El Bono Mujer Trabajadora (BTM) es un aporte en dinero que el Estado chileno entrega a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables, incentivando su incorporación al mundo laboral. Este beneficio varía según la renta percibida y se paga siempre que las cotizaciones previsionales y de salud estén al día. También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados.

Requisitos para Postular al Bono Mujer Trabajadora

Para ser beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • Registrar renta y que ésta no exceda el valor mensual máximo establecido para el año calendario.

¿Cómo Postular al Bono Mujer Trabajadora?

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. Puedes postular los 365 días del año. El primer paso para postular es contar con Clave Sence.

  1. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.
  2. Debe hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  3. Debe hacer click sobre la opción “Postular”.

IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.

Formas de Pago del Bono

Existen dos formas de pago para el Bono Mujer Trabajadora: anual y mensual. Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

  • Pago anual: percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
  • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

El pago se realiza de las siguientes maneras:

  • Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria. * Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
  • Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.

¿Qué hacer si tienes un pago suspendido?

¡Evita problemas o retrasos con tu pago! En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

  1. Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
  2. Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
  3. En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
  4. Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
  5. Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud. Si ya tienes los documentos, ingresa al buzón ciudadano para hacer la solicitud.

Reintegro de montos percibidos en exceso

Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual. Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

¿Cómo cambio mis datos para recibir pago por depósito?

* Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Bono al Trabajo de la Mujer y el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)

En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido. Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.

Bono al Trabajo de la Mujer y la Ley de Protección al Empleo

En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).

Incentivo para empleadores

Es un beneficio en dinero que entrega el Estado a los empleadores(as) que contratan mujeres. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

Renuncia al Bono por parte del empleador

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

TAG: #Trabaja #Trabajador

Lea también: