El tema que trataremos a continuación es el pago del finiquito en cuotas. Abordaremos la situación que ocurre una vez terminada la relación laboral y llegada la hora de firmar finiquito, momento en el cual el empleador plantea que desea hacer un pago de finiquito en cuotas.
¿Qué es el Finiquito?
El finiquito, es un documento que tiene por objeto dejar constancia que la relación laboral entre trabajador y empleador ha finalizado, ya sea por renuncia o despido, causal que debe estar claramente definida en este; además de consignar en el mismo las prestaciones y obligaciones pecuniarias que se pagan en el finiquito.
La importancia de un finiquito es que libera a las partes de toda responsabilidad que pudiera derivarse del contrato de trabajo que los vinculaba originalmente.
Un contrato solo puede rescindirse por causas legales expuestas en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo.
Plazos y Obligaciones
El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.
Así, desde el término de la relación laboral, ya sea por despido o renuncia, tu empleador tiene sólo 10 días para poner el finiquito a tu disposición, si no lo hace debes comenzar a hacer las gestiones para obtener el pago.
El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.
Los empleadores deben estar al día con las contribuciones al seguro de pensiones, de salud y de desempleo de manera oportuna antes del último día del mes anterior al despido.
El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
Tesorería sólo paga de acuerdo a la información enviada por Dirección del Trabajo. Por lo tanto, debes haber solicitado tu finiquito laboral electrónico en Portal MI DT.
Pago del Finiquito
Dado esto, la ley obliga a que el finiquito se pague en el plazo indicado y en un sólo acto. Sin perjuicio de ello la ley establece que las partes podrán pactar el pago en cuotas de conformidad con los artículos 63 bis y 169.
Efectivamente, el artículo 63 bis del Código del Trabajo indica expresamente: En caso de término del contrato de trabajo, el empleador estará obligado a pagar todas las remuneraciones que se adeudaren al trabajador en un solo acto al momento de extender el finiquito. Sin perjuicio de ello, las partes podrán acordar el fraccionamiento del pago de las remuneraciones adeudadas y dicho pacto se regirá por lo dispuesto en la letra a) del artículo 169.
Por su parte la letra a) del artículo 169 del citado código, en lo pertinente establece: “sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, las partes podrán acordar el fraccionamiento del pago de las indemnizaciones; en este caso, las cuotas deberán consignar los intereses y reajustes del periodo. Dicho pacto deberá ser ratificado ente la inspección del trabajo. El simple incumplimiento del pacto hará inmediatamente exigible el total de la deuda y será sancionado con multa administrativa.
Pago en Cuotas: ¿Es Posible?
¿Te has preguntado si un finiquito se puede pagar en cuotas? El artículo 169 del Código del Trabajo de Chile permite a las partes pactar plazos de amortización.
Así, un finiquito se puede pagar en cuotas, bajo ciertas condiciones, claro. De esta forma, un finiquito se puede pagar en cuotas, pero sólo si existe mutuo acuerdo entre las partes. De no existir tal acuerdo, el empleador debe pagar el finiquito en cuotas.
Por otro lado, pagar el finiquito a plazos es una opción legal, mas no una imposición.
Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).
Efectivamente, considerando la modificación introducida por la Ley Nº 20.684 al artículo 177 del Código del trabajo, se obliga al empleador a confeccionar el finiquito y poner su pago a disposición del trabajador, dentro del plazo que el mismo prevé, posible es convenir que el fraccionamiento en comento podrá acordarse respecto de todas las sumas que corresponda pagar por el término de la relación laboral, independientemente de la naturaleza jurídica de los respectivos emolumentos.
Finiquito Laboral Electrónico
El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria.
No olvides que en Portal MI DT también debes señalar qué medio de pago prefieres recibir el pago de tu finiquito laboral electrónico.
Tesorería es la encargada de hacer el pago, y lo hará a través del medio que hayas seleccionado.
El finiquito laboral electrónico, en términos generales, produce el mismo efecto jurídico que el finiquito ratificado presencialmente, esto es, dejar constancia del término de la relación laboral y de las obligaciones derivadas del mismo.
Proceso y Requisitos del Finiquito Electrónico
- Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
- Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.
- RUT del empleador o empleadora, y cédula de identidad vigente del trabajador o trabajadora.
Opciones al Recibir la Propuesta de Finiquito
- “Aceptar propuesta”. Haga clic en “Aceptar y firmar”.
- “Aceptar propuesta con reserva de derechos”. Complete la información requerida, señalando específicamente el o los motivos asociados a la reserva de derechos, y haga clic en “Ver para firmar”.
- “Rechazar propuesta”. Ingrese los motivos en el campo “Describir motivo del rechazo”, y haga clic en “Rechazar”.
Aceptar con reserva de derechos (aspectos sobre los cuales las partes tienen diferencias y que serán materia de reclamo posterior) y manifestar sus observaciones, las que deben realizarse de forma específica y no genérica.
Rechazar la propuesta y manifestar sus observaciones, concluyéndose el proceso.
Después de que el empleador o empleadora pague, recibirá una notificación en su correo electrónico.
Importante: el pago (si corresponde) debe realizarse en el mismo acto de ratificación del finiquito.
¿Cómo saber si tu pago ya está disponible?
Ingresa a Oficina Virtual TGR, haz click en Solicitud de reemplazo cheques devueltos caducados e ingresa con tu ClaveÚnica o Clave Tributaria (SII).
Si escogiste la opción de pago con cheque, recuerda que su vigencia es de 60 días corridos desde su emisión.
Ten en consideración que Correos de Chile realiza 3 intentos de entrega del cheque. Debes pedir un nuevo documento.
Información Adicional
Necesitarás tu ClaveÚnica.
El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).
Importante: para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.
Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.
Para el pago del finiquito, ingrese al portal Mi DT, seleccione la opción de finiquito laboral, y haga clic en el botón "Ir a portal de pago".
Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”. Para validar la propuesta de finiquito, haga clic en “Firmar y enviar finiquito a revisión”.
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