En Chile, el sistema de pensiones ha sido objeto de debate y análisis desde su creación. En 1980, la dictadura militar dictó el Decreto Ley 3500 que creó las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), marcando un hito en la historia de la seguridad social del país.

El Origen del Sistema de AFP

La creación del sistema de AFP se remonta a una decisión tomada durante la dictadura militar. En la pasada sesión ordinaria Nº43 de la Cámara de Diputados celebrada el martes 18 de junio del año 2024, se aprobó una solicitud dirigida a la presidenta de la Corporación Sra. Karol Cariola para que los chilenos conozcan el origen del actual sistema de pensiones que entregó a las empresas privadas con fines de lucro el destino de los fondos de pensione.

A partir de esa lectura realizada en la Cámara de Diputados, como Observatorio Congreso de la Fundación Presidente Balmaceda, hemos revisado el acta de la Junta Militar de Gobierno N° 398-A, del 14 de octubre de 1980, evidenciando que efectivamente dichas frases fueron pronunciadas por el General Pinochet, sin embargo, el dialogo que lo acompaña es mucho más extenso.

De acuerdo al extracto de acta 398-A de la Junta Militar, de 14 de octubre de 1980, el entonces dictador Augusto Pinochet, se refiere a la redacción del artículo que excluye a las Fuerzas Armadas del Sistema de AFP: “Yo creo que hay que buscarle una presentación más atrayente incluso para nosotros”.

El señor General Pinochet: “Lo que yo digo es que se le ponga una redacción, pero que no aparezca como que nosotros estamos involucrando a la gente y, por otro lado, nos quedamos atrás. La idea es ésa, que no figure que somos excepción, que incluimos a toda la gente en el sistema, pero nosotros no entramos a él. “Ahora si ustedes ven que es necesario aceptar el nuevo sistema o mantenerse en el actual, tienen que darle una redacción tal que lleve encubierto lo que vamos a hacer, de lo contrario, vamos a aparecer muy mal ante la ciudadanía”.

Marco Legal y Legislativo Durante la Junta Militar

Tras el golpe de Estado acontecido el 11 de septiembre del 1973, la Junta Militar integrada por el Comandante en Jefe del Ejército, General de Ejército don Augusto Pinochet; el Comandante en Jefe de la Armada, Almirante don José Toribio Merino; el Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea, General del Aire don Gustavo Leigh y el Director General de Carabineros, General don César Mendoza, asumieron “el Mando Supremo de la Nación”. Aquello supuso “el ejercicio de todas las atribuciones de las personas y órganos que componen los Poderes Legislativos y Ejecutivo, y en consecuencia el Poder Constituyente que a ellos corresponde”.

En tales circunstancias, días después de instalada la Junta Militar en Chile, ésta por medio del Decreto Ley Nº27 publicada el 24 de septiembre del año 1973, disolvió el Congreso Nacional, cesando en sus funciones los parlamentarios que se encontraban en ejercicio.

Respecto al ejercicio del Poder Legislativo por parte de la Junta Militar, esta quedó consagrada en el artículo 3 del Decreto Ley Nº128 (1973) en el cual se establece que “El Poder Constituyente y el Poder Legislativo son ejercidos por la Junta de Gobierno mediante decretos leyes con la firma de todos sus miembros y, cuando éstos lo estimen conveniente, con la de el o los Ministros respectivos”, lo cual fue ratificado de tal forma en el Titulo Segundo del Decreto Ley Nº527 (1974).

Por último, si bien el 24 de octubre de 1980, acontece un hito fundamental para el devenir de Chile, tras la publicación en el Diario Oficial de la vigente Constitución Política de la República mediante el Decreto Supremo Nº1150, el cual entró en vigencia a contar desde el 11 de marzo del año 1981; aquello si bien implicó el establecimiento de un nuevo marco jurídico-institucional para Chile, dicho texto respetó la labor legislativa que se estaba efectuando por parte de la Junta Militar, pues de conformidad al artículo transitorio decimoctavo, que mantuvo la idea de que fuese aquella entidad quien ejerciera el Poder Legislativo.

Publicación de Extractos y Documentos Oficiales

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y en las oficinas del Diario Oficial. El extracto se publica en el suplemento de marcas y patentes los días viernes de cada semana. Si el trámite se realiza en línea, el pago debe realizarse al menos dos días hábiles antes de la fecha de publicación, es decir, el miércoles.

Una vez en el sitio web del Diario Oficial, escriba su RUT y contraseña, y haga clic en "Ingresar". Ingrese el número de solicitud de la marca que desea publicar. Importante: la publicación del documento se debe verificar con el Código de Validación Electrónico (CVE).

La Unidad de Transparencia de la Biblioteca del Congreso Nacional realiza un esfuerzo permanente (de revisión, digitalización y publicación) por facilitar el acceso a la información a través del sitio web las actas de la junta militar, las cuales dan cuenta del trabajo en las sesiones que abordaban temas administrativos y legislativos.

Sin embargo, el correo advierte que “respecto de las materias de naturaleza legislativa, existen algunas actas que contienen antecedentes fidedignos de la tramitación de leyes declaradas secretas que se mantienen vigentes.

Ejemplos de Legislación y Beneficios Tributarios

Existen diversos ejemplos de legislación y beneficios tributarios relacionados con el sistema de pensiones y otros ámbitos financieros. A continuación, se mencionan algunos:

  • Declaración Jurada Anual sobre retenciones de impuesto efectuadas conforme a lo establecido en artículo 74 N° 7 de la Ley sobre Impuesto a la Renta realizadas por Emisores de Instrumentos acogidos al Art. conforme a los Arts. Rentas del Art. artículo 17 del D.L.
  • Estado de Ingresos y Usos de Donaciones recibidas, conforme a los Art. Donaciones Para Fines Políticos conforme a lo dispuesto en el Art. Donaciones del Art.
  • Uso del Beneficio Tributario establecido en la Ley N° 19.622 de 1999.
  • Ahorro Previsional Voluntario acogidas a las normas del Art.

Estos ejemplos ilustran la complejidad del marco legal que regula el sistema de pensiones y otros aspectos financieros en Chile.

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