La cuota mortuoria es un beneficio que otorgan el Instituto de Previsión Social (IPS), las AFP y las Compañías de Seguros para ayudar a cubrir los costos derivados del fallecimiento de una persona. Este aporte económico contribuye a cubrir los gastos de funeral de la o el afiliado al sistema de pensiones de AFP o del Sistema de Pensiones Solidarias.

¿Qué cubre la cuota mortuoria?

Puede abarcar servicios funerarios, el traslado del cuerpo, gestiones administrativas y otros gastos relacionados con la sepultura o cremación.

¿Cómo solicitar la cuota mortuoria?

Para efectuar las consultas pertinentes, puedes comunicarte vía telefónica o acercarte a la institución en la que la persona fallecida tenía su pago de jubilación o cotizaciones e indicar el RUT del fallecido/a.

Solicitud a través de AFP:

  1. Si el/la fallecido/a era afiliado/a a una AFP, el cobro de la cuota mortuoria debe hacerse a través de esa misma AFP.
  2. La persona solicitante debe presentarse con factura y certificado de defunción del afiliado con causa de muerte, en la AFP que le corresponda.

Solicitud a través de IPS:

En el caso de IPS, se deberá presentar la factura y la persona a quien se facturó el servicio funerario.

Monto de la Cuota Mortuoria

Otorga 15 UF a quien asuma los costos funerarios de un afiliado fallecido. Si la factura la cobra la persona unida por matrimonio, o parentesco con el afiliado fallecido, se paga el máximo de 15 UF. El monto es financiado con el saldo disponible en la cuenta de ahorro del o la causante.

Documentación Necesaria

Deberás adjuntar:

  • Certificado de Defunción.
  • Factura de gastos fúnebres con el nombre y RUT del fallecido y de quien realizó el gasto.
  • Datos bancarios para realizar devolución del dinero (nombre, RUT, banco, N° y tipo de Cuenta). Si no tiene cuenta, se entregará un cheque.

Plazos y Beneficiarios Adicionales

El plazo para cobrar cuota mortuoria es de 3 meses posterior a la notificación de fallecimiento del afiliado. Quienes recibían este beneficio antes del 1 de febrero de 2022, son causantes de Asignación por Muerte por un monto equivalente a 3 ingresos mínimos.

¿Quiénes pueden solicitar la asignación por muerte?

Si eres una persona natural, recibe un reembolso por los gastos funerarios que tuviste que pagar por el fallecimiento de una persona beneficiaria activa (trabajadores) o pasiva (pensionados) del antiguo sistema previsional. Solicita la asignación durante todo el año a través del sitio web y las sucursales ChileAtiende. Haber sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales.

Consideraciones Adicionales

Por lo general, si una persona trabajadora afiliada a una AFP muere, tendrás derecho a cobrar la cuota mortuoria en la AFP respectiva, siempre y cuando te hagas cargo de los gastos funerarios.

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