Esta es una consulta frecuente, especialmente al acercarse el fin de año y las vacaciones. A continuación, se detalla información relevante sobre el pago de sueldos a docentes en diferentes situaciones contractuales y los beneficios asociados.

Contratos Indefinidos vs. Contratos de Reemplazo

Cuando los profesores tienen contrato indefinido, no hay duda: se deben pagar los meses correspondientes a enero y febrero. El problema surge cuando los profesores tienen contrato de reemplazo, residual y para actividades extraordinarias o especiales de duración inferior a un año.

En el caso de los profesionales de la educación de colegios Particulares Pagados y Particulares Subvencionados, sigue la misma lógica y se encuentra establecida en el artículo 82 del mismo cuerpo legal, debiendo pagarse los meses de enero y febrero siempre que se reúnan los mismos requisitos señalados.

El plazo de 6 meses debe contarse por el periodo que se haya prestado al mismo empleador y no en el mismo establecimiento como señala el Código del Trabajo.

Deuda Histórica: Propuesta de Reparación

El Ministerio de Educación ha informado al Colegio de Profesoras y Profesores sobre la propuesta de reparación de la deuda histórica. Desde 2022, el Ministerio de Educación ha trabajado en conjunto con el Colegio de Profesoras y Profesores, lo que ha permitido avanzar coordinadamente en diversas materias, como la identificación de personas afectadas y la definición de los criterios generales de reparación.

Esta propuesta implica un esfuerzo significativo de parte del gobierno para entregar una reparación que compense económica y simbólicamente a las y los docentes afectados, de una manera responsable, considerando el escenario económico del país.

Puntos Clave de la Propuesta

  • Forma de pago: El pago será progresivo, comenzando en 2025 con las personas de mayor edad, avanzando por grupos de manera anual, continuando el criterio de cobertura desde los de mayor a los de menor edad.
  • Incompatibilidad con otras acciones de reparación: La reparación propuesta no se hará extensiva a las personas que ya han recibido un pago asociado a esta afectación, por acción de tribunales nacionales o internacionales, o por alguna otra forma de pago.
  • Identificación de personas beneficiarias: El Ministerio de Educación ya cuenta con un listado de personas que fueron parte del proceso de traspaso de la educación escolar a la administración municipal, donde se encuentra una amplia mayoría de las personas afectadas.

¿Qué es la Deuda Histórica?

Se le denomina Deuda Histórica al perjuicio salarial que sufrieron miles de profesoras y profesores de escuelas públicas durante la dictadura, cuando la administración de los establecimientos fue traspasada desde el Estado a las municipalidades, lo que impidió que los profesionales recibieran el reajuste salarial que estaba contemplado en el Decreto Ley N° 3.551 (Artículo 40), pues este fue desconocido por sus nuevos empleadores.

La Deuda Histórica, por otra parte, es una deuda del Retorno a la Democracia, pues el gremio docente estuvo desde el primer momento luchando por la vuelta del Estado de Derecho a Chile. Pero cuando terminó el autoritarismo en el país, el Estado de Chile no restituyó a miles de docentes un derecho laboral básico: el derecho a percibir su sueldo íntegramente y respetar los derechos salariales adquiridos.

Finalmente, la Deuda Histórica es un desafío para el país: es reparar en alguna medida un daño de décadas inflingido particularmente a profesoras, que son la inmensa mayoría del gremio docente. El llamado del Magisterio a Chile es a reparar el perjuicio material que afecta hoy en día, en su abrumadora mayoría, a docentes jubiladas de avanzada edad que durante décadas educaron a muchas generaciones de jóvenes.

Bono Especial y Bono de Vacaciones 2025

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 23 y 35 de la Ley de Reajuste N.º 21.724, publicada el 03 de Enero de 2025, se establece el pago del Bono Especial y el Bono de Vacaciones. Estos beneficios están destinados a los trabajadores de establecimientos Particulares Subvencionados y de Administración Delegada (código 3166).

Con base en lo anterior, se ha habilitado el sistema de captura de datos para gestionar los pagos del Bono Especial y el Bono de Vacaciones 2025.

Declaración de Datos

  • Declaración de datos: Registrar la información de los tramos de renta únicamente para trabajadores de Planta o Contrata.
  • Rentas líquidas: La normativa exige que se consideren las rentas líquidas de los trabajadores correspondientes al mes de noviembre de 2024.
  • Declaración de los bonos: Al realizar la declaración, imprima los comprobantes de declaración. Si detecta algún error, puede corregirlo utilizando la opción Rectificar en el aplicativo. Cada rectificación requerirá una nueva declaración.
  • Plazo de declaración: Este es el único medio habilitado para declarar la información de este proceso.
  • Rendiciones pendientes: Si existen rendiciones de cuentas pendientes de procesos anteriores, el pago no será cursado.

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