Para optar a un empleo público en Ancud, es fundamental cumplir con una serie de requisitos generales y específicos establecidos por la legislación chilena. Estos requisitos buscan asegurar la idoneidad de los candidatos para servir en la administración pública.

Requisitos Generales para Ingresar a la Administración Pública

Los requisitos generales exigidos para ingresar a la Administración Pública se encuentran señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

  1. Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
  2. Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  4. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
  5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
  6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

Además, es necesario no estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

  1. Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
  2. Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  3. Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  4. Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
  5. Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
  6. Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

Requisitos Específicos

Además de los requisitos generales, es fundamental cumplir con los requisitos específicos de cada cargo, los cuales se establecen en el DFL 22/2017 que establece la planta y requisitos de contratación para funcionarios del Servicio de Salud Chiloé y no encontrarse afecto a causales de inhabilidades previstas en el Art.

Se recomienda revisar todos sus documentos y/o antecedentes antes de confirmar su postulación, ya que es responsabilidad de cada postulante cargar los documentos que se solicitan. La documentación enviada debe ser LEGIBLE, y debe ser remitida como archivo adjunto y no en formato de imagen. Cada documento que se presente o se omita en la presente postulación es de responsabilidad exclusiva del postulante y no del Hospital de Ancud. Aquellas postulaciones que no adjunten alguno de los antecedentes, especificados anteriormente, quedaran fuera del proceso.

Proceso de Selección

Es importante tener en cuenta que el proceso de selección para empleos públicos en Ancud se rige por las bases y el perfil de cargo validados por la comisión de Selección y aprobados por la Jefatura Superior a través del correspondiente acto administrativo. Se adoptarán las medidas pertinentes para asegurar la objetividad, transparencia, no discriminación e igualdad de condiciones y su calidad técnica.

El proceso de selección podría estar sujeto a modificaciones y ser reestructurado de acuerdo con las necesidades del servicio y a la contingencia actual, por lo tanto, sus etapas pueden ser reprogramadas, o aplicadas de forma presencial y/o por medios tecnológicos. Es responsabilidad del postulante concurrir en fecha y hora a las instancias de evaluación a las que sea citado/a, ya sea presencial o vía remota.

En virtud de la entrada en vigencia de la Ley N°21.389 (que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos) y en el caso de ser contratada/o y/o nombrada/o en alguno de los cargos publicados en este portal, la institución contratante deberá consultar si usted posee una obligación pendiente en el mencionado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, a efecto de proceder con las retenciones y pagos que correspondan.

No adjuntar en su postulación toda la documentación solicitada dentro del plazo estipulado y a través del medio habilitado para estos efectos. La Consultora Externa, realizará un pre-filtro correspondiente a las postulaciones recepcionadas y en base a los requisitos señalados en las bases del proceso y las normativas vigentes.

El puntaje al que pueden optar como máximo cada uno de los postulantes es de 100 puntos. Las etapas son excluyentes y por ende quienes no obtengan al menos el puntaje solicitado e indicado como mínimo en cada factor y/o sub factor de evaluación, quedarán excluidos automáticamente de continuar el proceso.

Realizado el análisis curricular correspondientes a las etapas I y II del proceso de selección, se confeccionará una nómina con los postulantes que hayan obtenido el puntaje necesario para acceder a la siguiente etapa, ordenada en orden decreciente según el puntaje obtenido. Accederán a la etapa III correspondiente a la Evaluación Psicolaboral, los postulantes que se encuentren dentro de los primeros 15 mejores puntajes. Accederán a la Entrevista por Comisión los 7 candidatos que hayan obtenido los mejores puntajes hasta el Subfactor anterior.

En caso de empate, se empleará como criterio de desempate el porcentaje de adecuación para el cargo, obtenido en la evaluación psicolaboral. Solo en caso de persistir el empate, los postulantes accederán en igualdad de condiciones a la etapa correspondiente.

Toda modificación, actualización, información adicional, cambios en el cronograma y estado de avance del proceso serán publicados en la página web del Hospital de Ancud, enlace “Trabaje con Nosotros”. Es de exclusiva responsabilidad de los postulantes tener absoluta disponibilidad en el horario y fecha previamente informado para participar en las distintas etapas del proceso.

Tanto el Perfil de cargo como las Bases de este proceso de selección, se encuentran inicialmente generadas y validados por la comisión de Selección definido para el cargo en conjunto con Director Local a través de Resolución. El Cronograma del proceso puede sufrir modificaciones de plazos por causas no previstas, en dichos casos, los postulantes serán informados. Por lo anterior los tiempos indicados para el desarrollo de cada etapa se entenderán como estimados (bajo el criterio de amplitud).

RECLAMOS referentes al proceso de selección se podrán realizar hasta 10 días posteriores a la notificación de los resultados al postulante y/o la publicación de resultados en la página web del Hospital de Ancud y/o Servicio de Salud Chiloé. Estos deben ser dirigidos al director del establecimiento.

Una vez finalizado el proceso de selección respectivo, la Comisión de selección del cargo enviará a la autoridad facultada para efectuar el nombramiento del cargo, en este caso Director del Hospital de Ancud un listado de postulantes elegibles que hubieran obtenido los más altos puntajes finales de idoneidad del proceso, con un mínimo de tres postulantes, si los hubiere y un máximo de cinco candidatos por cada vacante a proveer, según corresponda.

Para efectos de dirimir los empates en el puntaje final, se aplicará el siguiente orden de prelación: 1° postulante que hubiera obtenido el mayor puntaje en la etapa de entrevista de comisión (apreciación global), 2° postulante que hubiera obtenido el mayor puntaje en la etapa de análisis curricular y 3° postulante que hubiera obtenido el mayor puntaje en la etapa de evaluación psicolaboral.

El profesional psicólogo(a) de la Unidad de Desarrollo de las Personas en su función de secretario del proceso, notificará el resultado final del proceso vía correo electrónico y/o por teléfono al o los postulantes seleccionados. El postulante seleccionado, tendrá un período de 48 Hrs.

Cabe señalar que de acuerdo con la administración pública y en relación con el artículo 9 de la Ley 18.834 “Los empleos a contrata durarán, como máximo sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el solo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga con treinta días de anticipación a lo menos”.

"Los postulantes evaluados como idóneos que no fueren seleccionados en este proceso, especialmente aquellos que integran la nómina propuesta para la selección por parte de la autoridad facultada para ello, podrán ser considerados para contratación directa si se requiere cubrir un cargo de similares características, dentro de los siguientes seis meses de finalizado el presente proceso de selección.

TAG: #Empleo

Lea también: