El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio estatal destinado a mejorar los ingresos de jóvenes trabajadores. A continuación, se detalla información importante sobre las fechas de pago, requisitos y cómo gestionar este subsidio.
¿Cómo y cuándo postular al SEJ?
La postulación al Subsidio al Empleo Joven se puede realizar durante todo el año a través del sitio web del Sence.
Modalidades de Pago
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
- Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales, que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
- Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
* Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Requisitos para el Pago Mensual
En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Extensión del SEJ
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
- Por estudios: El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años. Se requiere un documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria).
- Por maternidad: Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
¿Dónde solicito la extensión del SEJ?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
Reincorporación al Subsidio
Solicita la reincorporación durante todo el año a través del Buzón Ciudadano y oficinas de Sence.
- Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
- Escribe tu RUN y ClaveÚnica, y haz clic en “Continuar”.
Como resultado del trámite, habrás solicitado la reincorporación al Subsidio al Empleo Joven. Tendrás respuesta a tu requerimiento en un plazo máximo de 120 días. La respuesta a tu reclamo llegará directamente al correo electrónico ingresado en la solicitud.
Consideraciones Importantes
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
Reintegro de Montos Percibidos en Exceso
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Renuncia al Subsidio por parte del Empleador
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
Información Adicional
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.
Sence utiliza el sistema de consulta correspondiente al Ministerio de Educación para verificar estos datos. Sin embargo, pueden ocurrir algunas inconsistencias que dificultan la entrega de esta información actualizada.
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