Si estás tramitando o ya recibes una pensión de invalidez a través de Provida, es crucial que conozcas todos los detalles sobre el proceso, los requisitos y las diferentes modalidades de pago disponibles. A continuación, te ofrecemos una guía completa para resolver tus dudas.

Trámite de Solicitud de Pensión de Invalidez

Los trabajadores pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados.

Lo primero a considerar es haber llenado los formularios: Solicitud de Pensión, Solicitud de Calificación de Invalidez y la Ficha de Datos Personales para la Calificación de Invalidez.

Además, debes proporcionar los siguientes datos:

  • Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
  • Empleados públicos: deben presentar certificado que lo acredite.

Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo. Agenda el día y hora que más te convenga. Completa el formulario y recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles. Si tu cobertura del SIS está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia.

Evaluación de la Comisión Médica

La Comisión Médica te contactará y te dará el día, la hora y el lugar al que asistirás para evaluarte. Esta comisión te dará órdenes de exámenes e interconsultas médicas a realizarse en las instituciones adscritas a la Superintendencia. Con cobertura de SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre esta.

Tipos de Invalidez

  • Invalidez Total: pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior a 66%. Este dictamen será definitivo y no requiere una reevaluación posterior.
  • Invalidez Parcial: pérdida en la capacidad igual o mayor a 50% y menor a 66%. Este dictamen será transitorio por 3 años.

Al recibir el dictamen deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique.

  • Invalidez aprobada y definitiva: se emitirá un Certificado de Saldo. Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, solicita ofertas al SCOMP.
  • Invalidez parcial: sin cobertura del SIS, recibirás pensiones mensuales de ahorros de tu cuenta individual. En 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión. Tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.

Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.

Pago de la Pensión de Invalidez

La fecha de pago de tu pensión dependerá del convenio internacional mediante el cual recibes tu Pensión; además, a la fecha de pago en el calendario de pago informada deberás sumarle aproximadamente unos días 10 días hábiles.

¿Cómo consultar tu historial de pagos?

  1. Ingresa a tu Sucursal Virtual con tu RUT y Clave de Acceso.
  2. Allí verás el “Resumen de mi Pensión”.
  3. un menú desplegable que dice “Quiero”. Selecciónalo y mostrará dos opciones, elige “Historial de Pagos de Pensión”.

Consideraciones Adicionales

  • Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.
  • Si mueres antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso que tengas beneficiarios de Pensión.
  • La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.
  • La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años.
  • Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años.

Modalidades de Pensión

Si iniciaste tu solicitud, tu AFP te entregará un Certificado de Saldo que indicará el monto total ahorrado en tu cuenta y te mostrará los beneficiarios de Pensión. Si tus Ahorros pueden financiar una Pensión mensual superior a la Pensión Garantizada Universal (PGU) actual, recibirás ofertas de distintas modalidades de pensión a través del SCOMP. Estas se diferenciarán en el monto y quién pagará: una AFP, una compañía de seguros o ambas. Finalmente, indica tu selección. Para saber cuál es la opción más conveniente, hay que conocer las diferentes características de las modalidades.

Tipos de Modalidades de Pensión

  • Retiro Programado: Es una modalidad de Pensión pagada por una AFP. El monto es variable debido a que se recalcula cada año, dependiendo de lo que hayas ahorrado. Al morir, tus beneficiarios la recibirán como Pensión de Sobrevivencia.
  • Renta Vitalicia Inmediata: Es una modalidad de Pensión pagada por una Compañía de Seguros. El monto pactado con la Compañía de Seguros es fijo y vitalicio. La Pensión solo termina con la muerte del beneficiario. Al morir, tus beneficiarios recibirán dinero como Pensión de Sobrevivencia, pero no como Herencia.
  • Renta Vitalicia Diferida: Modalidad de Pensión con renta vitalicia diferida. Acá paga primero la AFP y después una Compañía de Seguros. La renta temporal se acabará en el tiempo establecido. Ya terminada, continúa la Renta Vitalicia con la compañía. Al morir, tus beneficiarios la recibirán como Pensión de Sobrevivencia.
  • Pensión Mixta: Modalidad de Pensión Mixta con retiro programado en la cual la AFP y la Compañía de Seguro pagan de forma simultánea. El monto de la AFP se recalcula cada año. El de la compañía es fijo y vitalicio. En este punto, el afiliado tiene la posibilidad de solicitar Condiciones Especiales de Cobertura para cubrir a sus beneficiarios en caso de fallecer. Las condiciones son dos: Periodo Garantizado y Cláusula de incremento de porcentaje.

Información Adicional

  • Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
  • La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
  • Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile. Ingresa acá para conocer si el país donde te encuentras posee Convenio Bilateral. Solo dale tu RUT.
  • Puedes comunicarte a nuestro Contact Center llamando al 600 201 0150 de lunes jueves de 8:30 a 17:00 hrs. y los viernes de 8:30 a 16:30 hrs.
  • El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
  • Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
  • Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.

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