La estabilidad en el empleo público es un tema de gran relevancia, especialmente en lo que respecta a las contrataciones y desvinculaciones. A continuación, se analizan los requisitos y procedimientos legales que rigen estas situaciones, así como los recursos disponibles en caso de desvinculación.
Desvinculación de Contratas en el Sector Público
La desvinculación de contratas en el sector público a menudo se produce en medio del desconocimiento de los procedimientos y requisitos estipulados por la ley.
- El dictamen Nº 23.518/2016 establece que la terminación anticipada de una designación a contrata dispuesta con la fórmula “hasta que sean necesarios sus servicios”, debe materializarse en un acto administrativo fundado.
- Esto implica que no basta la frase “por no ser necesarios sus servicios” u otras análogas, debiendo el acto administrativo contener todos los motivos, razonamientos y antecedentes de hecho y derecho que sirven de sustento a la decisión.
Además, el dictamen 22.766/2016 resolvió que la contratación reiterada de empleados a contrata desvinculados por la institución, tornó en permanente y constante el vínculo de los mismos, generando una legítima expectativa respecto de su recontratación para el año siguiente.
Es importante notificar la desvinculación, a más tardar, en los cinco días siguientes a que el acto administrativo esté totalmente tramitado. Para esto es importante saber qué actos están o no sujetos a toma de razón.
Recursos y Acciones de Reclamo en Caso de Desvinculación
En caso de una desvinculación de contrata, existen recursos y acciones de reclamo que se pueden tomar:
- El recurso de reposición se interpone ante el organismo que dicta el acto administrativo y, el jerárquico, ante la superioridad jerárquica (puede ser o no en subsidio). Son cinco días hábiles desde que se emite el acto.
- Se interpone dentro de los diez días hábiles siguientes desde que se toma conocimiento del acto.
- Esta opción se abre con la reciente sentencia rol Nº 38.681-2017 de la Corte Suprema, de fecha 13 de marzo de 2018.
- Se interpone dentro de los 60 días hábiles desde que se toma conocimiento de la vulneración ante tribunales laborales.
Factores que Influyen en la Contratación Pública
Existe una desconfianza evidente con las personas que son contratadas en calidad jurídica de contrata o de honorario en cada Gobierno de turno, principalmente debido a que la Ley no fija mecanismo alguno de selección para su ingreso, por lo que se presupone que el filtro para su contratación se encontró asociado a variables de confianza política, amiguismo o parentesco con autoridades políticas.
Mirando al futuro, con un cambio de Gobierno y más aún con un cambio en su línea política, correrán riesgo de “perder su empleo” un número no menor de funcionarios, y muchos de ellos deberán enfrentarse a su empleador en tribunales, instancias que han validado la confianza legítima en los casos de cinco o más renovaciones de contrato.
La presente columna para CIPER destaca los efectos negativos que provoca en el sistema público el aumento de contrataciones asociadas a variables políticas, de amiguismo y vínculos familiares, las cuales señala la autora, “crecen cada día más a copar espacios en diferentes niveles de la organización en diferentes escalafones y calidades jurídicas de contratación sin dar mucha importancia al mérito, perjudicando el sistema y afectando negativamente la composición de los cuadros técnico-profesionales que son los llamados a implementar las políticas públicas que buscan dar solución a los problemas ciudadanos. Debemos tener claridad respecto de que cada gobierno al asumir un mandato espera contar con los espacios necesarios para la contratación de funcionarios de confianza política.
Sistema de Evaluación y Sumarios Administrativos
El sistema de evaluación del desempeño ha sido caracterizado como una herramienta burocrática y anacrónica, y muchas veces basada en fundamentos de evaluación subjetivos, que no permite identificar los aportes que un/a funcionario/a realiza a los objetivos institucionales.
Respecto de los sumarios, alguien podría pensar que aseguran un debido proceso, quizás sí, dependiendo de la materia investigada y los involucrados en los hechos, sin embargo, es difícil decir lo mismo sobre aquellos procesos en los que se encuentra involucrado algún cargo de confianza política y/o la hija/o de, la señora/marido de, la nuera/yerno de… si esos procesos son ordenados realizar por el jefe de Servicio, si como Fiscal Sumariante se nombra, normalmente y por temas de grado, a un jefe de División y/o Departamento de confianza política para que realice la investigación, lo más probable es que el “único culpable de todo sea un funcionario público de carrera”, o que el proceso sea sobreseído.
Confianza Legítima
El primer dictamen de la contralora Doroty Pérez sobre confianza legítima abre nuevamente el tema de cuántos años se necesitan para contar con la confianza legítima (seguridad de que las renovaciones de contratos serán permanentes en el futuro) y es evidente que la materia se inscribe en una lucha política por tener espacio para desembarcar en el aparato público con el personal de confianza del gobierno de turno.
Aquí el problema es mucho más profundo que lo señalado en un dictamen que ya fue detenido por la Corte de Apelaciones.
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