El finiquito es un documento escrito que formaliza el término de la relación laboral. Es bueno recordar que este documento es la forma legal en la que un trabajador y su empleador ponen fin a su relación laboral.

Debe ser firmado por ambas partes, el trabajador y el empleador, ante un ministro de fe (como un notario), y en él se deja constancia de que todas las obligaciones derivadas del contrato de trabajo han quedado extinguidas. Además, en este documento se detalla el pago de las prestaciones adeudadas y se registra el motivo del término de la relación laboral.

Plazos y Obligaciones del Empleador

Según el Artículo 177 del Código del Trabajo, el empleador está obligado a poner a disposición el finiquito (y efectuar el pago correspondiente) dentro de los 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador. En caso de haber dinero de por medio ya sea por vacaciones generadas y no disfrutadas u otras indemnizaciones por despido, el plazo para pagar el finiquito es también de 10 días hábiles. Otro detalle importantísimo que debes saber es que el empleador debe poner a disposición el finiquito dentro de 10 días hábiles desde la separación del trabajador.

En otras causales (Art. 160 CT o Art. 159 CT) no tendrás derecho a indemnización alguna. En cambio, si tu despido corresponde al artículo 161 del Código del Trabajo -esto es: necesidades de la empresa o desahucio- tendrás derecho a las indemnizaciones del mes de aviso previo. El monto y las indemnizaciones dependerán de la causal de despido que se haya invocado en la carta de despido.

Si ambas partes llegan a un acuerdo, el monto establecido puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Requisitos para la Validez del Finiquito

  • El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple).
  • El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.
  • La ley exige que, antes de ratificar el finiquito, el ministro de fe verifique que el empleador haya pagado las cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior al despido. Para ello, el empleador debe presentar los certificados de cotizaciones, el certificado de Previred y las planillas de pago correspondientes.
  • El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

Casos Especiales

Contratos de Corta Duración: Si el contrato tiene una duración de hasta 30 días y efectivamente finaliza en ese término, no se requiere la suscripción de finiquito. Sin embargo, si el contrato se extiende por 30 o más días o que, vencido este plazo máximo, el trabajador continúe prestando servicios al empleador con su conocimiento, sí se requiere.

¿Estás obligado a firmar el finiquito?

No. Bajo ninguna circunstancia estás obligado a firmar el finiquito. En caso de que estés disconforme, no estés seguro o si no te avisaron dónde debes firmar el finiquito, puedes ir a las oficinas de la Dirección del Trabajo y solicitar un comparendo de conciliación.

Reserva de Derechos

Sin perjuicio de lo anterior, existe una solución en caso de que necesites el dinero o quieras cobrarlo sin perder la posibilidad de ejercer acciones judiciales. La Reserva de Derecho es una herramienta que pueden ejercer los trabajadores al momento de firmar el finiquito. La mejor opción en caso de cualquier disconformidad y/o duda, es escribir la Reserva de Derechos en el finiquito. Esta debe ser precisa respecto los derechos que se reservará el extrabajador para demandar posteriormente.

La reserva de derechos es una declaración unilateral y escrita que efectúa el trabajador en el mismo documento del finiquito, en la que manifiesta que no está conforme con ciertos aspectos del despido y que se reserva el derecho a demandar aquellos conceptos o montos que considere indebidos o insuficientes. Lo anterior puede incluir indemnizaciones legales y voluntarias, renuncia a ejercer acciones judiciales, entre otros.

Ejemplo de Reserva de Derechos:

“Sin perjuicio de lo expuesto, me reservo todas las acciones y derechos que me corresponden para impugnar la causal invocada por el empleador debido al carácter de injustificada, indebida y/o improcedente. También hago reserva de acciones y derechos para impugnar la base de cálculo, la fecha de inicio y despido de la relación laboral y todas las prestaciones laborales o cualquier otra prestación laboral que se adeuda. Asimismo, me reservo las acciones de tutela laboral, nulidad del despido y las otras acciones que me asistan. Las cuales deduciré en su debida oportunidad ante los tribunales laborales que correspondan, conforme a las disposiciones legales vigentes aplicables a la materia.”

Existen reservas mucho más abreviadas, pero eso dependerá del conocimiento que tenga el trabajador y si recibió una asesoría previa a la firma del finiquito.Sin perjuicio de esto, el único momento en el cual te podrían impedir firmar con reserva es en una notaría de manera presencial.

Cálculo del Finiquito

Para el cálculo del finiquito se debe distinguir si la remuneración del trabajador es fija o variable.

  • La remuneración será fija cuando reciba un sueldo base todos los meses y no dependa de ventas u otros factores para aumentar o disminuir su sueldo.
  • En cambio, la remuneración será variable cuando el salario del trabajador dependa de ventas y/o comisiones para aumentar o disminuir su sueldo.

Finiquito Laboral Electrónico

El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria.

Requisitos:

  • RUT del empleador o empleadora, y cédula de identidad vigente del trabajador o trabajadora.
  • Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
  • Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.

Pasos para el trabajador:

  1. Ingresa al sitio web de la Dirección del Trabajo (DT). Necesitarás tu ClaveÚnica.
  2. Escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “Ingresa”.
  3. Para validar la propuesta de finiquito, haga clic en “Firmar y enviar finiquito a revisión”.

Opciones al recibir la propuesta:

  • “Aceptar propuesta”. Haga clic en “Aceptar y firmar”.
  • “Aceptar propuesta con reserva de derechos”. Complete la información requerida, señalando específicamente el o los motivos asociados a la reserva de derechos, y haga clic en “Ver para firmar”.
  • “Rechazar propuesta”. Ingrese los motivos en el campo “Describir motivo del rechazo”, y haga clic en “Rechazar”. El trabajador o trabajadora puede registrar los motivos de su rechazo. En este caso se finaliza el trámite.

Para el pago del finiquito, ingrese al portal Mi DT, seleccione la opción de finiquito laboral, y haga clic en el botón "Ir a portal de pago". Después de que el empleador o empleadora pague, recibirá una notificación en su correo electrónico. Como resultado del trámite, habrá ratificado el finiquito de trabajo. Importante: el pago (si corresponde) debe realizarse en el mismo acto de ratificación del finiquito.

¿Qué hacer si perdiste tu finiquito?

Si perdiste tu finiquito, solicita una copia a tu antiguo empleador o empleadora.

Facultad de las Cajas de Compensación

Sí, las Cajas de Compensación tienen la facultad de pactar con los trabajadores y sus avales que el empleador realice un descuento en el finiquito para cubrir una deuda pendiente. Sin embargo, para que dicho descuento tenga validez, el trabajador debe expresar de manera expresa y voluntaria, al momento de firmar el finiquito, su consentimiento para que se descuente el monto adeudado.

Incumplimiento del Empleador

El finiquito, una vez suscrito por ambas partes y ratificado ante un ministro de fe, es un título ejecutivo. Esto significa que, si el empleador no cumple con el pago, el trabajador tiene la posibilidad de iniciar un juicio ejecutivo ante los tribunales para exigir el cumplimiento, reclamando además los intereses y reajustes que correspondan.

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