado con el trabajador.
Haberes Legales y Descuentos
Los haberes legales son los descuentos que se hacen sobre el salario bruto de los trabajadores que se deben pagar por una jornada laboral ordinaria. Algunos de estos haberes son imponibles (pagan impuestos) y otros corresponden a descuentos que podrían o no tributar al Fisco, dependiendo del contrato de trabajo que tengan.
Haberes que pagan impuestos:
- Sueldo base: es el sueldo bruto descontado las cotizaciones previsionales y la salud solamente.
- Gratificaciones legales: el Código del Trabajo establece que si la Pyme genera utilidades o excedentes líquidos en sus giros o balances, está obligada a gratificar a sus trabajadores anualmente en proporción no inferior al 30% de sus utilidades.
- Bonos de gestión: en el caso de que se haya pactado con el trabajador este tipo de remuneración imponible en el contrato de trabajo (sea individual o colectivo).
- Diferencia de gratificación anual: ocurren cuando hay reajustes en los ingresos de la empresa o de los trabajadores.
Descuentos que pagan impuestos:
- Cotizaciones AFP: Es el 10% del sueldo bruto más el porcentaje correspondiente a la comisión que hay que pagarle a la empresa administradora de estos fondos (AFP).
- Cotización de Salud: Es el 7% de la base imponible si es Fonasa o el equivalente en UF si los colaboradores pagan un plan de salud en una isapre.
- Impuesto Único de Segunda Categoría: Es un tributo progresivo mensual que pagan todos los trabajadores dependientes (con contrato), pensionados o montepiados sujetos y aplica sobre sueldos, salarios y pensiones que excedan las 13,5 UTM.
- Seguro de Cesantía: Es un derecho laboral que corresponde al 0,6% del sueldo base imponible y aplica a los sueldos de trabajadores con contratos regidos por el Código del Trabajo.
- Días ausentes: Licencias médicas, ausencias no justificadas, o fracción si comenzó a mediados de mes. También aplican los minutos u horas no trabajadas de una jornada laboral ordinaria debido a retrasos para aquellos contratos que exijan registro de asistencia y cantidad de horas cumplidas.
- Horas extra o sobresueldo: Se tienen que calcular considerando una jornada de 45 horas y con un recargo de 50% del monto.
Descuentos Adicionales
Son montos optativos porque no siempre las empresas las ofrecen o pactan con todos los trabajadores por igual. También varían según el tipo de contrato, ya sea a plazo fijo o indefinido y la naturaleza del trabajo que realizan. Algunos pagan impuestos y otros no.
Pagan impuestos:
- Comisiones de venta: el SII cobra un porcentaje de estas comisiones por sobre el precio de venta o compras de clientes u otro tipo de operaciones.
No pagan impuestos:
- Ahorro Previsional Voluntario (APV): Si se ofrece un contrato de ahorro colectivo a los trabajadores, se tiene que considerar el descuento individual después de todos los descuentos legales
- Pensión alimenticia: se debe hacer este descuento en el caso de que se tenga un trabajador que debe pagar pensión alimenticia ordenada por un tribunal.
- Aportes sindicales: aplica en el caso de que la Pyme cuente con más de 50 trabajadores y al menos 25 de ellos formen un sindicato.
- Anticipos de sueldo: es un descuento voluntario porque se acuerda con los trabajadores si se hace este adelanto, de cuánto es y cuándo se hace.
- Préstamos: es un pacto entre la empresa y los colaboradores si se hacen préstamos de dinero y cómo se cobra después el dinero, con o sin intereses, cuando se pagan los sueldos.
- Créditos de Caja de Compensación: también es un descuento voluntario que no tributa al Fisco porque los trabajadores deciden si lo usan o no.
- Asignación familiar: es un descuento que varía según el contrato del trabajador.
Cálculo del Sueldo Líquido
Para calcular el sueldo líquido, se comienza sacando el sueldo bruto. Es el monto que se acuerda pagarle al trabajador antes de los descuentos legales y los adicionales.
Se debe tener en consideración la semana corrida; si el colaborador recibe un sueldo por día hábil trabajado igual tiene derecho a recibir remuneración por los días domingo y festivos. La semana corrida comprende todos los días de remuneraciones y se dividen por el número de días que el trabajador debió laborar a la empresa.
Al sueldo bruto (el monto antes de los descuentos legales obligatorios y voluntarios) se le descuentan las cotizaciones previsionales:
- Salud (7%)
- AFP (10%)
- Seguro de Cesantía (3%)
El monto resultante se llama monto afecto a impuesto. De este se descuentan:
- Impuesto Único de Segunda Categoría
- Días ausentes
- Horas extra
- Descuentos adicionales
Una vez que se restan estos números, se obtiene el sueldo líquido.
Ejemplo de Cálculo de Sueldo Bruto y Líquido
Si se pagan $814.130 mensuales, ese es el salario bruto.
Si a este monto se le descuentan impuestos, salud y pensión, entre otros que pueden ser aproximadamente de $122.119.
Según estos cálculos el sueldo líquido para esta persona será de $692.010.
Sueldo bruto $814.130 - retenciones $122.119 = sueldo líquido $692.010
Importancia de Calcular Bien el Sueldo Bruto
Es importante tener claridad sobre este monto no solo para mantener una buena relación con los empleados, sino también para llevar una administración financiera adecuada de la empresa y para cumplir con los requisitos que la ley exige.
Un sueldo bruto correcto permite apoyar a los trabajadores que postulan a subsidios del Estado como el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y actualizar sus fichas en el Registro Nacional de Hogares.
Cuando se contratan trabajadores nuevos, el sueldo bruto es uno de los datos que estos necesitan para postular al IFE Laboral, un aporte económico que incentiva a las empresas a contratar.
Los inspectores de la Inspección del Trabajo revisarán los cálculos de sueldo bruto cuando fiscalicen si reciben un reclamo o demanda laboral en contra de la empresa.
El sueldo bruto es una cuenta por pagar y como tal debe aparecer claramente en el balance general cada mes.
¿Qué es el Sueldo Mínimo?
Es el ingreso mínimo mensual que por ley deben recibir todos los trabajadores mayores de 18 años que laboran a jornada completa en Chile. Gracias a la nueva Ley N° 21.456 desde el 1 de enero del 2023 este corresponde a $410.000 mensuales.
¿Qué es el Sueldo Fijo?
Es un tipo de salario que es periódico, estable en tiempo, por ende no varía bajo ninguna circunstancia. Puede ser semanal, quincenal, o mensual. Queda definido en el contrato de trabajo o en el acuerdo de servicio a honorarios.
¿Qué es el Sueldo Variable?
Es un tipo de ingreso salarial cuyo monto puede variar según parámetros o indicadores relacionados con el trabajo del empleado. Esto significa que se le paga un sueldo fijo base y un porcentaje adicional en concepto de comisiones si cumple con un objetivo o indicador específico.
En resumen, el Impuesto Único de Segunda Categoría es un aspecto crucial en la gestión de remuneraciones en Chile. Comprender su cálculo y las obligaciones asociadas es fundamental para el cumplimiento normativo y una correcta administración financiera de la empresa.
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